Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2012 (02/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2012

codigo SNIP Nº 135315, por el monto de S/. 2 974 342,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y "Construccion del sistema de agua potable y alcantarillado en los asentamientos humanos Los Pinos, San MORDAZA y Los MORDAZA del distrito de MORDAZA, Piura" con codigo SNIP Nº 141308, por el monto de S/. 3 050 447,00 (TRES MILLONES CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES). La transferencia financiera autorizada por el presente Decreto Supremo se realizara con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Categoria Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Poblacion MORDAZA, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los articulos 1º y 3º del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5º.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los Gobiernos Locales y a Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A., senalados en el Anexo y en el articulo 3º del presente dispositivo, segun corresponda, iniciaran en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles, a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la ejecucion del proyecto a su cargo. Articulo 6º.- Informacion Los Pliegos habilitados y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A., informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el numeral 11.2 del articulo 11º de la Ley Nº 29812. Articulo 7º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de febrero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 025-2012-EF, se autorizo la incorporacion de recursos, via credito suplementario, en el presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 135 153 474,00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 Nuevos Soles), para continuar las acciones mantenimiento de sistemas de agua potable y desague a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como para garantizar la continuidad de proyectos de inversion publica a cargo de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante el articulo 1º del mencionado Decreto Supremo Nº 025-2012-EF, se autorizo, via Credito Suplementario, la incorporacion de recursos en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, hasta por la suma de S/. 15 656 000,00, destinados a continuar con las acciones de mantenimiento de sistemas de agua potable y desague a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, con fecha 01 de febrero de 2012, se suscribio el Convenio Nº 056-2012-VIVIENDA, entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica, para el financiamiento de las acciones de mantenimiento de sistemas de agua potable y desague, hasta por la suma de S/. 2 500 000,00; Que, mediante el articulo 12º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se autoriza en el presente ano fiscal la realizacion de manera excepcional, de las transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; asimismo, dicha MORDAZA legal establece que las citadas transferencias se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolucion del Titular del Pliego, la misma que se publica en el Diario Oficial El Peruano; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, y la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ Administracion General, hasta por la suma de S/. 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica, para ser destinado a las acciones de mantenimiento de sistemas de agua potable y desague. Articulo 2º.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial se atendera con cargo a los recursos aprobados en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ Administracion General, actividad 5.002406 : Plan de Mantenimiento de Infraestructura y Equipos. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el articulo 1º del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Monitoreo La Direccion Nacional de Saneamiento es responsable de la supervision monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas fisicas y financieras, para los cuales se realiza la presente transferencia, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Convenio entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica; y en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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VIVIENDA
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica, para ser destinada a las acciones de mantenimiento de sistemas de agua potable y desague
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-2012-VIVIENDA
MORDAZA, 1 de febrero de 2012 VISTO, el Memorandum Nº 140-2012-VIVIENDA/ VMCS-DNS, y el Informe Tecnico Nº 001-2012-VIVIENDA/ VMCS-DNS-DPP; y,

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