Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2012 (30/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

460081

directo entre el inversionista y la empresa o entidad respectiva con el fin de que se pueda superar tal situacion; Que, de ser el caso, debe corresponder a esta Defensoria informar y orientar al inversionista sobre las vias procedimentales con las que cuenta para interponer una denuncia ante la SMV por una posible infraccion a las normas bajo su supervision y/o para interponer una denuncia ante el INDECOPI por una posible infraccion a las normas de proteccion del consumidor; asi como para la MORDAZA de reclamos ante la SMV, por parte de accionistas minoritarios de sociedades anonimas abiertas, ante una posible denegatoria de entrega de sus acciones o dividendos. Asimismo, debe informar y orientar al inversionista sobre las vias judiciales o arbitrales que el ordenamiento legal permite; Que, asimismo, con el proposito de aumentar la confianza de los inversionistas, resulta recomendable encomendar a la Defensoria del Inversionista que reciba y canalice las sugerencias y propuestas que formulen estos y otros interesados en el MORDAZA de valores, el MORDAZA de productos y los sistemas de fondos colectivos; que identifique oportunidades de mejora y proponga el perfeccionamiento de las normas vigentes en relacion con la proteccion de los inversionistas, asi como las politicas institucionales correspondientes; y, que proponga acciones informativas o educativas sobre los inversionistas actuales o potenciales; Que, resulta conveniente que, desde esta Defensoria, la SMV promueva altos estandares y buenas practicas en la proteccion de los inversionistas, articulando esfuerzos publicos y privados, asi como espacios de colaboracion interinstitucionales; y, que establezca MORDAZA de dialogo e intercambio de experiencias que permitan reconocer oportunidades de mejora y tomar acciones preventivas en resguardo de los derechos de los inversionistas; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar el Reglamento de la Defensoria del Inversionista de la SMV, de modo que se determine el alcance de las funciones de este servicio y su contribucion al fortalecimiento de la proteccion de los inversionistas, conforme a lo MORDAZA considerado, encomendando al Superintendente del MORDAZA de Valores que apruebe las directivas complementarias que MORDAZA necesarias para su plena implementacion; Que, asimismo, el proyecto de Reglamento del Servicio de Defensoria del Inversionista fue difundido y puesto en consulta ciudadana en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV por 15 dias, conforme lo dispuso la Resolucion SMV N° 010-2011-SMV/01 publicada el 16 de diciembre de 2011; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 1º y el literal b) del articulo 5° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por el Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley N° 29782, y el articulo 7º de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobada por el Decreto Legislativo N° 861, asi como a lo acordado por el Directorio de la SMV reunido en su sesion del 24 de enero de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Reglamento del Servicio de Defensoria del Inversionista (en adelante, la Defensoria del Inversionista) de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, conforme al siguiente texto: Reglamento de la Defensoria del Inversionista de la Superintendencia del MORDAZA de Valores Articulo 1°.- Objeto Elpresentereglamentotieneporobjetoorientarlasfunciones de la Defensoria del Inversionista de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) al fortalecimiento de la proteccion de los inversionistas, con el proposito de velar por el respeto de sus derechos en el MORDAZA de valores, el MORDAZA de productos y los sistemas de fondos colectivos. Articulo 2°.- Defensor del Inversionista La conduccion de la Defensoria del Inversionista se encuentra a cargo de un funcionario designado por el Superintendente del MORDAZA de Valores y adscrito a su despacho, al cual se le denomina Defensor del Inversionista. El Defensor del Inversionista desempena sus funciones con autonomia y neutralidad, reportando directamente al Superintendente del MORDAZA de Valores. Articulo 3°.- Funciones Son funciones de la Defensoria del Inversionista las siguientes:

