Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2011 (02/11/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

452649

Articulo 6º.- Encargase a la Gerencia Municipal, Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y a la Gerencia General de Administracion el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 7º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Dejase sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 000297 y derogase la Ordenanza Municipal Nº 000074, MORDAZA normas del 22 de diciembre de 2008 y toda otra MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza Municipal, incorporandose los servicios que prestaba el Sistema de Hospitales Chalacos a la Gerencia General de Salud, en un plazo no mayor a treinta dias. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 710590-1

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2012 de la Municipalidad
ORDENANZA N° 016 La Punta, 27 de octubre de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta, en sesion celebrada el 27 de octubre de 2011, con el MORDAZA aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y el Reglamento Interno del Concejo VISTO: El Proyecto de Ordenanza remitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a traves del Informe Nº 5202011-MDLP/OPP, y CONSIDERANDO: Que, los articulos Nº 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, el articulo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, determina que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la Gestion Publica; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Asimismo el articulo IX del Titulo Preliminar, establece que el MORDAZA de Planeacion Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos;

Que, el articulo 53º de la mencionada ley, senala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion; Que, la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo reglamentada por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, senala en su articulo 1º que el MORDAZA de presupuesto participativo es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado ­ Sociedad Civil. Para ello los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos; asimismo, el articulo 3º senala que dicho MORDAZA tiene como finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecucion a traves de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estrategicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo optimizar el uso de los recursos a traves de un adecuado control social de las acciones publicas; Que, la Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01, aprueba el Instructivo Nº 001-2010EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo", publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de MORDAZA de 2010, con la finalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento y presupuesto participativo; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participacion de los representantes de la sociedad civil; asi como, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano 2012, el cual permitira asegurar un uso eficiente de los recursos publicos en el desarrollo local; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Informe Nº 066-2011-MDLP/OPP, Memorando Nº 520-2011-MDLP/OPP e Informe Nº 140-2011-MDLP/ OAJ, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente, contando con los vistos de dichas areas, y teniendo en cuenta lo establecido por el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo por Unanimidad aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2012 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el ano fiscal 2012 en el Distrito de La Punta, que como documento adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza, la cual entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 2º.- Autorizar al senor MORDAZA a dictar las medidas complementarias al Reglamento aprobado en el articulo anterior, que MORDAZA necesarias para el eficiente y eficaz desarrollo del MORDAZA de Presupuesto Participativo. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal a traves de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y todas las unidades organicas de la Municipalidad Distrital de La Punta, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Encargar a la Unidad de Tecnologia de la Informacion ­ UTI, la publicacion de la Ordenanza y su Reglamento en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 710575-1