Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2012 (26/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de noviembre de 2012

derecho privativo de cada Universidad a establecer los curricula y requisitos adicionales propios; Que, mediante Resolucion Nº 048-2002-CONAFU, de fecha 11 de febrero de 2002, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, aprobo el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad MORDAZA MORDAZA de Montoya; posteriormente, la misma autoridad, mediante Resolucion Nº 055-2003-CONAFU, de fecha 05 de marzo de 2003, autorizo el funcionamiento provisional y mediante Resolucion Nº 204-2010-CONAFU, se le otorga la autorizacion definitiva de funcionamiento de la citada Universidad; Que, mediante oficios de vistos, el Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA solicita al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores la aprobacion y la autorizacion de funcionamiento de su Escuela de Posgrado, adjuntando para tal efecto la documentacion correspondiente y la Resolucion Rectoral N° 051-2012UARM-R, de fecha 15 de agosto de 2012; Que, mediante informe de vistos la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, es de opinion que seria procedente emitir la Resolucion que declare aprobada la creacion y el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, a partir del 05 de marzo de 2013; en concordancia con las disposiciones establecidas en el articulo 13º de la Ley Universitaria Nº 23733 y la Resolucion Nº 394-2004-ANR; Que, el Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores en su sesion ordinaria llevada a cabo el 23 de octubre de 2012; acordo aprobar la creacion y el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad MORDAZA MORDAZA de Montoya; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, ha cumplido con las disposiciones establecidas en el articulo 13º, de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creacion y el funcionamiento de su Escuela de Posgrado, a partir del 05 de marzo de 2013. Articulo 2°.- Disponer que la Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA respecto a la creacion de programas academicos de maestria o doctorado requiere de la coordinacion y autorizacion previa de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 3°.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 870257-1

EL MORDAZA DE MIRAFLORES

El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asi tambien el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, prescribe que la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun el articulo 9, numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, con fecha 30 de marzo de 2006 se publico la Ordenanza N° 920 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la cual aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo en el distrito de Miraflores conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; Que, el articulo 4 de la precitada Ordenanza dispone que los Planos de Alturas de Edificacion correspondientes a los predios con frente a ejes viales y sectores urbanos de nivel local del distrito de Miraflores se aprueban por Ordenanza Distrital, en estricta sujecion con los rangos establecidos en las Normas Generales de Zonificacion (Anexo N°02) y en los Planos de Alturas de Nivel Metropolitano y previa opinion favorable del Instituto Metropolitano de Planificacion; debiendo remitir dicha Ordenanza a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su conocimiento y registro; Que, en virtud a la competencia otorgada por el articulo 4 de la Ordenanza N° 920, con fecha 11 de MORDAZA de 2006, la Municipalidad de Miraflores expide la Ordenanza N° 226 la cual aprueba el Plano de Alturas de Edificaciones correspondientes a predios con frente a ejes y sectores urbanos de nivel local, estableciendo para las cuadras 5, 6 y 7 de la Av. MORDAZA Diez Canseco una altura MORDAZA de tres (3) pisos; Que, posteriormente mediante Ordenanza N° 1602 de fecha 3 de MORDAZA de 2012, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA modifica el Plano de Zonificacion del distrito de Miraflores, de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Residencial de Densidad Media (RDM), para los predios ubicados en ambos frentes de las cuadras 5, 6 y 7 de la Av. MORDAZA Diez Canseco; Que, de acuerdo al Cuadro N° 1 del Anexo N° 02 de la Ordenanza N° 920, el rango de alturas de edificacion MORDAZA para zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM) es de 5 a 8 pisos; Que, con fecha 3 de MORDAZA de 2012, los vecinos de las cuadras 5, 6 y 7 de la Av. MORDAZA Diez Canseco solicitan el cambio de alturas de los predios ubicados en las cuadras 5, 6 y 7 de la Av. MORDAZA Diez Canseco del distrito de Miraflores a 7 pisos, senalando como sustento el Cambio de Zonificacion de Residencial de Densidad Baja a Residencial de Densidad Media; Que, con Memorandum Nº 166-2012-GDUMA/MM, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente senala que se debe considerar que la vision de desarrollo MORDAZA del distrito apunta a la preservacion de las actuales condiciones de residencialidad, o al mejoramiento de las mismas y que el MORDAZA densificatorio de MORDAZA Metropolitana ha generado serios impactos relacionados al congestionamiento vehicular en el distrito; asimismo, anade que las cuadras 5, 6 y 7 de la Av. MORDAZA Diez Canseco son paso obligado de significativos flujos de transporte particular, sobre todo en horas punta, lo cual agrava la situacion de congestionamiento vehicular; y que el entorno de la MORDAZA, materia de analisis, se encuentra consolidado como un area con una altura no mayor de 3 pisos; Que, en ese contexto, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente concluye que habiendose emitido la Ordenanza N° 1602 que modifica la zonificacion de las cuadras 5, 6 y 7 de la Av. MORDAZA Diez Canseco, debe

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Modifican plano de alturas de edificacion correspondiente a predios con frente a ejes viales y sectores urbanos del distrito aprobado por Ordenanza Nº 226
ORDENANZA Nº 393/MM Miraflores, 22 de noviembre de 2012