Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2012 (22/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2012

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. ORISON MORDAZA LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional POR LO TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en Ucayali, en la Sede del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

803989-1

Conforman la mesa REDD (Reduccion de Emisiones por Deforestacion y Degradacion de bosques) en la Region Ucayali
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2012-GRU/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 16 de MORDAZA del 2012, y; CONSIDERANDO: Que el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, prescribe que los Gobiernos Regionales, emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme se establece en el articulo 2º y 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, en concordancia con las demas normas aplicables de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; y en el articulo 8º de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali, en el Capitulo II, Articulo 5º, sostiene que su finalidad esencial es fomentar el desarrollo socio economico, integral y sostenible, promoviendo la inversion publica y el empleo; asi como garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, en concordancia a los planes y programas de desarrollo nacional, regional y local. Asimismo, en su Capitulo III, Articulo 6, manifiesta que uno de sus objetivos es promover un entorno ambiental con participacion de la ciudadania en los niveles de gestion ambiental y en el Titulo III, Articulo 7º y 8º, menciona que tiene competencias de orden constitucional, exclusivas y compartidas; como promover actividades en medio ambiente y gestion sostenible de los recursos naturales; Que, en 1988, la Asamblea General de la Naciones Unidas, aprobo la Resolucion 43/53 propuesta por el Gobierno de Malta, en donde se incluyo el tema "La proteccion del clima para las generaciones actuales y futuras de la humanidad". Ese mismo ano, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente - PNUMA y la Organizacion Meteorologica Mundial - OMM, establecieron en el Panel Intergubernamental de Cambio Climatico ­ IPCC, la necesidad de evaluar el estado del conocimiento cientifico relacionado con el cambio climatico, analizando las potencialidades, impactos ambientales y socioeconomicos; del mismo modo, la Asamblea General de las Naciones

Unidas decidio preparar una Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas para el Cambio Climatico ­ CMNUCC, teniendo por objetivo "Estabilizar las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero ­ GEI en la atmosfera, indicando las medidas que se adopten deben guiarse sobre las bases de la equidad y de las responsabilidades comunes pero diferenciadas"; siendo estas aprobada en 1992 durante la Cumbre de Rio y entraron en MORDAZA el 21 de marzo de 1994 entre las cuales se tiene las responsabilidades comunes pero diferenciadas (Articulo 3.1), el MORDAZA precautorio (Art. 3.3) y el Derecho al desarrollo sostenible (Art. 3.4). Que, en el MORDAZA de estas actividades mundiales, surge la preocupacion de Peru por reducir las emisiones de Gases de Efecto de Invernadero, por lo que se efectua en el mes de agosto del 2008, la primera declaracion politica firmada por el Gobierno Central y los Gobiernos Regionales, sociedad civil, organizaciones indigenas, fondos, instituciones de investigacion y empresas interesadas en trabajar sobre Reducciones de Emisiones por Deforestacion y Degradacion ­ REDD, denominada "Declaracion de Tarapoto". Que, en MORDAZA de 2009 el Ministerio del Ambiente - MINAM conformo el Grupo Tecnico de REDD de la Comision Nacional de Cambio Climatico - CNCC y el Grupo REDD Peru fue elegido como su coordinador. En noviembre de 2009, Conservacion Internacional y el MINAM convocaron a la primera reunion para elaboracion de la Propuesta de Preparacion para "Readiness" (R-PP). Durante la Conferencia de las Partes - COP15 en Copenhague, el Ministro del Ambiente ratifico la posicion de reducir a cero la tasa de deforestacion MORDAZA para bosques tropicales al 2021, que representaria el 47.5% de las emisiones de GEI de Peru, asimismo, Peru junto con Ecuador realizo un side event en el que presentaron sus avances en lo que respecta a REDD. Que, en MORDAZA de 2010 el MINAM presento el primer borrador de la R-PP al Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF), que fue puesto luego en consideracion de los integrantes del Grupo REDD Peru, que acordo con el MINAM que el MORDAZA de elaboracion de la version final del R-PP, se MORDAZA en dos fases en donde se elaborara la version final del R-PP, y se conformo comites tecnicos y organizo reuniones de MORDAZA de sus recomendaciones; Que, en junio de 2010, en el MORDAZA del Acuerdo de Copenhague el gobierno peruano comunico a la Secretaria de la CMNUCC que una accion nacional adecuada para la mitigacion seria la reduccion a cero por ciento de la tasa de deforestacion MORDAZA de bosques primarios naturales al 2021. Dicha meta voluntaria fue ratificada; Que, en MORDAZA de 2010 el MINAM y el MEF crearon el Programa Nacional de Conservacion de Bosques con el objetivo de conservar 54 millones de hectareas de bosques tropicales como una contribucion a la mitigacion frente al cambio climatico y al desarrollo sostenible y con un plazo de existencia de 10 anos. Que, durante la 8va reunion del Comite de Participantes del FCPF, del Banco Mundial, realizada del 23 al 25 de marzo en Da Lat., Vietnam, se aprobo la asignacion para el Peru de 3.6 millones de dolares del Fondo de Preparacion para REDD, luego que el gobierno de Peru presentara su R-PP y anunciara los acuerdos alcanzados por el MINAM con AIDESEP y con el Grupo REDD Peru. Que, asimismo entre las siete metas del Plan Nacional de Accion Ambiental ­ PLANAA para el periodo 2011 ­ 2021 (aun sin aprobar) se ha planteado como reducir la deforestacion MORDAZA y la MORDAZA ilegal a cero; reducir al 80% las emisiones de GEI respecto a las que corresponden al ano 2000, entre otras medidas, a traves de la conservacion de 54 millones de hectareas de bosques ­correspondientes al Programa Nacional de Conservacion de Bosques que empezo a implementarse en el ano 2010; Que, la construccion de REDD se viene dando de manera simultanea en multiples niveles: proyectos o actividades demostrativas (iniciativas tempranas), programas nacionales y sub nacionales, acuerdos bilaterales e iniciativas multilaterales. Pero son los procesos internacionales los que estan liderando y definiendo el MORDAZA de implementacion de REDD. Son seis los procesos claves a nivel internacional que vienen configurando REDD, estos son: La Convencion MORDAZA de Naciones Unidas sobre Cambio Climatico, el Mecanismo Cooperativo para el Carbono Forestal, el Programa de Inversion Forestal, el REDD+ Interim Partnership, los mercados voluntarios y el Programa UN-REDD. El Peru participa con diferente intensidad en los 5 primeros. Que, el Proyecto de Ley Nº 4141 para aprobar una nueva Ley Forestal y de Fauna MORDAZA senalan que los