Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2012 (20/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, senala que la Gerencia de Negocios y Financiamiento es el organo de linea responsable de planear, organizar, dirigir, controlar la gestion de los procesos de negocios (compra-venta) de aseguramiento del SIS, asi como de la gestion financiera de los diferentes seguros que brinde el SIS; estando a cargo de la administracion de los procedimientos de la recaudacion, inversiones y rentabilidad de los fondos del SIS; Que, el articulo 3o de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, establece que el aseguramiento universal en salud es un MORDAZA orientado a lograr que toda la poblacion residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de caracter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitacion, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y de dignidad sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), dentro de un criterio de gradualidad y progresividad; Que, el articulo 7o de la acotada Ley, considera al Seguro Integral de Salud como una Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos; Que, el articulo 17º de la misma Ley, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud pueden ofrecer planes que complementen al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-SA se aprueba el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), como el Listado de Condiciones Asegurables, Intervenciones y Prestaciones y las Garantias Explicitas, que como minimo son financiadas a todos los asegurados por las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, MORDAZA publicas, privadas o mixtas; Que, el articulo 99º del Reglamento de la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pueden ofrecer Planes Complementarios al PEAS; asimismo en el articulo 100º del acotado Reglamento, faculta a las IAFAS a estructurar planes complementarios respetando las condiciones del PEAS. El valor de los mismos es determinado en funcion de la extension y caracteristicas de la cobertura ofertada; Que, mediante Resolucion de Intendencia General Nº 008-2011-SUNASA/IG, de fecha 25 de enero de 2011, el Seguro Integral de Salud se encuentra registrado como IAFAS Publica en el MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, con el Certificado de Registro Provisional Nº 00012011-IP/SUNASA; Que, mediante Resolucion de Intendencia de Regulacion, Autorizacion y Registro Nº 00101-2012SUNASA/IRAR, de fecha 2 de marzo de 2012, dispone la emision del CERTIFICADO DE REGISTRO Nº 10001 a la Institucion Administradora de Fondos de Aseguramientos en Salud SEGURO INTEGRAL DE SALUD - SIS; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 133-2010/ SIS, se aprobo la Directiva Nº 05-2010- SIS/GO, "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas", modificada por Resolucion Jefatural Nº 026-2011/SIS y por Resolucion Jefatural Nº 093-2011/SIS; Directiva que en su MORDAZA Disposicion Final, establece que el listado de diagnosticos cubiertos por el Plan Complementario SIS, para el Regimen Subsidiado se actualizara anualmente de acuerdo a disponibilidad presupuestal y evaluacion de siniestralidad y otros que determine el Seguro Integral de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", el cual tiene como finalidad otorgar subvenciones economicas a los adultos en condicion de extrema pobreza a partir de los 65 anos de edad que cumplan con los requisitos establecidos en la norma; Que, en el MORDAZA de las coordinaciones que se vienen efectuando entre el SIS y el Programa "Pension 65", MORDAZA entidades, vienen proyectando la realizacion de acciones conjuntas en beneficio de los usuarios de "Pension 65" asegurados al SIS; Que, de acuerdo a lo evaluado por la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones y la Gerencia de Negocios y Financiamiento, segun documento de Vistos, es necesario modificar la Resolucion Jefatural Nº 133-2010/ SIS, de manera que se amplie el Plan Complementario SIS

contenido en el Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 05-2010-SIS/ GO, con la inclusion de diagnosticos odontologicos de alta prevalencia entre las poblaciones mas vulnerables, a ser implementados en el ambito de intervencion del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", pudiendo ampliarse posteriormente a otros ambitos del MORDAZA y otros grupos etarios, de acuerdo a las evaluaciones que realicen los entes tecnicos del SIS y sujeto a disponibilidad presupuestal; Que, con el visto MORDAZA de Secretaria General, Gerencia de Negocios y Financiamiento, Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones, Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el acapite, Afecciones Odontoestomatologicas del Capitulo IV. CONDICIONES NO TRANSMISIBLES - CONDICIONES CRONICAS, del Anexo Nº 01: "Plan Complementario SIS" de la Directiva Nº 052010- SIS/GO, "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas", aprobada por Resolucion Jefatural Nº 133-2010/SIS, modificada por Resolucion Jefatural Nº 026-2011/SIS y Resolucion Jefatural Nº 093-2011/SIS, los siguientes diagnosticos:
Afecciones Odontoestomatologicas 5 Trastorno no especificado de la encia y de la MORDAZA edentula 6 Exfoliacion de los dientes debida a causas sistemicas 7 Perdida de los dientes debido a un accidente, extraccion o enfermedad periodontal local 8 Trastorno de los dientes y de sus estructuras de sosten, no especificado

K06.9 K08.0 K08.1 K08.9

Articulo 2º.- La cobertura para los diagnosticos (CIE10) K06.9, K08.0, K08.1 y K08.9, comprendera la atencion odontologica y Protesis Removibles: Parciales y/o Totales. Articulo 3º.- La implementacion de lo dispuesto por el Articulo 1º de la presente Resolucion, se realizara en el departamento del ambito de intervencion del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" y tendra como beneficiarios a la poblacion asegurada SIS comprendida en el grupo etario mayor de 65 anos de edad y sujeto a disponibilidad presupuestal del SIS. Articulo 4º.- El Seguro Integral de Salud, podra ampliar la implementacion de lo dispuesto por el Articulo 1º de la presente Resolucion a otros ambitos del MORDAZA y a otros grupos etarios, previa evaluacion de sus entes tecnicos y sujeto a disponibilidad presupuestal del SIS. Articulo 5º.- Encargar a las UDRs a nivel nacional la difusion de la presente Resolucion Jefatural en sus respectivas jurisdicciones. Articulo 6º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina General de Tecnologia de la Informacion su difusion en la pagina Web del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) del Seguro Integral de Salud

778921-1

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Rectifican error material incurrido en la Res. Nº 052-2012-02.00, en lo relativo a nombre de funcionario
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 066-2012-02.00
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2012