Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2012 (10/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 10 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458929

DEBE DECIR: Articulo 8º.- Incorporase en el Anexo II del Cuadro de Tipificacion de Infracciones al Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 00040-2009, la infraccion de codigo TR-42, la misma que quedara redactada de la siguiente forma:
CODIGO INFRACCION CALIFICACION SANCION MEDIDAS PREVENTIVAS RESPONSABLE

fabricacion. Esta disposicion no permite la inclusion de vehiculos que no se encuentren inscritos previamente en el Registro de Transporte de la Municipalidad Provincial del Callao. 739007-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de la "Enmienda Trece al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para "Gestion Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios", USAID Nº 527-0407
Entrada en vigencia de la "Enmienda Trece al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para "Gestion Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios", USAID Nº 527-0407, suscrita el 23 de febrero de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y ratificada por Decreto Supremo Nº 053-2009-RE de fecha 14 de agosto de 2009, publicado el 15 de agosto de 2009. Entro en vigencia el 17 de agosto de 2009. 738987-1

TR-42

Internamiento del vehiculo Brindar el servicio en el deposito de Transporte municipal de Publico MORDAZA vehiculos por e Interurbano de Multa el termino de pasajeros, con Muy grave equivalente cinco (05) dias vehiculos que han al 50% de la consecutivos. sido dados de baja U.I.T. Esta medida definitiva. cesa cuando se MORDAZA cancelado la multa y cumplido el tiempo de permanencia del vehiculo en el Deposito. Municipal de vehiculos.

Empresa, conductor y propietario del vehiculo.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES DICE: Primera.- Prohibase la inscripcion, registro y habilitacion de los vehiculos cuyas placas de identificacion vehicular correspondan a las caracteristicas reservadas por el MTC a los vehiculos de uso particular. DEBE DECIR: Primera.- Prohibase la inscripcion, registro y habilitacion de los vehiculos cuya tipologia de placas de identificacion vehicular correspondan a las caracteristicas reservadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a los vehiculos de uso particular y cuya tipologia vehicular sea M2 con peso MORDAZA menor a 3500 kilogramos. DICE: Tercera. Las empresas que aun no hayan obtenido autorizacion para brindar el servicio de transporte publico regular por el plazo de diez (10) anos y cuya ruta no se encuentra cancelada, con caracter excepcional, podran incluir vehiculos que no se ajusten a las caracteristicas establecidas en el articulo 9 de la Ordenanza Municipal Nº 000040-2009 hasta el 30 de diciembre de 2011. Los vehiculos a incluirse en virtud de la presente Disposicion Complementaria, no podran tener una antiguedad mayor a veinte (20) anos contados a partir del ano siguiente de la fecha de su fabricacion. Esta disposicion no permite la inclusion de vehiculos que no se encuentren inscritos previamente en el Registro de Transporte de la Municipalidad Provincial del Callao. DEBE DECIR: Tercera.- Las empresas que aun no hayan obtenido autorizacion para brindar el servicio de transporte publico regular por el plazo de diez (10) anos y cuya ruta no se encuentra cancelada, con caracter excepcional, podran incluir vehiculos que no se ajusten a las caracteristicas establecidas en el articulo 9 de la Ordenanza Municipal Nº 000040-2009 y su modificatoria, Ordenanza Municipal N° 000051-2010, hasta el dia 20 de enero de 2012. Los vehiculos a incluirse en virtud de la presente Disposicion Complementaria, no podran tener una antiguedad mayor a veinte (20) anos contados a partir del ano siguiente de la fecha de su

Entrada en vigencia de la "Enmienda Nº Doce al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para el Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Area Criticas" USAID Nº 527-0402
Entrada en vigencia de la "Enmienda Nº Doce al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para el Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Area Criticas" USAID Nº 527-0402, suscrita el 29 de setiembre de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificada por Decreto Supremo Nº 041-2009-RE de fecha 22 de MORDAZA de 2009, publicado el 23 de MORDAZA de 2009. Entro en vigencia el 23 de MORDAZA de 2009. 738951-1

Entrada en vigencia de la "Enmienda Nº Trece al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para el Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Areas Criticas" USAID Nº 527-0402
Entrada en vigencia de la "Enmienda Nº Trece al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para el Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Areas Criticas" USAID Nº 527-0402, suscrita el 7 de MORDAZA de 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificada por Decreto Supremo Nº 083-2009-RE de fecha 18 de noviembre de 2009, publicado el 19 de noviembre de 2009. Entro en vigencia el 20 de noviembre de 2009. 738985-1