Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2010 (17/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de noviembre de 2010

aprueba la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion y los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales, (ii) realizo la Audiencia Publica y, (iii) ha presentado el Estudio Tarifario Final y la Evaluacion Final de Propuesta Tarifaria de los Servicios Colaterales que contienen la evaluacion de los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasion de la referida audiencia, asi como las Propuestas Finales de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion y de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales; por lo que corresponde emitir la resolucion que de por concluido el procedimiento; El Consejo Directivo en su sesion del DD/MM/2010; HA RESUELTO: Articulo 1°.- APROBAR la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion que seran de aplicacion por ATUSA para el MORDAZA quinquenio regulatorio, asi como tambien los mecanismos de evaluacion del cumplimiento de las referidas metas de gestion e incrementos tarifarios contenidos en el Anexo 1 de la presente resolucion. Articulo 2°.- DISPONER la aplicacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion a partir del primer ciclo de facturacion posterior a la publicacion de la presente Resolucion, y siempre que ATUSA MORDAZA cumplido con lo dispuesto en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 3°.- DISPONER la creacion de un fondo para el pago de (i) las obligaciones financieras que a traves del Gobierno Nacional, MORDAZA contraido o contraiga con Kreditanstalt fur Wiederaufbau (KfW); y, (ii) las inversiones que realizara la empresa durante el MORDAZA quinquenio regulatorio con recursos internamente generados que forman parte de la Formula Tarifaria y Estructura Tarifaria aprobados por la SUNASS, que solo podran ser utilizados para tales fines. Si se comprueba un uso distinto, la Superintendencia comunicara este hecho a los concedentes del Contrato de Concesion. Para constituir el referido fondo, ATUSA debera destinar mensualmente en cada uno de los anos del MORDAZA quinquenio regulatorio, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de agua y alcantarillado, senalados en el Anexo N° 2 de la presente resolucion. Articulo 4°.- APROBAR los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales que ATUSA presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 3 de la presente resolucion. Articulo 5°.- DISPONER que ATUSA presente a la SUNASS, tres meses MORDAZA de la culminacion del primer ano regulatorio del MORDAZA quinquenio, un estudio de Precios de Transferencia realizado por una empresa de reconocido prestigio bajo la metodologia establecida en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, asi como tambien entregue informacion semestral a la SUNASS sobre su estructura de costos por naturaleza, funcion y actividades, detallando los pagos y transferencias que realiza con empresas proveedoras y vinculadas.

Registrese, comuniquese y publiquese. Con la intervencion de los senores consejeros ______ ____________________________. EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TECNICO Y DETERMINACION DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURAS TARIFARIAS Y METAS DE GESTION.El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria contiene el analisis tecnico con la propuesta de la formula tarifaria (FT), estructuras tarifarias (ET) y metas de gestion (MG) que seran aplicadas por ATUSA para el proximo quinquenio. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotacion e inversion eficientes de la empresa, que figuran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende basicamente los aspectos comprendidos en el Anexo Nº 1 del Reglamento General de Tarifas1. II. CONSIDERACIONES LEGALES.De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del articulo 3° de la Ley N° 273322, y los articulos 24° y 26° del Reglamento General de la SUNASS3, la SUNASS es competente para establecer la FT, ET y MG que seran aplicados por las EPS. Asimismo, el articulo 30° de la Ley Nº 263384 senala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas. Por otro lado, el articulo 85º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley N° 263385, establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS. III. IMPACTO ESPERADO: La aprobacion de la FT, ET, MG y de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de los Servicios Colaterales, aplicables por ATUSA beneficia, por un lado, a la empresa; y por el otro, a la poblacion atendida. A la EPS debido a que su aplicacion debe coadyuvar a su sostenibilidad economica y viabilidad financiera. Por otra parte, la poblacion se beneficia al existir un compromiso de la empresa reflejado en las MG, cuyo cumplimiento debera traer como consecuencia una mejora en la calidad y continuidad de los servicios, siendo tambien un beneficio para la poblacion la viabilidad y sostenibilidad de la EPS.

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Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. Ley General de Servicios de Saneamiento. Aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA.

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION