Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2012 (05/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2012

Que, mediante Oficio Nº 021-2012-CONAFU-LECA recibido con fecha 20 de MORDAZA de 2012, el Presidente de la Comision Calificadora remite el Informe Final del PDI del Proyecto de la Universidad MORDAZA Grau, cumpliendo con la normatividad establecida por el CONAFU; Que, por Oficio Nº 1275-2012-CONAFU-P de fecha 20 de junio de 2012, el Presidente del CONAFU le comunica al Presidente de la Promotora PRODEC del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau lo siguiente: " Que, la Promotora debera presentar como capital social la siguiente estructura de acuerdo con la Resolucion Nº 389-2009 articulo 23 inciso 8; Que, con Carta s/n recibida con fecha 10 de MORDAZA de 2012, el Presidente de la Promotora PRODEC del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau, remite respuesta al Oficio Nº 1275-2012-CONAFU-P; Que, mediante Oficio Nº 010-2012-CONAFU-LECA de fecha 25 de MORDAZA de 2012, el Presidente de la Comision Calificadora, manifiesta que el Proyecto de Universidad MORDAZA Grau, ha cumplido con subsanar las Observaciones que mantenian pendientes en el Informe Preliminar del PDI; Que, con Informe Nº 201-2012-CTA/OEP-CONAFU de fecha 27 de agosto de 2012, el Evaluador OEP informa que la Promotora cumplio con presentar la documentacion que acredita la capacidad economica propia; Que, el articulo 29º inciso a) del Reglamento, establece: "Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustaran a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas, b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio..."; Que, mediante Oficio Nº 1013-2012-CONAFU-CDAA de fecha 28 de agosto de 2012, la Comision Academica da a conocer al Presidente del CONAFU, que con Oficio Nº 0212012-CONAFU-LECA la Comision Calificadora presenta su Informe Final del PDI del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau, nombrada mediante Resolucion Nº 390-2011-CONAFU, luego de revisado el expediente la Comision Academica deja a consideracion del Pleno del CONAFU, la recomendacion final de la Comision Calificadora: "Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau, con todas las Carreras propuestas"; en consideracion al inciso a) del articulo 29º de la Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; por lo que la Comision Academica sugiere al Pleno: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau con las siguientes carreras: Enfermeria, Ciencias Contables y Financieras y Direccion de Empresas; Que, el articulo 30º del Reglamento, establece: "Presentado el Informe Final por la Comision Calificadora acompanando con la MORDAZA version completa del PDI evaluado, este a traves de la presidencia sera puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU analizando, el Informe Final de la Comision Calificadora, se pronunciara con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad"; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 05 de setiembre de 2012, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, mediante Acuerdo Nº 575-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau; bajo el regimen de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del CONAFU. En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau, con las siguientes carreras: Enfermeria, Ciencias Contables y Financieras y Direccion de Empresas. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Promotora del Proyecto de Universidad MORDAZA Grau, que para la continuacion de su evaluacion del referido proyecto universitario se aplicara el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolucion Nº 387-2009CONAFU y toda la normatividad vigente de CONAFU. Articulo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los articulos 31º al 34º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU.

Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

848946-1

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Modifican la Res. Nº 0096-2012-ANR
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1310-2012-ANR
MORDAZA, 10 de setiembre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio N° 012-DGSBA-2012, de fecha 10 de MORDAZA de 2012; Informe N° 209-2012-DGDAC, de fecha 08 de agosto de 2012; informe Nº 744-2012-DGAJ, de fecha 17 de agosto de 2012; el memorando N° 862-2012-SE, de fecha 23 de agosto de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 0096-2012-ANR, de fecha 07 de febrero de 2012, se declaro que la Escuela Superior de Tecnologia Evangelica No Estatal "Seminario Biblico Andino", con sede en MORDAZA, ha organizado el plan de estudios de la MORDAZA que imparte y sus especialidades de acuerdo a lo establecido en el articulo 23º de la Ley Universitaria Nº 23733 y la "Guia de Adecuacion de Instituciones Educativas", quedando en consecuencia aprobado para su ejecucion: MORDAZA de Teologia, en las especialidades de: Formacion Religiosa; Literatura Biblica; y Misiologia; Que, mediante el oficio de vistos, el Director General de la Escuela Superior de Teologia Evangelica No Estatal "Seminario Biblico Andino" indica determinado error material en el texto de la referida Resolucion Nº 0096-2012-ANR; Que, de la revision de la mencionada resolucion se advierte que efectivamente existe un error material que no altera en lo absoluto lo sustancial de su contenido, ni el sentido de su decision, conforme asi lo ha dispuesto en el numeral 201.1 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que los errores material y aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido, ni el sentido de decision, debiendo adoptarse las mismas formas y modalidades de comunicacion o publicacion del acto original; Que, la Direccion General de Asesoria Juridica mediante su informe de vistos, emite opinion favorable respecto a la modificacion requerida; Que, con memorando N° 862-2012-SE, la Secretaria Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboracion de una resolucion que declare modificada la Resolucion Nº 0096-2012-ANR, respecto a la parte normativa; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el primer considerando de la Resolucion Nº 0096-2012-ANR, de fecha 07 de febrero de 2012, en el extremo que: