Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2011 (08/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 8 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes.

452927

- Helipuerto de Superficie MORDAZA Reiche ­ San MORDAZA, Nasca ­ Helipuerto de Superficie MORDAZA Reiche. - Helipuerto de Superficie MORDAZA Reiche ­ Paracas, Nasca ­ Helipuerto de Superficie MORDAZA Reiche. - Helipuerto de Superficie MORDAZA Reiche ­ Palpa, Ica, Nasca ­ Helipuerto de Superficie MORDAZA Reiche. - Tarapoto ­ Gran Pajaten ­ Tarapoto - MORDAZA ­ Limatambo, Moyepata, Choquequirao ­ MORDAZA - MORDAZA ­ Paramonga, Huarmey ­ MORDAZA - MORDAZA ­ Canete, Lunahuana - MORDAZA BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Nasca / MORDAZA Reiche Neuman. SUB-BASE DE OPERACIONES: - Helipuerto de Superficie "Maria Reiche" - Aeropuerto de Tarapoto - Aeropuerto de MORDAZA - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" Segun inciso b) del Articulo 155º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil 27261 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, HELIPUERTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - MORDAZA MORDAZA, Chachapoyas, Galilea, MORDAZA de Mendoza. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Huascaran / Anta. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Chivay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ayacucho. DEPARTAMENTOS: MORDAZA - Jaen. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Las Malvinas, MORDAZA Mundo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Tingo Maria. DEPARTAMENTO: ICA - Nasca, MORDAZA, Helipuerto de Superficie "Maria Reiche" DEPARTAMENTO: MORDAZA - Jauja, Mazamari/Manuel Prado. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - MORDAZA, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Iquitos, MORDAZA, MORDAZA, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MORDAZA DE MORDAZA - Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Talara, Piura. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Helipuerto de Superficie Helinka.

DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Breu, Pucallpa, Puerto MORDAZA, San MORDAZA, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de MORDAZA - Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto de Nasca / MORDAZA Reiche Neuman. - Aeropuerto de Chimbote. - Aerodromo de Pisco. - Helipuerto de Superficie "Maria Reiche" - Helipuerto de Superficie Helinka. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania HELINKA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania HELINKA S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania HELINKA S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania HELINKA S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania HELINKA S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania HELINKA S.A.C. podran operar en los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, que se encuentran comprendidos en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La compania HELINKA S.A.C., debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento