Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2010 (26/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 051-2010-CE-PJ La MORDAZA, 27 de enero de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 981-2009-P-CSJAY/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 190-2009-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado de Mantaro, distrito de Pichari, provincia de La Convencion, departamento del MORDAZA, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripcion; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 3264 habitantes, segun el padron de pobladores de la MORDAZA, conjuntamente con las Comunidades Nativas Mimirine Alto, Cubivari, Shantoshiari, Kemoshirinkani, Sankuathiari, Alto Parijari, Quenquiberi Baja, Quenquiberi Alto, Pitirinquini, Comitarinkani, Union Kimbiri, Tinovancani y Kapirosi; Anexos Mimirine Baja, MORDAZA MORDAZA, Nueva Fortaleza, MORDAZA Vista, Agua MORDAZA, Porvenir y MORDAZA, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a dieciocho kilometros de distancia desplazandose los pobladores por un tiempo aproximado de una hora empleando medios de transporte publico en la localidad de Pichari; asimismo, se encuentra a ochenta y ocho kilometros de distancia de la sede del Juzgado Mixto de Ayna, y a doscientos cuarentiuno kilometros de la sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 190-2009-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado de Mantaro, distrito de Pichari, provincia de La Convencion, departamento del MORDAZA, Distrito Judicial de Ayacucho; consignandose los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes del centro poblado, comunidades nativas y anexos a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria descentralizada de la fecha, de conformidad con el informe del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Mantaro, con competencia ademas en las Comunidades Nativas Mimirine Alto, Cubivari, Shantoshiari, Kemoshirinkani, Sankuathiari, Alto Parijari, Quenquiberi Baja, Quenquiberi Alto, Pitirinquini, Comitarinkani, Union Kimbiri, Tinovancani y Kapirosi; Anexos Mimirine Baja, MORDAZA MORDAZA, Nueva Fortaleza, MORDAZA Vista, Agua MORDAZA, Porvenir y Teresa; distrito de Pichari, provincia de La Convencion, departamento del MORDAZA, Distrito Judicial de Ayacucho. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el

informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 523389-13 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 144-2010-CE-PJ MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 0218-2010-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 071-2010-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Campesina de Shiriara, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripcion; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 740 habitantes, conjuntamente con las Comunidades Campesinas MORDAZA y MORDAZA, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz y los Juzgados Especializados mas proximos de la MORDAZA se encuentran a cuatro horas de distancia, el traslado es por via fluvial en peque peque; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 071-2010-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Campesina de Shiriara, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto; consignandose los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de los caserios a los que beneficiaria el organo jurisdiccional solicitado, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo