Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2011 (01/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

454193

Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con persona natural para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, aprobado por R.M. Nº 527-2005-MTC/03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 830-2011-MTC/03 MORDAZA, 25 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 527-2005MTC/03 de fecha 4 de agosto de 2005, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 8 de noviembre de 2005; Que, mediante Memorando Nº 637-2007-MTC/29 de fecha 28 de agosto de 2007, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, hizo MORDAZA el Informe Nº 338-2007-MTC/29.03 de fecha 8 de agosto de 2007, en el cual concluye que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA inicio la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, el 01 de junio de 2005; Que, mediante P/D Nº 187331 de fecha 22 de diciembre de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senalo que por motivos de caso fortuito y fuerza mayor no inicio la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, por lo que solicito la resolucion de su contrato de concesion otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 527-2005-MTC/03; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MTC, de fecha 05 de enero de 2010, se modifico el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, mediante Memorando Nº 1081-2010-MTC/29 de fecha 23 de marzo de 2010, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hizo MORDAZA el Informe Nº 1212-2010-MTC/29.02 de fecha 12 de marzo de 2010, en el cual concluye que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viene brindando el servicio gratuito de distribucion de radiodifusion por cable en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA y se encuentra operando 7 MORDAZA con senal de la empresa DIRECTV PERU S.R.L., sin contar con ningun contrato firmado con la empresa proveedora; Que, mediante Memorando Nº 2524-2010-MTC/29 de fecha 19 de MORDAZA de 2010, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hizo MORDAZA el Informe Nº 33412010-MTC/29.02 de fecha 30 de junio de 2010, en el cual concluye que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra brindando el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, y retransmite 14 senales codificadas no autorizadas, utilizando 5 receptores satelitales TELMEX (Telmex Peru S.A.), 8 receptores satelitales DIRECTV (Directv Peru S.R.L.) y 1 receptor satelital CABLE MAGICO (Telefonica Multimedia S.A.C.); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 554-2010MTC/27 de fecha 05 de noviembre de 2010, la cual se encuentra firme, se denego la solicitud registrada con P/D Nº 187331; Que, mediante los P/D Nos. 025122 de fecha 28 de febrero de 2011 y 030616 de fecha 11 de marzo de 2011, las empresas TELMEX PERU S.A. y TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C., respectivamente, informaron a este Ministerio que no han suscrito acuerdo y/o convenio alguno con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la redistribucion parcial o total de su senal; Que, mediante el numeral 25.07 de la clausula vigesimo MORDAZA del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 527-2005-MTC/03, las partes declaran que el contrato de concesion se adecuara de manera automatica a las normas de caracter general emitidas por los organismos competentes del sector;

Que, el literal a) del numeral 18.01 de la clausula decimo octava del citado contrato, establece que el contrato de concesion quedara resuelto cuando el concesionario incurra en alguna de las causales de resolucion previstas por el Reglamento General; Que, el numeral 10 del articulo 137º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y modificado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MTC, establece que es causal de resolucion de contrato la redistribucion total o parcial, a traves del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, de la senal o programacion proveniente de otro concesionario del mismo servicio, siempre que dicha redistribucion no MORDAZA sido materia de acuerdo escrito entre ambos concesionarios; Que, el numeral 8 del articulo 113º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 001-2010-MTC, establece que al solicitante que se le hubiera resuelto su contrato de concesion por incurrir en la causal de resolucion prevista en el numeral 10 del articulo 137º y no hayan transcurrido dos (2) anos desde la notificacion de la resolucion correspondiente, no se le otorgara concesion o autorizacion; asimismo, es aplicable tambien a los accionistas, socios, asociados, director o representante legal, de la persona juridica que incurrio en la referida causal, MORDAZA estos solicitantes o formen parte de una persona juridica solicitante; Que, mediante los Informes Nos. 1520-2010-MTC/27 y 435-2011-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones concluye que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en causal de resolucion del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 527-2005-MTC/03, prevista en el numeral 10 del articulo 137º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MTC, concordante con la clausula decimo octava del referido contrato de concesion, por haber redistribuido la senal de otro concesionario que brinda el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, sin contar con el acuerdo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y su modificatoria mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MTC; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto el Contrato de Concesion suscrito con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el area que comprende el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 527-2005-MTC/03; quedando sin efecto la mencionada resolucion, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aplicar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, lo establecido en el numeral 8 del articulo 113º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y modificado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MTC. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 723097-4