Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2013 (28/01/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

487032
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 28 de enero de 2013

complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente Ordenanza POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 893806-1

Que, mediante Informe No. 002-2013-GATR/MDB e Informe No. 505-2012-GAJ/MDB senala que " el Articulo 74º y numeral 4) del Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, asi como el numeral 9) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas; y que mediante Ordenanzas pueda crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion con los limites que senala Ley; ello en concordancia con la MORDAZA IV de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF. Que mediante Ordenanza No. 375-2012/MDB del 29 de Diciembre del 2012 se establece el MORDAZA normativo del Regimen de los Arbitrios Municipales 2013 de la Municipalidad Distrital de Brena ratificado mediante Acuerdo de Concejo No. 2316 de la Municipalidad Metropolitana de Lima". Con las atribuciones que confiere el Inciso 8) , 9) del Articulo 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; por MAYORIA con dispensa del tramite de Dictamen y aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente; ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO TRIBUTARIO Y NO TRIBUTARIO POR PRONTO PAGO EN EL DISTRITO DE BRENA Articulo Primero.- Para el Ano 2013 se considerara un incentivo por el pago adelantado de los arbitrios municipales segun se pasa a detallar: a) Si cancela los 12 ( Doce ) meses del ano 2013 hasta el 31 de Enero del 2013 obtendra un descuento del 15% del monto insoluto. Articulo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas , Sub Gerencia de Estadistica e Informatica establecer los mecanismos mas adecuados para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA web de la Municipalidad y la Gerencia de Desarrollo Institucional y Comunicaciones su difusion . DISPOSICIONES FINALES : Primera: Facultar al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia disponga las medidas

Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 011-2013-DA/MDB Brena, 2 de enero del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: Memorando No. 010 -2013-ALC/MDB, Pase del Despacho de Alcaldia . CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo No. 042-2011-PCM se establecio que las Entidades de la Administracion Publica senaladas en los numerales del 1º. al 7º. del Articulo 1º. del Titulo Preliminar de la Ley No. 27444 deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podran formular sus reclamos. Que conforme a lo dispuesto en el referido Decreto Supremo el Libro de Reclamaciones es un mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion en los tramites y servicios que se les brinda. Que el Articulo 5º. del Decreto Supremo No. 0422011-PCM senala que mediante Resolucion del Titular de la Entidad, se designara al responsable del Libro de Reclamaciones de la Entidad. Que en este sentido resulta necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Brena.

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

LA DIRECCION