Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2013 (02/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Transporte, respecto a la Implementacion de Paraderos de Transporte Publico; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acapite 7.1 del inciso 7 del articulo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA goza de un regimen especial, de conformidad al Articulo 198º de la Constitucion, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra "7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que, la Ordenanza N° 341-MML, en su articulo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima; Que, el articulo 100° de la Ordenanza N° 812-MML Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte, MORDAZA y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del articulo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que: "Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulacion de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte publico regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ambito de la provincia de Lima"; Que, el numeral 41 del articulo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML define al Paradero de Transporte Regular como "el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas"; Que, mediante Resolucion de Subgerencia N° 59362010-MML/GTU-SRT de fecha 04 de octubre de 2010, se dispuso la Implementacion de Paraderos de Transporte Publico en la Av. Angamos Este (Tramo Av. MORDAZA ­ Ca. Suarez); Que, mediante Resolucion de Subgerencia N° 45602011-MML/GTU-SRT de fecha 23 de MORDAZA de 2011, se dispuso la Implementacion de Paraderos de Transporte Publico en la Av. MORDAZA (Tramo Panamericana Sur); Que, mediante Resolucion de Subgerencia N° 46952011-MML/GTU-SRT de fecha 26 de MORDAZA de 2011, se dispuso la Implementacion de Paraderos de Transporte Publico en la Av. Angamos Este (Tramo Via Auxiliar Intercambio Vial); Que, mediante Resolucion de Subgerencia N° 46952011-MML/GTU-SRT de fecha 26 de MORDAZA de 2011, se dispuso la Implementacion de Paraderos de Transporte Publico en la Av. MORDAZA (Tramo Via Auxiliar Intercambio Vial); Que, mediante el Documento Simple Nº 1748152011 de fecha 08 de noviembre de 2011, el senor MORDAZA Niembro MORDAZA MORDAZA en calidad de Gerente de MORDAZA y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de San MORDAZA, solicita que se evalue la instalacion de paraderos de transporte publico en la Av. MORDAZA ­ Av. Angamos en el distrito de San Borja; Que, mediante el Documento Simple Nº 56938-2013 de fecha 22 de marzo de 2013, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA de la Municipalidad de Surquillo presenta el plano de senalizacion horizontal del paradero de la Avenida Angamos, frente a Open Plaza, en el cual el paradero estaria ubicado en la via auxiliar requiriendo se autorice a realizar la senalizacion respectiva; Que, mediante el Informe N° 494-2013-MML/GTUSETT de fecha 05 de junio de 2013, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte considera conveniente la implementacion de paraderos de transporte publico por los siguientes fundamentos: a)

El Peruano Viernes 2 de agosto de 2013

Que, de acuerdo a la Ordenanza N° 341 ­MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, la Av. Angamos Este (A-13/ A-11/ A-14) y la Av. MORDAZA (A-125/ A-126/ A-127) tienen la categoria de via Arterial, b) Que, de acuerdo a la base de datos TransCAD (Geographic Information Software), la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente no tiene autorizados Paraderos de Transporte Regular en TODO EL TRAMO de la Av. Angamos Este correspondiente a los distritos de Surquillo y San MORDAZA, c) Que, de acuerdo a la base de datos TransCAD (Geographic Information Software), la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente no tiene autorizados Paraderos de Transporte Regular en TODO EL TRAMO de la Av. MORDAZA correspondiente a los distritos de San MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, d) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte MORDAZA ­ SITU, la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene 10 rutas autorizadas por la Municipalidad de MORDAZA y 05 rutas autorizadas por la Provincia Constitucional del Callao por la Av. Angamos Este (Tramo: Av. Paseo de la Republica ­ Intercambio Vial Caminos del Inca) correspondientes a los distritos de Surquillo y San MORDAZA, e) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte MORDAZA ­ SITU, la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene 07 rutas autorizadas por la Municipalidad de MORDAZA y 05 rutas autorizadas por la Provincia Constitucional del Callao por la Av. MORDAZA (Tramo: Intercambio Vial Caminos del MORDAZA ­ Jr. MORDAZA MORDAZA Rodrigo) correspondientes a los distritos de San MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, f) Que, de acuerdo a la Resolucion Directoral Municipal N° 180-2004-MML/ DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia minima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia MORDAZA 500 m.), encontrandose estas distancias dentro del rango establecido para paraderos de zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de Planeacion y Diseno para la Administracion del MORDAZA, g) Que, de acuerdo a la verificacion de MORDAZA realizada en la vias evaluadas (Av. Angamos Este y la Av. Primavera), se procedio a ubicar los puntos con mayor demanda de embarque y desembarque de pasajeros determinandose de manera inicial las posibles ubicaciones considerando los parametros de distancia, operacion e infraestructura y h) Que, respecto a la solicitud presentada por la Municipalidad de Surquillo NO resulta CONVENIENTE la reubicacion del paradero de transporte publico ubicado en la VIA PRINCIPAL hacia la VIA AUXILIAR de la Av. Angamos Este cdra. 18 altura de la Av. MORDAZA Marsano, debido a que la via auxiliar se encuentra autorizada como Paradero Oficial de Taxi con su respectivo casillero; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27181 Ley General Transporte y MORDAZA Terrestre, la Ordenanza N° 1599-MML y el Informe N° 494-2013-MML/GTU-SETT de fecha 05 de junio de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la implementacion de paraderos de transporte regular en la Av. Angamos Este (Tramo Av. Paseo de la Republica ­ Intercambio Vial Caminos del Inca), y Av. MORDAZA (Tramo Intercambio Vial Caminos del MORDAZA ­ Jr. MORDAZA MORDAZA Rodrigo) - manteniendo la autorizacion de los paraderos autorizados mediante la Resolucion de Subgerencia N° 5936-2010-MML/GTU-SRT de fecha 04 de octubre de 2010, la Resolucion de Subgerencia N° 45602011-MML/GTU-SRT de fecha 23 de MORDAZA de 2011, la Resolucion de Subgerencia N° 4695-2011-MML/GTUSRT de fecha 26 de MORDAZA de 2011, tal y como se detalla a continuacion: