Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2011 (21/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de diciembre de 2011

dos (2) Consejeros en calidad de Presidente y Secretario, respectivamente, y un (1) docente en calidad de Vocal. El docente debe ser Profesor Principal, con grado de Magister o Doctor; y debidamente capacitado en evaluacion de instituciones educativas universitarias"; Que, mediante Propuesta al Pleno del CONAFU, presentada por la Comision de Trabajo de la Consejeria de Asuntos Academicos, en atencion al Acuerdo del Pleno del 22 de noviembre de 2011, proponen al Pleno del CONAFU, la siguiente modificacion del texto del articulo 13º de la Resolucion Nº 534-2008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2008: "Articulo 13º.- El Pleno del CONAFU designa la Comision Calificadora del Proyecto de la Escuela de Postgrado, conformada por un Consejero del CONAFU que la preside y dos (02) Profesionales Docentes Principales con grado de Doctor; de los cuales uno actua como Secretario y otro como Vocal; Que, en el articulo 10º del referido Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 22 de noviembre de 2011, el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 731-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: MODIFICAR el articulo 13º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades aprobado por Resolucion Nº 534-2008-CONAFU; Que, en cumplimiento del articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones"; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFICAR el Articulo 13º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades aprobado por Resolucion Nº 534-2008-CONAFU, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 13º.- El Pleno del CONAFU designa la Comision Calificadora del Proyecto de la Escuela de Postgrado, conformada por un Consejero del CONAFU que la preside y dos (02) Profesionales Docentes Principales con grado de Doctor; de los cuales uno actua como Secretario y otro como Vocal. Articulo Segundo.- INTEGRESE la presente, a la Resolucion Nº 534-2008-CONAFU. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento de la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 730480-1

EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 90º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, los Rectores de las universidades publicas y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores, cuyos fines son el estudio, la coordinacion y orientacion de las actividades universitarias del pais; siendo parte de su politica coordinar con las universidades del MORDAZA los procesos respecto al aseguramiento de la calidad universitaria; Que, mediante Resolucion Nº 085-2002-ANR, se conformo una Comision Nacional de Rectores a fin de revisar y hacer las propuestas de estandares minimos de acreditacion y evaluacion de las universidades peruanas, Comision que estuvo integrada por un Comite central y un Comite Amplio, cuyos integrantes fueron variando de acuerdo a las Resoluciones Nº 1068-2003-ANR y 10002005-ANR; Que, mediante Ley N° 28740, de fecha 19 de MORDAZA del 2006, se creo el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria ­ CONEAU, como uno de los organos operadores adscritos al Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE); y mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, se aprobo el Reglamento de la referida Ley Nº 28740, precisandose en su articulo 58º c) como una de las funciones del CONEAU aprobar los estandares y criterios de certificacion de competencias profesionales, elaborados en concordancia con la Asamblea Nacional de Rectores y los colegios profesionales correspondientes; Que, si bien es MORDAZA la MORDAZA de creacion del CONEAU le otorga las atribuciones necesarias para que lleve a cabo los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad de la educacion universitaria, resulta necesario que la Asamblea Nacional de Rectores designe una Comision de Acreditacion para que sea su interlocutor ante el CONEAU en representacion de todas las universidades del sistema universitario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar una Comision de Acreditacion para el Aseguramiento de la Calidad Universitaria; la que revisara y MORDAZA las propuestas en los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad universitaria llevados a cabo por el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria ­ CONEAU; Comision de Acreditacion que estara conformada por: · Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Granda - Presidente · Presidentes de las Comisiones de Calidad y Acreditacion de los Consejos Regionales Interuniversitarios (CRI) de la Asamblea Nacional de Rectores Articulo 2º.- Transcribir la presente resolucion al Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria ­ CONEAU y a los profesionales designados para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario O=ficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 730474-1

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Conforman Comision de Acreditacion para el Aseguramiento de la Calidad Universitaria
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1504-2011-ANR MORDAZA, 15 de diciembre de 2011