Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2012 (02/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de agosto de 2012

Jefe de la Unidad de Administracion del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", con eficacia desde el 12 de MORDAZA de 2012, en tanto se designe a su titular. Articulo 4º.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Coordinacion Regional, las funciones de Jefe de la Unidad de Planificacion y Presupuesto del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", con eficacia desde el 12 de MORDAZA de 2012, en tanto se designe a su titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA ANANOS Directora Ejecutiva Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65"

Nº 001-2012-MIDIS y 006-2012-MIDIS, y las Resoluciones Ministeriales Nº 065-2012-MIDIS y 069-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable de brindar la informacion publica solicitada al Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", en el MORDAZA de lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", en el MORDAZA de lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral sera publicada en el MORDAZA institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65": www.pension65.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA ANANOS Directora Ejecutiva Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65"

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Designan funcionarios responsables de brindar informacion publica y de elaborar y actualizar el MORDAZA de transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 018-2012-MIDIS/P65-DE
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 065-2012MIDIS se formalizo la creacion de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; asimismo, se dispuso designar como funcionario responsable de dicha unidad ejecutora al Director Ejecutivo del Programa; Que, por Resolucion Ministerial Nº 069-2012-MIDIS se aprobo el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", el mismo que desarrolla su organizacion, funciones y competencias; asi como los procesos de gestion, operativos y de soporte previstos para el cumplimiento de su proposito y fines de creacion; Que, de conformidad con el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", corresponde al Director Ejecutivo designar a los responsables de las Unidades Organicas del Programa y otras acciones de gestion de recursos humanos; Que, mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 0432003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la Informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, los articulos 3º, 15º, 16º y 17º del referido Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administracion Publica estan sometidas al MORDAZA de publicidad, salvo que se trate de informacion calificada como secreta, reservada o confidencial; Que, segun lo previsto en el articulo 3º del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica se establece, entre otros, que todas las disposiciones de las entidades comprendidas en la propia Ley estan sometidas al MORDAZA de publicidad, que el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las Entidades de la Administracion Publica, y que dichas entidades tienen la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas, en aplicacion del MORDAZA de publicidad, del mismo modo la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente, a fin de designar a la persona responsable de entregar la informacion publica solicitada al Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM modificado por los Decretos Supremos

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EDUCACION
Incorporan numeral a las Disposiciones Finales de la Directiva Nº 009-2012MINEDU/SG "Procedimientos para la aprobacion de Convenios a ser suscritos por el Ministerio de Educacion"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0282-2012-ED
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, segun la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Ley Nº 25762 que aprobo la Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, el Ministerio de Educacion se encuentra facultado para dictar en el ambito de su competencia, las disposiciones complementarias necesarias para perfeccionar su estructura y mejorar su funcionamiento; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 0156-2012ED, se aprobo la Directiva N° 009-2012-MINEDU/SG denominada "Procedimientos para la aprobacion de Convenios a ser suscritos por el Ministerio de Educacion", cuya finalidad es establecer normas y procedimientos para la elaboracion, aprobacion, suscripcion, ejecucion y renovacion de los Convenios suscritos por el Ministerio de Educacion, asegurando que la naturaleza, objeto y obligaciones pactadas, MORDAZA uniformes y coadyuven con la mision, objetivos y fines institucionales de la Entidad; Que, en el MORDAZA de las delegaciones otorgadas para la suscripcion de Convenios, resulta necesario precisar que en los casos en que aquel en que se delegue dicha facultad cuente con unidades tecnicas y de asesoramiento para asegurar la legalidad de su contenido, no seran exigibles los tramites y requisitos contemplados en la Directiva MORDAZA referida; Que, segun el numeral 17.1 del articulo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera a la fecha a la que pretende retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion,