Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2012 (24/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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injustificadas; d) Informacion de Colegios y/o Asociaciones de Abogados: el evaluado obtuvo resultados favorables en el referendum realizado por el Colegio de Abogados de la localidad; e) Antecedentes sobre su conducta: no registra antecedentes policiales, judiciales ni penales; f) Informacion patrimonial: no se aprecia variacion significativa o injustificada de su patrimonio en el periodo sujeto a evaluacion; Cuarto: CON RELACION AL RUBRO IDONEIDAD; sobre este rubro se han analizado los siguientes aspectos principales: a) Calidad de decisiones: se evaluaron once resoluciones, logrando un puntaje de 24.5 sobre un MORDAZA de 30 puntos. El promedio de calificacion por cada resolucion fue de 1.53 puntos. De las doce decisiones evaluadas, obtuvo calificacion aprobatoria en diez de ellas, con puntuaciones que oscilaron entre 2.0 y 1.2 puntos, mientras que las sentencias con puntuaciones desaprobatorias tuvieron calificaciones de 0.9 y 1.0 punto. Es decir, cinco decisiones fueron calificadas con notas desaprobatorias, cuatro con calificacion aprobatoria pero deficiente; tres regulares y cuatro buenas. La calificacion promedio de las decisiones fue de 1.20 sobre un MORDAZA de 2 puntos. b) Calidad en gestion de procesos: se evaluaron once calificaciones siendo la nota promedio de cada expediente 1.61 puntos, lo que revela un nivel adecuado de calidad de gestion de procesos; c) Celeridad y rendimiento: el area tecnica senalo que no se recibio informacion oportunamente, lo que no permitio arribar a una conclusion en este rubro; d) Organizacion de trabajo: sus informes de organizacion del trabajo fueron calificados como buenos; e) Publicaciones: el magistrado evaluado presento varias publicaciones, recibiendose a la fecha de la entrevista la calificacion de cuatro de ellas; f) Desarrollo profesional: registra participacion en once eventos academicos con calificacion, habiendo obtenido el puntaje MORDAZA de cinco puntos; Quinto: De lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion se concluye que el magistrado evaluado presenta en su desempeno aspectos tanto positivos como negativos, por lo que resulta necesario ponderar si sus meritos son suficientes para, pese a las deficiencias advertidas, motivar la renovacion de la confianza puesta en el para continuar ejerciendo la funcion jurisdiccional o si las deficiencias en mencion pueden motivar razonable y objetivamente que el desempeno del evaluado no permiten tal renovacion de confianza; En este orden de ideas, en cuanto a los aspectos positivos del evaluado, determinados en su MORDAZA individual de evaluacion y ratificacion, apreciamos que en el rubro conducta registra correcta asistencia y puntualidad y resultados favorables en un referendum realizado por el Colegio de Abogados de su localidad. Asimismo, no registra antecedentes penales ni judiciales y no se aprecia variacion significativa o injustificada de su patrimonio; De otro lado, en el rubro idoneidad tambien presenta indicadores positivos en varios aspectos, como son los relativos a calidad de decisiones, donde la calificacion promedio de sus decisiones es aprobatoria (1.53 sobre un MORDAZA de 2.0 puntos), adecuada calidad en gestion de procesos, adecuada organizacion del trabajo, ademas de presentar publicaciones y haber demostrado adecuada capacitacion; Sin embargo, apreciamos que en el rubro conducta registra informacion que revela algunos aspectos deficientes en su desempeno funcional, los que tambien se relacionan con el rubro idoneidad, cuya trascendencia e impacto, como se menciono anteriormente, deben ser ponderados en relacion a los aspectos positivos resenados, de modo que se pueda arribar a una conclusion objetiva respecto a si estos quebrantan o no seriamente la confianza que debe generar un magistrado en relacion a la observancia de su deber de conducta apropiada al cargo que desempena y en relacion a los altos niveles a idoneidad exigibles a quien ejerce la funcion jurisdiccional; En tal sentido, empezaremos por analizar el impacto y trascendencia de los indicadores negativos relativos al rubro conducta, que constituye uno de los MORDAZA del MORDAZA individual de evaluacion y ratificacion, puesto que la sociedad reclama de sus magistrados un elevado estandar de conducta y/o comportamiento, que debe reflejar honestidad, MORDAZA, moderacion y reflexion

