Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2013 (17/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

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coordinaciones pertinentes con los actores involucrados a fin de implementar, ejecutar y evaluar la estrategia aprobada. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, realizar las acciones correspondientes para la prevision presupuestal que se requiera. Articulo Septimo.- DISPONGASE la publicacion de la presente ordenanza regional en el Diario Oficial El Peruano y el diario encargado de los avisos judiciales de la region, asi como su difusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Lambayeque. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en Chiclayo, a los diecinueve dias del mes de junio del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA ENEQUE SORALUZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 962536-1

y Saneamiento", pero a la fecha se encuentra inactiva y debido a la nueva normatividad emanada en el sector es pertinente reemplazarla por el "Comite Regional de Saneamiento Integral de la Region Lambayeque" adecuandolo a las normas vigentes. Que, el Comite Regional de Saneamiento Integral de la Region MORDAZA es una instancia de concertacion y de apoyo tecnico al MORDAZA de descentralizacion y democratizacion del Sector Saneamiento, promoviendo la participacion de los actores en la region, incidiendo en el acceso de la poblacion rural a los servicios de saneamiento integral, sostenible y de calidad, como un derecho que contribuye a mejorar sus condiciones de MORDAZA, en el MORDAZA de la implementacion del Plan de Desarrollo Concertado de Region, Plan Regional de Saneamiento Integral y en concordancia con las politicas nacionales. Que, con Resolucion Gerencial Regional Nº 608-2012GR.LAMB/GRED, la Gerencia Regional de Educacion de MORDAZA aprueba la "Guia de Educacion Ambiental para Educacion Basica Regular de la Region Lambayeque" como material educativo orientador para la aplicacion del enfoque ambiental en "Instituciones Educativas para el Desarrollo Sostenible" en Educacion Inicial, Primaria y Secundaria de Educacion Basica Regular y Tecnico Productiva. Que, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 054-2012GR.LAMB/PR, dispone la implementacion de la Educacion Sanitaria y Ambiental con el enfoque "Instituciones Educativas para el Desarrollo Sostenible" en la Educacion Basica Regular en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA, con participacion intersectorial y de la sociedad civil. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 10-2011GR.LAMB/CR el Gobierno Regional de MORDAZA, aprueba el "Plan Regional de Desarrollo Concertado de MORDAZA 2011- 2021", estableciendo en el Eje Estrategico I: Inclusion e integracion socio cultural y acceso a servicios sociales basicos, el objetivos especifico 1) "Las brechas de naturaleza social, economica, cultural, politica e institucional se han reducido sustancialmente, logrando mayor equidad entre hombres y mujeres, grupos sociales y poblacion vulnerable, contribuyendo a la reduccion de la pobreza total y extrema regional en cincuenta por ciento en relacion al ano 2009"; y, 8) "Lambayeque utiliza de manera sostenible sus recursos naturales (agua, suelo, aire) y conserva los ecosistemas y los procesos de su medio fisico". Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente ordenanza regional; SE ORDENA: Articulo Primero.- APRUEBASE la "Estrategia de Gestion Integral de Servicios de Saneamiento Basico Rural" del Gobierno Regional de MORDAZA, que se detalla en el Anexo 01 de la presente disposicion regional. Articulo Segundo.- SOLICITAR a la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA disponga la emision del acto administrativo correspondiente dejando sin efecto la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 628-2005-GR.LAMB/ PR por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente disposicion regional. Articulo Tercero.- RECONOZCASE al "Comite Regional de Saneamiento Integral de la Region Lambayeque" como una instancia de concertacion y de apoyo tecnico al MORDAZA de descentralizacion y democratizacion del Sector Saneamiento, que promueve la participacion de los actores en la region, incidiendo en el acceso de la poblacion rural a los servicios de saneamiento integral, sostenible y de calidad. Articulo Cuarto.- APRUEBASE el Reglamento de Funcionamiento del Comite Regional de Saneamiento Integral de la Region MORDAZA, formulado por la Direccion de Vivienda y Saneamiento del Gobierno Regional de MORDAZA, que se detalla en el Anexo 02 de la presente ordenanza regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura, Construccion, Vivienda y Saneamiento del Gobierno Regional de MORDAZA que a traves de la Direccion de Vivienda y Saneamiento, efectue las

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 17-2004MDLV que regula la actividad de los trabajadores lustradores de calzado en el distrito
ORDENANZA Nº 170-2013/MLV La MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2013 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de fecha 9 de MORDAZA de 2013 el Dictamen Conjunto Nº 006-2013-CPRDE-CPPPAL/MLV de las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Economico y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ­, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, a merito del articulo 73 de la Constitucion Politica del Peru, las vias publicas son bienes de dominio y uso publico. Los bienes de dominio publico son inalienables e imprescriptibles; Que, segun el articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades es competencia de