Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2012 (09/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el "Procedimiento para el sorteo de ubicacion de bloques de las Organizaciones Politicas en la cedula de sufragio correspondiente a las Elecciones Municipales Complementarias 2012", el cual consta de siete (7) articulos, que en anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y de los personeros de las organizaciones politicas participantes, el contenido de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Publicar el contenido de la presente resolucion y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional, www.onpe.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa

politicas locales provinciales y b) organizaciones politicas locales distritales. La ubicacion de estos sub bloques en la cedula de las Elecciones Municipales Complementarias 2012 se determinara luego de efectuar el sorteo a que se refiere el articulo MORDAZA, conforme a los pasos siguientes: a) De acuerdo al orden alfabetico, para efectos del sorteo, se asignara al sub bloque de organizaciones politicas locales distritales el numero uno (1), y al sub bloque de organizaciones politicas locales provinciales el numero dos (2). b) Se utilizaran bolillos, los cuales se identificaran con los numeros que correspondan a cada sub bloque de las organizaciones politicas locales. c) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados por un funcionario de la ONPE en el bolillero. d) Se invitara a un menor de edad, para que luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. e) El sub bloque al que corresponda el primer bolillo extraido, ocupara el primer lugar en el bloque de organizaciones politicas locales y al que corresponda el MORDAZA bolillo se ubicara en la parte inferior del referido bloque. f) El Notario Publico MORDAZA conformidad a los bolillos extraidos y los funcionarios de la ONPE registraran los resultados. Articulo 6º.- Orden establecido. Si en la circunscripcion no participa ninguna organizacion politica, correspondiente a alguno de los bloques o sub bloques, se considerara en la cedula de sufragio unicamente a los bloques respecto de los cuales si existen organizaciones politicas que participan en el MORDAZA, respetandose la secuencia determinada por los sorteos a que se refieren los articulos MORDAZA y quinto. Articulo 7º.- Publicidad y elaboracion de actas de los resultados del sorteo Una vez obtenidos los resultados de los sorteos mencionados, se hace publico el orden final de ubicacion de los bloques y sub bloques de organizaciones politicas. De lo anterior se levantara el acta respectiva, en cuatro ejemplares. Uno de los ejemplares se entregara al Notario Publico, otro al MORDAZA Nacional de Elecciones, otro al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el MORDAZA quedara en poder de la ONPE. Asimismo, se entregara copias del acta al representante de la Defensoria del Pueblo, a los personeros y a los observadores que lo soliciten. Los resultados del sorteo seran publicados en la pagina web de la ONPE.

ANEXO PROCEDIMIENTO PARA EL SORTEO DE UBICACION DE BLOQUES DE LAS ORGANIZACIONES POLITICAS EN LA CEDULA DE SUFRAGIO CORRESPONDIENTE A LAS ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2012
Articulo 1º.- Sede del sorteo El sorteo se llevara a cabo en la sede central de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, estando a cargo de la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional. Articulo 2º.- Actos previos Previamente al sorteo, la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional confirmara la presencia de un Notario Publico, citando a representantes de los organismos electorales y de la Defensoria del Pueblo, Observadores y Personeros de las Organizaciones Politicas. Articulo 3º.- Organizaciones Politicas consideradas en los sorteos Solo podran participar en los sorteos las Organizaciones Politicas debidamente inscritas e informadas por el MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 4º.- Del sorteo de bloques para la ubicacion de las Organizaciones Politicas en la cedula de sufragio. Para efectos de este sorteo, se consideraran dos (2) bloques de organizaciones politicas; el de partidos politicos y el de movimientos. Estos bloques se ubicaran en la cedula de sufragio de acuerdo al resultado del sorteo que se realizara teniendo en cuenta los pasos siguientes: a) De acuerdo al orden alfabetico, para efectos del sorteo, se asignara al bloque de movimientos el numero uno (1) y al bloque de partidos politicos el numero dos (2). b) Se utilizaran bolillos, los cuales se identificaran con los numeros que correspondan a cada bloque de las organizaciones politicas. c) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados por un funcionario de la ONPE en el bolillero. d) Se invitara a un menor de edad, para que luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. e) El bloque al que corresponda el primer bolillo extraido ocupara el primer lugar; el bloque al que corresponda el MORDAZA bolillo ocupara el MORDAZA lugar. f) El Notario Publico MORDAZA conformidad a los bolillos extraidos y los funcionarios de la ONPE registraran los resultados. Articulo 5º.- De la participacion de las organizaciones politicas locales De participar organizaciones politicas locales, se incluira un tercer bloque en el procedimiento descrito en el articulo anterior. El resultado de las organizaciones politicas locales quedara conformada por dos sub-bloques: a) organizaciones

761273-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Umbe, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 066-2012-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 2 de marzo de 2012 VISTOS: El Informe N° 000024-2012/GPRC/SGIRC/RENIEC (31ENE2012) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, el Oficio N° 000164-2012/GRC/RENIEC (01FEB2012) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N°000024-2012/GPRC/RENIEC (27FEB2012) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro