Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2012 (26/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

469061

VISTOS: El Informe N° 000108-2012/GPRC/SGIRC/RENIEC (15MAY2012) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, el Memorando N° 000088-2012/GRC/ RENIEC (21MAY2012) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000063-2012/GPRC/RENIEC (12JUN2012) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Alto Zepita, Distrito de Zepita, Provincia de Chucuito y Departamento de MORDAZA, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularizacion de delegacion de funciones registrales, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Alto Zepita, Distrito de Zepita, Provincia de Chucuito y Departamento de Puno. Articulo Segundo.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad senalada en el articulo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo Tercero.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnico Normativa de Registros

Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Alto Zepita, Distrito de Zepita, Provincia de Chucuito y Departamento de Puno; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase.JORGE MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil

806056-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan viaje del Presidente Regional para participar en MORDAZA que se realizara en Brasil
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 035-2012-GR-GRH.
MORDAZA, 11 de junio del 2012 Visto, el Oficio Nº 252-2012-GRHCO/GGR, de fecha 08 de junio del Gerente General Regional, dirigido al Consejero Delegado, quien solicita la autorizacion de viaje en Comision de Servicio del Presidente Regional MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quedo al exterior, al Estado de Acre - Brasil, desde el 13 al 16 de junio del 2012, para participar en el MORDAZA Internacional "Desarrollo Economico Integral Sustentable Modelo Suroeste de la Amazonia," con cargo a dar cuenta en la proxima sesion al pleno del Consejo Regional , y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 ­ Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, encontrandose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los Articulos 15º, 16º y 17º de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; asimismo, expresan su decision sobre asuntos internos de interes publico, ciudadano institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional mediante Acuerdos de Consejo Regional; Que, mediante Oficio Nº GG/301 de fecha 15 de MORDAZA del 2012, el Gobernador del Estado de Acre, Sr. Tiao Viana realiza una invitacion al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Quedo para asistir y participar en el MORDAZA Internacional "Desarrollo Economico Integral Sustentable Modelo Suroeste de la Amazonia", a realizarse los dias 14 y 15 de junio del 2012; Que, mediante Oficio Nº 252-2012-GRHCO/GGR, de fecha 08 de junio del 2012, el Gerente General Regional, MORDAZA Orbe MORDAZA, solicita al Consejo Regional la autorizacion de viaje del Presidente Regional MORDAZA MORDAZA