Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2011 (12/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2011

debera compensarse en primer lugar, en forma directa, automatica e inmediata, su monto hasta por el integro del importe de cualquier deuda que dicho Productor o Importador mantuviese con el Fondo. 11.2. De igual forma, en caso un Productor o Importador deba efectuar un aporte al Fondo, debera compensar, en primer lugar y en forma directa, dicho monto, hasta donde alcance, con los derechos de credito que dicho Productor o Importador mantuviese contra el Fondo. Articulo 12.- Comunicaciones, Autoliquidaciones y pagos fuera de horario Toda comunicacion, documentacion o pago recibido por el Administrador del Fondo o por el Fiduciario fuera del horario establecido se entendera, para todos los efectos, como recibido al Dia Habil inmediato siguiente. Asimismo, en caso una Autoliquidacion se envie fuera del plazo y horario establecido en el numeral 8.1 y 9.3 respectivamente del presente Reglamento, la misma sera remitida al Fiduciario en el periodo inmediatamente siguiente. No obstante ello, en caso que el Productor, Importador o Exportador correspondiente, no presente su autoliquidacion en la fecha que corresponda y deba efectuar una aportacion por tener dicha Autoliquidacion un saldo neto positivo, debera efectuar el deposito respectivo dentro del plazo establecido en el numeral 8.7.1 del presente Reglamento, acorde a lo contemplado por el articulo 5º de las Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004EF; caso contrario se aplicaran los intereses moratorios correspondientes desde la fecha en que se debio efectuar tal deposito." Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FREYRE Director General de Hidrocarburos (e)

Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 066-2011/COE-TC, del 26 de MORDAZA de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia y Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

638942-1

639212-9

JUSTICIA
Deniegan solicitud de extradicion activa de ciudadano peruano formulada por el MORDAZA Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte
RESOLUCION SUPREMA N° 104-2011-JUS
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 066-2011/COE-TC, del 26 de MORDAZA de 2011, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 31 de marzo de 2011, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la Familia - Omision de Asistencia Familiar, en agravio de una menor de edad (Expediente Nº 48-2010);

Acceden a solicitudes de extradicion activa de ciudadanos colombiano y peruano y disponen su MORDAZA a Colombia y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 105-2011-JUS
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 065-2011/COE-TC, del 26 de MORDAZA de 2011, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica de Colombia del ciudadano colombiano MORDAZA CORTES MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 01793-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 25 de marzo de 2011, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA CORTES MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, agravado, en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 23 - 2011); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente;