Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2012 (14/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la pagina Web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 813932-1

Declaran que la Escuela Superior de MORDAZA del Ejercito ha cumplido con requisitos de la Ley Universitaria para la creacion y funcionamiento de la Maestria en Ciencias Militares con mencion en Planeamiento Estrategico y Toma de Decisiones
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0769-2012-ANR MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio Nº 028 U-7.d.a./05.00, de fecha 04 de MORDAZA de 2012; el informe Nº 176-2012-DGDAC de fecha 13 de junio del 2012; el memorando Nº 0602-2012-SE de fecha 18 de junio del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones previstas en el inciso e) y f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, la creacion de carreras profesionales, programas academicos de postgrado y de MORDAZA especialidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; y asimismo, es atribucion especifica e indelegable de la Asamblea Nacional de Rectores, concordar en lo referente a los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y a la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer la curricula y requisitos adicionales propios; Que, asimismo, la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, en su articulo 99º, establece que las Escuelas de Oficiales y Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas, mantienen el regimen academico de gobierno y de economia establecidos por las leyes que los rigen y otorgan en nombre de la Nacion los titulos respectivos; Que, la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece en su articulo 11º que las Escuelas de formacion de Oficiales de las Fuerzas Armadas otorgan el grado academico de bachiller a nombre de la Nacion al termino de su formacion academica, que las exigencias para la opcion de MORDAZA y titulos se rigen por la Ley Universitaria y la legislacion sobre la materia y que los citados MORDAZA y titulos son equivalentes a los expedidos por el Sistema Universitario; Que, la Resolucion Ministerial Nº 644-2009-DE/SG que aprobo la Directiva General Nº 20-2009-MINDEFSG-VPD/DIGEDOC senala que las Escuelas Superiores de las Fuerzas armadas brindan educacion superior de nivel universitario, de posgrado y otorgan los MORDAZA academicos, titulos de MORDAZA y ulterior especialidad profesional, otros titulos y diplomas relacionados con las Ciencias Militares para el Ejercito del Peru, Ciencias

Maritimas Navales para la MORDAZA de MORDAZA del Peru y Ciencias de la Administracion Aeroespacial para la Fuerza Aerea del Peru; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 563-2011DE/SG, de fecha 10 de junio del 2011, y Resolucion Ministerial Nº 702-2011 DE/SG, de fecha 15 de MORDAZA del 2011, se autorizo a la Escuela Superior de MORDAZA del Ejercito, la Escuela Superior de MORDAZA MORDAZA y la Escuela Superior de MORDAZA Aerea, a organizarse como Escuelas de Postgrado y a otorgar el grado academico de Maestro o Magister, asi como los Titulos de MORDAZA y Ulterior Especialidad Profesional, en materias relacionadas con las Ciencias Militares para el Ejercito del Peru, Ciencias Maritimas Navales para la MORDAZA de MORDAZA del Peru y Ciencias de la Administracion Aeroespacial para la Fuerza Aerea del Peru, pudiendo cada una de ellas efectivizar lo indicado mediante acciones independientes orientadas a desarrollar los correspondientes estudios superiores, dando cumplimiento a la normatividad de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y a las disposiciones de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, asimismo, las precitadas Resoluciones Ministeriales disponen que las mencionadas Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas deberan inscribir los MORDAZA academicos de Maestro o Magister, asi como los Titulos otorgados en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines pertinentes y bajo responsabilidad de su Director; Que, mediante Resolucion Nº 0815-2011-ANR, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, la Asamblea Nacional de Rectores autorizo la inscripcion en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos los MORDAZA academicos de Maestro otorgados por las Escuelas Superiores de MORDAZA del Ejercito, La MORDAZA y la Fuerza Aerea del Peru, en merito a lo dispuesto por el articulo 11º de la Ley Nº 28359 y la Resolucion Ministerial Nº 702-2011-DE/SG; Que, dentro del precitado MORDAZA legal, mediante oficio de vistos, el Director de la Escuela Superior de MORDAZA del Ejercito remite a la Asamblea Nacional de Rectores la documentacion correspondiente al Plan curricular de la Maestria en Ciencias Militares con mencion en Planeamiento Estrategico y Toma de Decisiones; Que, mediante informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, senala que la documentacion remitida ha cumplido con los criterios establecidos en el articulo 24º y el inciso f) del articulo 92 de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creacion y el funcionamiento de del mencionado programa de maestria; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la institucion dispone la elaboracion de una resolucion por la que se declare que la Escuela Superior de MORDAZA del Ejercito ha cumplido con lo establecido en el articulo 24º y el inciso f) de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento de la Maestria en Ciencias Militares con mencion en Planeamiento Estrategico y Toma de Decisiones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de sus atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Escuela Superior de MORDAZA del Ejercito ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 24º y el inciso f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento del siguiente programa de posgrado: · Maestria en Ciencias Militares con mencion en Planeamiento Estrategico y Toma de Decisiones. Articulo 2º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, la Direccion de Carnes Universitarios y la Unidad de Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines que dispone la Ley.