Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2012 (05/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458629

Articulo Vigesimo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA YESSENIA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativo) de Huaura, del Distrito Judicial de Huaura, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huaura. Articulo Vigesimo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Barranca, del Distrito Judicial de Huaura, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Barranca. Articulo Vigesimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de MORDAZA, Callao, Huaura, La MORDAZA y MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 737322-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban MORDAZA para Asignacion de Personal CAP de las Unidades de Gestion Educativa Local Chota, Cutervo, MORDAZA y San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 037-2011-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en el articulo 191°, concordante con el articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8° precisa que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley N° 27867 modificado por la Ley Nº 27902, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 15º literal a) senala que es una atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, en el articulo 38º senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...); y, en el articulo 45° literal a) MORDAZA parrafo senala los Gobiernos Regionales definen, MORDAZA, dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales (...); y, en

el literal b) numeral 1. establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion y demas Leyes de la Republica, elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, en su articulo 73°, define a la Unidad de Gestion Educativa Local como: "La Unidad de Gestion Educativa Local es una instancia de ejecucion descentralizada del Gobierno Regional con autonomia en el ambito de su competencia. Su jurisdiccion territorial es la provincia (...)."; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2004PCM, se aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP de las Entidades de la Administracion Publica, que en el articulo 14° (Del Informe previo a la Aprobacion del CAP) prescribe: "El proyecto de CAP, debidamente visado por el organo responsable de su elaboracion, asi como por el Organo de Asesoria Juridica, adjuntandose los Informes Tecnico y Legal respectivos, el Reglamento de Organizacion y Funciones y su organigrama, debe ser remitido para informe previo tal como se establece en el numeral 3 del citado articulo, a la Oficina de Presupuesto y Planificacion de la propia Entidad en el caso de: (...) Gobiernos Regionales, (...).". En el articulo 15º (De la Aprobacion del CAP), senala: para el caso de Gobiernos Regionales la aprobacion del CAP se aprueba mediante Ordenanza Regional. Y, en el articulo 17° (de la publicacion del CAP), senala que "Las Entidades deberan cumplir con publicar su CAP en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico de la Entidad. La publicacion en el MORDAZA electronico de la Entidad debe realizarse dentro de los 3 dias calendarios siguientes a la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios responsables conforme a la Ley de transparencia y acceso a la informacion publica. En el caso del CAP perteneciente a las Direcciones Regionales Sectoriales y demas entidades que mantienen dependencia funcional y tecnica con los Ministerios, se debera efectuar la publicacion en el MORDAZA Electronico del Ministerio y en el del Gobierno Regional que corresponda"; Que, mediante Dictamen Nº 061-2011-GR.CAJ-CR/ COAJ-COP-CODESO, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos, Planeamiento y Desarrollo Social, de fecha 07 de diciembre del ano 2011, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto de Ordenanza Regional que Aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal ­ C.A.P. de la Unidad de Gestion Educativa Local Chota, Cutervo, MORDAZA y San MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 14 de diciembre del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRCAJ-CR, por mayoria el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal CAP de la Unidad de Gestion Educativa Local Chota, en tres (3) folios, Unidad de Gestion Educativa Local Cutervo, en tres (3) folios, Unidad de Gestion Educativa Local MORDAZA, en tres (3) folios y la Unidad de Gestion Educativa Local San MORDAZA, en tres (3) folios. Los mismos que debidamente visados, a folios doce (12) forman parte de la presente Ordenanza Regional. Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, brinde el apoyo y asistencia tecnica necesarios para la implementacion de las acciones a que diere lugar. Tercero: La implementacion de las competencias, funciones y facultades transferidas en base a la Estructura