Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2013 (12/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486055

Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELE CABLE CHANCHAMAYO E.I.R.L., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa TELE CABLE CHANCHAMAYO E.I.R.L., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2º de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 887174-1

Que, el Anexo del Decreto Supremo Nº 029-2008VIVIENDA, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1009, contiene la relacion de los inmuebles que seran objeto de venta, entre los que figura el inmueble ubicado en la Av. Canada N° 1470 - Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, ocupado por el Instituto Peruano de Energia Nuclear- IPEN, entre otros; Que, se ha visto por conveniente, excluir al inmueble MORDAZA descrito de los alcances del Anexo que forma parte del Decreto Supremo N° 029-2008-VIVIENDA a fin de determinar en forma prioritaria su mejor utilizacion y destino; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio y sus modificatorias; la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru DECRETA: Articulo 1º.- Exclusion de bien inmueble de los alcances del Decreto Supremo N° 029-2008-VIVIENDA Excluyase al bien inmueble ubicado en la Av. Canada N° 1470 - Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, de la relacion de inmuebles que se detallan en Anexo del Decreto Supremo N° 029-2008-VIVIENDA "Reglamento del Decreto Legislativo N° 1009, Decreto Legislativo que dispone el ordenamiento de sedes institucionales de las entidades y organismos publicos del Poder Ejecutivo". Articulo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de enero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 888332-8

VIVIENDA
Excluyen bien inmueble de la relacion de inmuebles detallados en el Anexo del D.S. N° 029-2008-VIVIENDA
DECRETO SUPREMO N° 002-2013-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2008VIVIENDA se creo en el ambito de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, el "Proyecto Especial para la Reubicacion de Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo", denominado "PROSEDE" cuya finalidad es de disenar y desarrollar los Proyectos Arquitectonicos para la Reubicacion de las Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo; Que, posteriormente, mediante Decreto Legislativo Nº 1009 "Decreto Legislativo que dispone el ordenamiento de sedes institucionales de las entidades y organismos publicos del Poder Ejecutivo" se dispuso el ordenamiento de las sedes institucionales y organismos publicos que tengan en propiedad o en uso, bienes inmuebles en calidad de sedes institucionales, y se inicie un programa de ordenamiento de las mismas, con el objeto de ponerlas en venta mediante subasta publica y a valor comercial;

Autorizan a Procuradora Publica y Procurador Publico Adjunto encargados de la defensa juridica de los intereses del Ministerio a conciliar en audiencias que se realicen en el MORDAZA de procesos judiciales tramitados al MORDAZA de la Nueva Ley Procesal del Trabajo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 302-2012-VIVIENDA MORDAZA, 21 de diciembre de 2012 VISTO, el Informe N° 00014-2012-VIVIENDA/PP, de la Procuradora Publica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento;