Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2012 (19/08/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

473011

Residencial "Los MORDAZA de MORDAZA Rosa", ubicado en el Ex Fundo MORDAZA MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, de conformidad al Plano signado con el Nº 016-2012-SGCHU-GDUMDSMP y Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la empresa INVERSIONES GENERALES SY SOCIEDAD ANONIMA CERRADA; y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, para su conocimiento y fines. Articulo 3°.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 4º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. YESENNIA MORDAZA TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

829411-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Declaran de interes local y necesidad publica la ejecucion de un proyecto de desarrollo inmobiliario integral e inclusivo en la MORDAZA de ladera de Cerro El MORDAZA
ORDENANZA Nº 518-2012-MDEA
El MORDAZA, 02 de agosto de 2012 EL MORDAZA DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que declara de Interes y Necesidad Publica la ejecucion de un proyecto de desarrollo inmobiliario integral e inclusivo en la MORDAZA de ladera de Cerro El MORDAZA colindante con el AH. MORDAZA y el proyecto Kuelap. Informe Nº 067-2012-GEMU-MDEA del Gerente Municipal e Informe Nº 317-2012-GAJU-MDEA del Gerente de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru concordante con Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que la autonomia radica en la faculta de de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Articulo 79º de la Ley N° 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que es funcion municipal en materia de organizacion de espacio fisico y uso del suelo, normar y otorgar licencias de obras, Licencias Municipales de Funcionamiento, asi como otras autorizaciones. Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, dispone que el MORDAZA de planeacion local, es integral, permanente y participativa, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dichos procesos se senalan las politicas publicas de nivel local, tendiendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, el empleo y

garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, la Ordenanza Nº 1025-MML que "Aprueba el reajuste integral de los Usos del Suelo de los distritos de El MORDAZA y MORDAZA MORDAZA que forman parte del tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana", en el articulo 8º prohibe la ocupacion de areas calificadas como MORDAZA de Proteccion y Tratamiento Paisajista (PTP) asi como la de las areas declaradas como zonas de riesgo por INDECI, a fin de evitar posibles riesgos fisicos de los Asentamientos Humanos. Que, la Ordenanza Nº 1025-MML que "Aprueba el reajuste integral de los Usos del Suelo de los distritos de El MORDAZA y MORDAZA MORDAZA que forman parte del tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana", en el articulo 9º, Ocupacion de Laderas Cerro El MORDAZA, Establece que la ocupacion y edificacion de terrenos localizados en las Laderas del Cerro El MORDAZA y sobre la margen izquierda del Rio MORDAZA, jurisdiccion del distrito de El MORDAZA calificados con uso Residencial de Densidad Media (RDM) y Vivienda Taller (VT) debera contar necesariamente con la aprobacion y regulacion de INDECI. Que, la Ordenanza Nº 1617-MML que "Norma los Cambios de Zonificacion en MORDAZA Metropolitana", en el literal 6.7 del articulo 6º senala que en casos de presentarse cambios de zonificacion para el desarrollo de Megaproyectos y/o proyectos de gran envergadura, calificados asi por el reglamento, se deberan presentar ademas estudios de base sobre aspectos urbanisticos, viales y/o ambientales, que consideren importantes para sustentar el pedido, respecto de los cuales organos de linea emitiran opinion. Que los pueblos localizados en zonas de cerro El MORDAZA, tienen riesgo latente segun los estudios de Defensa Civil, caracterizado por la existencia de desprendimientos de piedras, la deficiente accesibilidad vial, el hacinamiento de un gran porcentaje de las viviendas, existencia de sectores con mala calidad de suelo. El crecimiento desordenado no planificado, condiciones en las que han surgido la mayoria de asentamientos humanos localizados en las laderas, genera mayores procesos de deterioro progresivo de las estructuras de las viviendas en ladera que en las viviendas de las zonas planas. Teniendo en cuenta que las zonas altas (Carretera Central, 7 de Octubre, Cerro El Agustino) no tienen zonas de evacuacion seguras ante eventos de emergencia, por lo que es necesario habilitar nuevos espacios en laderas que permitan la ocupacion debidamente planificada para fines de vivienda, con proyectos como el propuesto por el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento. Que para la MORDAZA de Cerros la Municipalidad distrital de El MORDAZA tiene una propuesta de desarrollo integral para la MORDAZA de Cerros entre los cuales esta la creacion de la via expresa de los cerros que permitira integrar a los diversos pueblos ubicados en la ladera, la construccion del Mirador Turistico MORDAZA MORDAZA, la habilitacion del Proyecto Municipal de viviendas "Kuelap", teleferico, entre otros. La construccion de la via expresa posibilitara ademas de la integracion vial de los pueblos existentes en ladera tambien ocupar de manera planificada y ordenada la totalidad de las laderas libres de cerro El MORDAZA desde el AH. MORDAZA hasta el futuro proyecto "Kuelap", en torno a un proyecto integral inmobiliario que considere la construccion de nuevas viviendas en edificios multifamiliares, areas recreativas, parques, usos comunales, usos educativos, salud, comercial local, mirador, biblioteca, como el propuesto por el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento considerando su financiamiento mediante la asociatividad publico privada. Se propone realizar un desarrollo inmobiliario de caracter sostenible, con el uso de nuevas tecnologias apropiadas a los requerimientos ambientales actual es como el cambio climatico y estres hidrico de la MORDAZA, el diseno y planeamiento orientado a la minimizacion del riesgo de desastres, que permita ser un modelo de gestion inclusivo para la planificacion de viviendas de interes social en MORDAZA de laderas seguras. Que esta propuesta se enmarca en los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado de El MORDAZA y en las recomendaciones del Plan de Gestion de Riesgos de Desastre Este proyecto se convertira en modelo de desarrollo de viviendas de alta densidad en ladera de cerro, cuya inversion se MORDAZA en la asociatividad publico privada. Por lo que; el Concejo Municipal de El MORDAZA, en uso de la facultad conferida la Ley Organica de Municipalidades.