Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2012 (11/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2012

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores ANEXO PAISES DE REFERENCIA 1. Alemania 2. Australia 3. Brasil 4. Canada 5. MORDAZA 6. China/Hong MORDAZA 7. Colombia 8. Espana 9. Estados Unidos de MORDAZA 10. MORDAZA 11. Holanda 12. MORDAZA 13. Italia 14. Japon 15. Mexico 16. Noruega 17. Reino Unido 18. Suiza 811560-1

El Expediente N° 2012016038, los Memorandos Nos. 895-2012-SMV/06 y 1301-2012-SMV/06 del 4 de MORDAZA de 2012 y del 27 de junio de 2012, respectivamente, de la Oficina de Asesoria Juridica, asi como el Proyecto de Resolucion que sustituye la referencia al Comite Tecnico de la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en ingles) por la de los paises que integraban dicho Comite, incluidos MORDAZA, Colombia y Noruega; CONSIDERANDO: Que, los articulos 14 y 56 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA aprobado por Resolucion CONASEV N° 021-1999-EF/94.10; los articulos 38 y 39 del Reglamento de Intermediacion aprobado por Resolucion CONASEV N° 045-2006-EF/94.10 y el articulo 8 del Reglamento sobre Fecha de Corte, Registro y Entrega, aprobado por Resolucion CONASEV N° 0692006-EF/94.10, hacen referencia al Comite Tecnico de la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por su sigla en ingles); Que, la nueva estructura organica de IOSCO no contempla al referido Comite Tecnico, lo que se ha efectivizado en la reunion anual de dicho organismo internacional que se llevo a cabo recientemente en la MORDAZA de Beijing, Republica Popular de China, del 13 al 17 de MORDAZA de 2012, habiendo iniciado sus funciones en reemplazo de dicho Comite, el denominado IOSCO Board; Que, en tal sentido, resulta conveniente modificar la normatividad aprobada por la SMV que alude al mencionado Comite, estableciendose un MORDAZA parametro de referencia que incluya a aquellos paises que cuentan con estandares similares o mayores al del MORDAZA de valores peruano en terminos de revelacion de informacion, transparencia de las operaciones y practicas de buen gobierno corporativo, lista que inicialmente comprende a los paises que conformaron el Comite Tecnico del IOSCO, asi como a MORDAZA y a Colombia por ser paises integrantes del MORDAZA Integrado Latinoamericano-MILA y a Noruega porque tiene estandares similares a IOSCO; Que, el Proyecto de Resolucion fue difundido y puesto en consulta ciudadana en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV por diez (10) dias calendario, conforme lo dispuso la Resolucion SMV N° 021-2012-SMV/01, publicada el 8 de junio de 2012; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 1 inciso a) de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, modificado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Institucion reunido en sesion del 04 de MORDAZA del 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Sustituir las referencias al Comite Tecnico de la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por su siglas en ingles) contenidas en los articulos 14 y 56 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA aprobado por Resolucion CONASEV N° 021-1999EF/94.10; los articulos 38 y 39 del Reglamento Agentes de Intermediacion aprobado por Resolucion CONASEV N° 045-2006-EF/94.10 y el articulo 8 del Reglamento sobre Fecha de Corte, Registro y Entrega, aprobado por Resolucion CONASEV N° 069-2006-EF/94.10, asi como en cualquier otra MORDAZA aprobada por la Superintendencia del MORDAZA de Valores que se refiera al mencionado Comite, por el Anexo de Paises de Referencia que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- La Bolsa de Valores de MORDAZA podra proponer, en materias de su competencia, la incorporacion de paises adicionales al Anexo de Paises de Referencia, en cuyo caso debera sustentar la existencia de estandares similares o mayores al del MORDAZA de valores peruano en terminos de revelacion de informacion, transparencia de las operaciones, practicas de buen gobierno corporativo y otros criterios que la referida Bolsa considere convenientes. Articulo 3°.- Publicar la presente resolucion y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe).

Modifican Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios
RESOLUCION SMV Nº 029-2012-SMV/01 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Expediente N° 2012008834, el Memorandum Conjunto N° 865-2012-SMV/06/10/12 de fecha 25 de MORDAZA de 2012, el Memorandum Conjunto N° 13292012-SMV/06/10/12 de fecha 02 de MORDAZA de 2012, ambos emitidos por la Oficina de Asesoria Juridica, la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo, asi como el Proyecto de modificacion del Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1061 se modifico la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861 (LMV), incorporandose a traves de los articulos 354° y 355° a las Empresas Proveedoras de Precios como sujetos supervisados por la SMV y estableciendose que la SMV fijara mediante normas de caracter general las exigencias minimas de capital social y demas disposiciones a las que deberan sujetarse dichas empresas; Que, mediante Resolucion CONASEV N° 101-2009EF/94.01.1, publicada el 30 de diciembre de 2009, se aprobo el Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios (en adelante, el Reglamento); Que, por mandato de la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores publicada el 28 de MORDAZA de 2011, se sustituyo la denominacion de CONASEV por la de Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV y se efectuaron diversas modificaciones al Texto Unico Concordado de su Ley Organica, aprobado por Decreto Ley N° 26126; Que, una vez aprobado el MORDAZA normativo para la implementacion de las empresas proveedoras de precios, en diciembre del ano 2010 se otorgo la primera y unica autorizacion de funcionamiento para actuar como proveedora de precios, habiendo transcurrido hasta la fecha ano y medio, de lo que se puede concluir que se trata de una industria que se encuentra en una etapa de formacion; Que, teniendo en cuenta la relevancia de la industria de proveeduria de precios para la transparencia de las operaciones en el MORDAZA, asi como el hecho de que dicha industria no ha alcanzado el desarrollo esperado, se