1. Orientar gratuitamente al inversionista ante una situacion concreta en la que este considere que una sociedad agente de bolsa, una sociedad administradora de fondos mutuos o fondos de inversion, una empresa administradora de fondos colectivos, una sociedad emisora de valores o cualquier otra entidad bajo el ambito de competencia de la SMV podria estar afectando sus derechos. Con este proposito, ante una solicitud de orientacion de esta naturaleza, la Defensoria del Inversionista: a. Procede a analizar la situacion concreta referida por el inversionista y toma contacto con este en un plazo MORDAZA de tres (3) dias habiles, para brindarle la orientacion requerida o para solicitarle mas informacion con el proposito de orientarlo. En este ultimo caso, una vez que cuente con toda la informacion necesaria, procede a brindar al inversionista la orientacion correspondiente en un plazo MORDAZA de tres (3) dias habiles. Estos plazos pueden ser ampliados si las circunstancias del caso lo ameritan. b. Si la situacion lo permite, procura propiciar un espacio de dialogo directo entre el inversionista y la empresa o entidad respectiva, a efectos de que se pueda superar la situacion referida por el inversionista. c. Informa y orienta al inversionista sobre las vias procedimentales con las que cuenta para interponer una denuncia ante la SMV por una posible infraccion a las normas bajo su supervision y/o para interponer una denuncia ante el INDECOPI por una posible infraccion a las normas de proteccion del consumidor; asi como un reclamo ante la SMV, en el caso de accionistas minoritarios de las sociedades anonimas abiertas, ante una posible denegatoria de entrega de sus acciones o dividendos. Asimismo, le informa y orienta sobre las vias judiciales o arbitrales que el ordenamiento legal permite. En ningun caso, la Defensoria del Inversionista emite opinion tecnica o juridica sobre la situacion concreta referida por el inversionista. 2. Coordinar con los organos de la SMV y de las demas entidades que resulten competentes, a fin de que las denuncias o los reclamos de los inversionistas MORDAZA atendidos con la diligencia correspondiente y MORDAZA resueltos oportunamente. 3. Recibir y canalizar las sugerencias o propuestas que formulen los inversionistas y otros interesados en el MORDAZA de valores, el MORDAZA de productos y el sistema de fondos colectivos, referidas a la actuacion de los participantes que operan en dichos mercados y sistema; o a la actuacion de la SMV, con la finalidad de que esta institucion mejore la calidad de sus servicios o implemente cambios normativos en beneficio de los inversionistas y demas personas que intervienen en los mercados bajo su competencia. 4. Evaluar las estadisticas, tendencias y causas de los problemas reportados por los inversionistas y de las denuncias formuladas por estos, asi como el contenido de las sugerencias o propuestas recibidas, con el fin de proponer acciones informativas o educativas dirigidas a los inversionistas actuales o potenciales, con el objetivo de brindarles mayor informacion a partir de los problemas y denuncias reportados. 5. Identificar, en general, oportunidades de mejora y vacios en las normas vigentes en relacion con la proteccion de los inversionistas; y, proponer normas o contribuir en la formulacion de propuestas normativas para fortalecer esta proteccion, emitiendo opinion sobre los aspectos relacionados con los derechos de los inversionistas. 6. Proponer al Superintendente del MORDAZA de Valores las politicas institucionales que resulten necesarias para fortalecer la proteccion de los inversionistas. 7. Informar al organo competente de la SMV o a la autoridad que corresponda sobre los hechos o conductas que conozca en el ejercicio de sus funciones, cuando ello resulte necesario, con el proposito de que estos actuen conforme al MORDAZA normativo vigente y a sus respectivas competencias. 8. Promover altos estandares y buenas practicas en la proteccion de los inversionistas, articulando, para tal efecto, esfuerzos publicos y privados, asi como espacios de colaboracion interinstitucional. 9. Establecer MORDAZA de dialogo e intercambio de experiencias con la participacion de las empresas o entidades bajo el ambito de competencia de la SMV y las organizaciones que las agremian, que permitan reconocer oportunidades de mejora y tomar acciones preventivas en resguardo de los derechos de los inversionistas. 10. Emitir informes y documentos informativos en el ambito de sus funciones.