Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2011 (30/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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ejecucion de la Actividad senalada en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de una (01) Actividad, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Administracion del INDECI, el tramite de la Transferencia Financiera aprobada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinacion correspondiente para la suscripcion del respectivo Convenio entre el INDECI y la Municipalidad Distrital de Sivia, Provincia de Huanta, Departamento de MORDAZA, para el control y seguimiento de ejecucion de metas fisicas, conforme a la normatividad vigente. Articulo 4º.- Encargar a la Direccion Nacional de Logistica la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Estadistica y Telematica disponer la Publicacion de la presente Resolucion y su Anexo en el MORDAZA Institucional (www. indeci.gob.pe). Articulo 6º.- Disponer que la Secretaria General e Imagen Institucional registre la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, y remita MORDAZA autenticada por Fedatario al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, a la Municipalidad Distrital de Sivia, Provincia de Huanta, Departamento de MORDAZA, a la Sub Jefatura, a las Oficinas de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto y de Administracion y a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA E. MURGUEYTIO MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 710533-11 RESOLUCION JEFATURAL Nº 272-2011-INDECI 6 de octubre de 2011 VISTOS: Los Oficios Nº 227-2011/GOB-REG-HVCA/ PR de fecha 26.ABR.2011, Nº 353-2011/GOB-REGHVCA/PR de fecha 05.JUL.2011 del Gobierno Regional de Huancavelica, y, el Oficio Nº 142-2011-MDCH/A de fecha 21.JUL.2011, el Informe Tecnico Nº 042-2011INDECI/DNPE/EPEFT del 18.AGO.2011, el Informe Tecnico Nº 042-2011-INDECI/14.0 del 18.AGO.2011, y el Memorandum Nº 569-2011-INDECI/14.0 del 06.OCT.2011 de la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2011, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica. Ademas, en caso de ser necesario dicha Reserva podra ser aplicable para mitigar los efectos daninos a la actividad agropecuaria altoandina, considerandose una respuesta oportuna la provision de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 011-2010EF/15, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15, se aprobo la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011";

Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva senala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado oficialmente el peligro inminente del mismo por el organismo publico tecnico cientifico competente, las Entidades asignaran los recursos presupuestarios para la atencion de las emergencias realizando las modificaciones presupuestarias que correspondan, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes y, solo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitara al INDECI los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Oficios de Vistos, el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica remitio seis (06) Fichas Tecnicas de Actividades de Emergencia, para su revision, de las cuales aprobaron cinco (05) Fichas Tecnicas de Actividades de Emergencia, cuyas observaciones fueron subsanadas con el Oficio de Vistos, por la Unidad Ejecutora: Municipalidad Distrital de Chinchihuasi, para el alquiler de maquinaria que permita recuperar la transitabilidad de las carreteras Chinchihuasi - Armapatacancha - Milpo, Armapatacancha - Chilcapata - Huanchos, Tapuyquilla - Huanchos, MORDAZA MORDAZA de Occoro - Milpo, y Chuspi Chachas - Huayllabamba del Distrito de Chinchihuasi, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, que han sido afectadas por las intensas lluvias producidas el 25 de febrero de 2011, que ocasionaron deslizamientos, derrumbes y huaycos que danaron las mencionadas infraestructuras viales; Que, conforme lo senalado en el numeral 11.4 del articulo 11º de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, el INDECI evalua las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a traves del Informe del Director Nacional del organo de linea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Tecnico de Aprobacion de las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerarquicos que amerite la aprobacion, incorporacion y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus terminos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 0422011-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluacion correspondiente aprobo las Fichas Tecnicas presentadas por el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, describiendo la situacion de nexo casualidad: segun senalan en sus fichas tecnicas, la excesiva precipitacion pluvial ha hecho que diversos tramos de plataforma de las vias colapsen existiendo perdida de plataforma y los problemas de deslizamiento de los taludes han ocasionado que las carreteras se obstruyan impidiendo el paso de los vehiculos, por lo que se requiere efectuar trabajos de limpieza de la superficie de rodadura y las cunetas para recuperar la transitabilidad de los vehiculos, para lo cual se plantea el alquiler de maquinaria pesada para la intervencion y recuperacion del MORDAZA normal, conforme lo senalado en el citado Informe Tecnico; Que, efectuada la evaluacion correspondiente a la intervencion solicitada y analizada la documentacion pertinente, el referido Equipo concluye que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, por lo que de conformidad con lo senalado en el numeral 11.4 del articulo 11º, se aprueba la solicitud de financiamiento efectuada a traves de cinco (05) Fichas Tecnicas, hasta por el importe de S/. 134 438,00 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyo plazo y modalidad de ejecucion se encuentra detallado en el Anexo adjunto a la presente Resolucion, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Tecnico Nº 042-2011INDECI/14.0 de Vistos, aprobo cinco (05) Fichas Tecnicas formuladas por el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, hasta por la suma de S/. 134 438,00 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628,