tanto en los actos de su MORDAZA cotidiana como en el ejercicio de su funcion jurisdiccional; Flexibilizar el estandar de comportamiento anteriormente indicado, implicaria ser complaciente y/o permisivo respecto de situaciones que menoscaban la confiabilidad y, por ende, la legitimidad de la institucion judicial, por el descredito que ello acarrearia respecto de la alta investidura que corresponde a quien ejerce la funcion jurisdiccional a nombre de la Nacion; Asi, en materia de antecedentes disciplinarios, como se indico anteriormente, se aprecia que el magistrado evaluado registra un total de cuatro sanciones. Una de ellas consistio en una suspension de treinta dias que se le impuso por su actuacion como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Canete, por haber permitido que la secretaria y relatora vacacional designara a los vocales suplentes que reconformaron la Sala Civil de su circunscripcion, omitiendo ejercer sus atribuciones; Pese a que el magistrado evaluado senala que desde el ano 2008 viene esperando del CEPJ un pronunciamiento sobre su impugnacion de la precitada sancion, dicho elemento informativo merece ser evaluado y considerado conjuntamente con la informacion restante, atendiendo a que la sancion proviene de la propia OCMA, luego de evaluado el caso en el MORDAZA del debido proceso; Es asi que debemos reparar en el hecho de que uno de los apercibimientos y una amonestacion, le fueron impuestas por haber incurrido en demora en la evaluacion de expedientes de queja, permitiendo que estos casos prescribieran. Es decir, por negligencia o incumplimiento de sus deberes funcionales, el magistrado evaluado no permitio que se emitiera pronunciamiento oportuno respecto de casos cuestionados por los justiciables que se consideraron afectados; Situaciones como esta afectan seriamente la confianza ciudadana en sus autoridades judiciales, pues se deja en ellos una percepcion de que se busca favorecer la impunidad, lo que resulta contrario al cumplimiento de los fines y objetivos del organo de control de la magistratura; De otro lado, como tambien se precisara anteriormente, la otra amonestacion le fue impuesta por haber suscrito una resolucion en un MORDAZA judicial sobre ejecucion de garantia, estando impedido de hacerlo, pues la adjudicataria del inmueble ejecutado en dicho MORDAZA habia sido su senora MORDAZA, situacion que aunada a las anteriormente descritas, generan desconfianza sobre la diligencia que observa el evaluado en los casos que son de su conocimiento; Estas sanciones, por los motivos y circunstancias en que se sustentan, menoscaban la confianza ciudadana en un magistrado, de quien se espera un altisimo nivel de conducta y compromiso con el rol que desempena, lo que no se condice con las razones de la imposicion de las sanciones anteriormente indicadas; Es asi que el permitir o favorecer la prescripcion de dos quejas que fueron de su conocimiento mientras ejercia funciones en la ODECMA no solo denota irresponsabilidad, sino que tambien afecta el ejemplo que el evaluado debio dar ante los demas magistrados cuyos casos eran ventilados ante el organo de control, lo que ademas genera un impacto negativo en relacion al cumplimiento de los objetivos institucionales, pues los justiciables y la colectividad en general, siempre rechazan al magistrado que no demuestra responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones, encontrandose entre ellas no solo el respeto de los plazos, como en los casos donde permitio la prescripcion, sino tambien la meticulosa revision de los procesos que son de su conocimiento, donde no puede admitirse la ligereza de no percatarse de la intervencion de sus familiares o allegados, en un MORDAZA que es de su conocimiento; Asimismo, es MORDAZA que los justiciables y la sociedad en general reclaman la atencion pronta y eficiente de los procesos judiciales, siendo el retardo en la resolucion de las controversias alli plasmadas, uno de los factores que mayor impacto negativo tiene en la percepcion ciudadana sobre lo que entienden como correcta o ejemplar administracion o imparticion de justicia, situacion que tambien es aplicable a los casos donde se ventilan las quejas de los justiciables, pues esperan que el organo del control, luego de una investigacion objetiva e imparcial y en el MORDAZA del debido MORDAZA, arribe a una pronta conclusion final en torno a sus reclamaciones y no que