Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2013 (13/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2013

El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesion Ordinaria de fecha 20.03.2013, el Dictamen Nº 04-2013-CAPyF-MDC de la Comision de Administracion, Planificacion y Finanzas; el Informe Nº 279-2013- GAJMDC de fecha 18.03.2013, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con lo previsto por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las municipalidades son organos de gobierno local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico imperante; Que, conforme a la autonomia politica de la que gozan los gobiernos locales, el numeral 3 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local; MORDAZA legal que, en concordancia con lo previsto en el numeral 12 del Articulo 9º del mismo cuerpo legal, senala que es atribucion del Concejo Municipal aprobar mediante Ordenanza su Reglamento Interno; Que, tal como lo prescribe el numeral 1 del Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, concordante con el numeral 1 del Articulo 7º del Reglamento Interno de Concejo aprobado mediante Ordenanza Nº 371-MDC, los Regidores tienen como atribuciones y obligaciones, entre otras, la de proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos, en ejercicio del privilegio legislativo que poseen por mandato expreso de la ley, el mismo que se encuentra sustentado en el MORDAZA Parrafo del Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 370-MDC se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF y la Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de Comas, MORDAZA legal que a su vez fue modificada por las Ordenanzas Nº 379-MDC y Nº 381-MDC vigente, esta MORDAZA, en la actualidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2013MDC de fecha 08 de Enero del 2013, se conformaron las Comisiones Ordinarias de Regidores para el Ano Fiscal 2013, las mismas que en un total de 10, se encuentran vigentes a la fecha; Que, estando a lo expuesto sobre la base de la normatividad vigente y, teniendo en cuenta que el Concejo Municipal debe contar con su Reglamento Interno de Concejo acorde a las normas imperantes, se hace necesario adecuarlo al MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de esta Municipalidad en cuanto se refiere a la nueva nomenclatura de las areas organicas, ello en el MORDAZA del MORDAZA de cambios en que se encuentra la Municipalidad Distrital de Comas; por lo que, dicha adecuacion se realiza con el objeto de actualizar el funcionamiento interno del Concejo Municipal, asi como el desempeno funcional de las Comisiones sobre la base de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas dispositivos legales vigentes; siendo necesario tambien que se incluya la Comision de Salud teniendo en cuenta la trascendencia que el cuidado de la calidad de MORDAZA de la poblacion, tiene en el distrito y en general en todo el MORDAZA, resultando ser una de las funciones primordiales de esta Gestion; De conformidad a las facultades establecidas en el numeral 12) del articulo 9º, en el articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normatividad pertinente; el Concejo Municipal aprobo, con el MORDAZA mayoritario, con la dispensa del tramite de lectura, la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 68º, 70º, 71º, 72º, 73º, 74º, 75º, 76º, 77º, 78º Y 79º DE LA ORDENANZA Nº 371-MDC QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS - RIC Y AGREGA EL ARTICULO 80º
Articulo Unico.- MODIFICANSE los Articulos 68º, 70º, 71º, 72º, 73º, 74º, 75º, 76º, 77º, 78º y 79º de la Ordenanza Nº 371-MDC que aprueba el Reglamento Interno de Concejo Municipal de Comas, y agreguese el Articulo 80º, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 68º.- Numero de Comisiones El Concejo Distrital de Comas contara con once (11) Comisiones permanentes, las mismas que estaran integradas por los miembros que designe el Concejo Municipal y que corresponden a las areas funcionales y operativas de la labor municipal. Las Comisiones Permanentes son las siguientes: 1) Comision de Administracion, Finanzas, Planificacion y Presupuesto. 2) Comision de Asuntos Juridicos. 3) Comision de Desarrollo MORDAZA y Tecnologia de la Informacion. 4) Comision de MORDAZA y Transporte. 5) Comision de Desarrollo Economico. 6) Comision de Desarrollo Humano, Educacion y Bienestar Social. 7) Comision del Programa del Vaso de Leche y Programa de Alimentacion Complementaria. 8) Comision de Rentas, Fiscalizacion y Control Municipal. 9) Comision de Servicios a la Ciudad. 10) Comision de Participacion Vecinal y Desarrollo Comunal. 11) Comision de Salud. Articulo 70.- Corresponde a la Comision Permanente de Administracion, Finanzas, Planificacion y Presupuesto, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: 1. La formulacion, aprobacion, ampliacion, modificacion, ejecucion, evaluacion y control, del Plan de Accion y Presupuesto de la Municipalidad. 2. La Cuenta General del Ejercicio Anual. 3. La propuesta de creacion, modificacion, supresion, exoneracion o inafectacion de tributos municipales. 4. Creditos internos y externos. 5. Otorgamiento de donacion, subvencion economica, cesion en uso, arrendamiento, transferencia o modificacion de propiedad o posesion. 6. Propuestas que impliquen gastos no presupuestados. 7. Los planes y proyecto de desarrollo distrital. 8. Las inversiones y egresos de la Municipalidad. 9. Celebracion de Convenios de Cooperacion Nacional e Internacional y Convenios Interinstitucionales en asuntos relacionados a su competencia. 10. Empresas y organismos Desconcentrados de la Municipalidad. 11. La estructura organica y organizacion de la Municipalidad. 12. Examenes especiales, auditorias economicas y actos de control. 13. Creacion de empresas municipales para la prestacion de servicios publicos municipales. 14. Asuntos Administrativos de su competencia. 15. Altas y bajas de bienes. 16. Otros que le encomiende el Concejo. Articulo 71.- Corresponde a la Comision Permanente de Asuntos Juridicos pronunciarse en los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: 1. Interpretacion y aplicacion de las normas legales. 2. Vacancia o suspension de los cargos de MORDAZA y de Regidores. 3. Proyectos de Ley de competencia de la Municipalidad, a ser presentados al Congreso de la Republica.