Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2010 (12/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425641

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 064-2010 EXCEPTUAN AL PLIEGO 007: MINISTERIO DEL INTERIOR DE LOS ALCANCES DEL NUMERAL 11.1 DEL ARTICULO 11º DE LA LEY Nº 29465 ­ LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AF-2010
CONSIDERANDO Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2010, se dispuso otorgar, por unica vez, una Asignacion Extraordinaria denominada "Compensacion por Defensa, Seguridad Nacional y Orden Interno", a favor del personal militar y policial en actividad y pensionista, equivalente a S/. 1000,00, disponiendo su financiamiento con cargo al Presupuesto Institucional de los Pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa; Que, el Pliego 007: Ministerio del Interior, a fin de atender el costo de la citada Asignacion Extraordinaria formulo propuestas de modificaciones presupuestarias hasta por un monto de S/. 104 523 000,00 que afectaron, entre otras, la Generica del Gasto 1. Personal y Obligaciones Sociales de la Unidad Ejecutora 002: Direccion de Economia y Finanzas PNP hasta por un monto de S/. 100 682 000,00; Que, el referido Pliego, ha efectuado el analisis posterior de sus creditos presupuestarios aprobados, modificaciones presupuestarias propuestas e importes ejecutados a la fecha en las especificas de gasto de la Partida de Gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos en Efectivo" y su proyeccion de gasto al cierre del presente ejercicio presupuestario, evidenciando un deficit de S/. 7 139 600,00 que comprometerian la atencion de gastos de remuneraciones de personal policial - asignacion de combustibles - y el egreso de 174 alumnos de las escuelas de formacion policial programadas para el Ano Fiscal 2010; siendo que de otro lado, se proyectan saldos de libre disponibilidad, por el mismo monto en la Partida de Gasto 2.1.3 "Contribuciones a la Seguridad Social"; Que, el deficit proyectado de S/. 7 139 600,00 de la Partida de Gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos en Efectivo" no puede ser habilitado debido a la prohibicion expresa senalada en el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Que, a fin de subsanar lo expresado y teniendo en consideracion situaciones precedentes, resulta necesario dictar medidas extraordinarias en materia economica y financiera que permitan garantizar la seguridad ciudadana y el orden interno, que constituye interes nacional, autorizando al Ministerio del Interior a habilitar la Partida de Gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos de Efectivo" para financiar gastos de remuneraciones de personal policial y el egreso de 174 alumnos de las escuelas de formacion policial programados para el Ano Fiscal 2010, siendo necesario para ello exceptuar al citado Pliego de la prohibicion dispuesta en el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, medida que de no adoptarse afectaria la seguridad interna y orden interno del pais; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Excepcion al Ministerio del Interior de los alcances del numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 Exceptuase al Pliego 007: Ministerio del Interior de los alcances del numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley

N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, autorizandolo a realizar una modificacion presupuestaria en el nivel funcional programatico, dentro de la Generica del Gasto 1. Personal y Obligaciones Sociales, de la Partida de Gasto 2.1.3 "Contribuciones a la Seguridad Social" hasta por la suma de S/. 7 139 600,00 (SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la Partida de Gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos de Efectivo" para el financiamiento de 174 altas de Sub Oficiales de las Escuelas de Formacion Policial previstas para el Ano Fiscal 2010 y el deficit proyectado en la planilla de pagos del personal policial, Partida de Gasto 2.1.1.7.2.1 "Asignacion por Combustibles". Articulo 2°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el Articulo 1° del presente Decreto de Urgencia no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son destinados. Articulo 3°.- Disposicion derogatoria o suspension de normas Deroguense o dejese en suspenso todas las disposiciones que se opongan a la presente MORDAZA o limiten su aplicacion. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economia y Finanzas y el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de septiembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 542507-1

AGRICULTURA
Derogan Resolucion Suprema Nº 006890-AG
RESOLUCION SUPREMA Nº 014-2010-AG MORDAZA, 11 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 066-90-AG del 26 de MORDAZA de 1990, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de MORDAZA de 1990, se autorizo a la Empresa Nacional de Comercializacion de Insumos - ENCI para que proceda a entregar al Comite Regional de Productores de Arroz del MORDAZA Jequetepeque tres mil toneladas de urea, correspondientes a la Factura Nº 684751 de la Oficina de ENCI - Pacasmayo; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 0068-90-AG del 3 de agosto de 1990, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de agosto de 1990, se suspendieron los efectos de la Resolucion Suprema Nº 066-90-AG, en tanto se precisara la situacion que habia motivado la expedicion de esta MORDAZA Resolucion Suprema; Que, la suspension de los efectos del acto administrativo es una institucion juridica de naturaleza temporal, tal como lo reconocia el entonces vigente Reglamento de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado