Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2010 (03/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

421607

Que, el Decreto Supremo Nº 002-2010-EF aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Programa de Modernizacion Municipal, MORDAZA que tiene como finalidad generar las condiciones favorables para el clima de negocios mediante la simplificacion administrativa; Que, el Anexo Nº 02 del Decreto Supremo Nº 0022010-EF establece la Meta 2, a ser cumplida por 40 municipalidades distritales y provinciales del MORDAZA clasificadas como de MORDAZA "A", para la aplicacion del procedimiento estandarizado para el calculo del derecho para la tramitacion de la Licencia de Funcionamiento dentro del Objetivo de estandarizacion del procedimiento para costos de los derechos; Que, las 40 municipalidades distritales y provinciales del MORDAZA clasificadas como de MORDAZA "A", tienen como plazo MORDAZA para el cumplimiento de la meta 2 hasta el ultimo dia del mes de agosto de 2010; Que, en cumplimiento de la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM resulta necesario establecer los mecanismos y plazos de implementacion de la nueva metodologia de determinacion de costos para las 40 municipalidades clasificadas como de MORDAZA "A" por el Programa de Modernizacion Municipal; De conformidad con lo establecido en el articulo 15º de la Ley Nº 28976, articulo 45º inciso 1 de la Ley Nº 27444 y el articulo 37º inciso 6 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto Establecer los mecanismos, plazos y disposiciones que las municipalidades provinciales y distritales clasificadas como MORDAZA "A" por el Anexo 4 del Decreto Supremo Nº 002-2010-EF deberan observar, para la implementacion de la nueva metodologia para la determinacion de costos por derecho de tramitacion del procedimiento "Licencia de funcionamiento" regulado en la Ley Nº 28976, en cumplimiento de la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion Las presentes disposiciones resultan aplicables a todas las municipalidades provinciales y distritales clasificadas como de MORDAZA "A" por el Anexo 4 del Decreto Supremo Nº 002-2010-EF que cuenten con el procedimiento "Licencia de funcionamiento" dentro de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA vigente, asi como aquellas que se encuentren en MORDAZA de ratificacion de la ordenanza municipal que apruebe o modifique procedimientos en su TUPA. Articulo 3º.- Disposiciones relativas al mecanismo y plazo de implementacion de la nueva metodologia de determinacion de costos aprobada mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM En cumplimiento de la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010PCM, el mecanismo y plazo para la implementacion de la nueva metodologia de determinacion de costos se detalla a continuacion: a) Capacitacion que sera dirigida por la Secretaria de Gestion Publica a los representantes de cada entidad senalada en el articulo 2º de la presente norma. b) El plazo de implementacion de la nueva metodologia de determinacion de costos de los derechos de tramitacion para el procedimiento de "Licencia de Funcionamiento" comprende desde el 13 de MORDAZA hasta el 31 de agosto del presente ano. Articulo 4º.- Adecuacion y aprobacion del procedimiento "Licencia de Funcionamiento" Una vez cumplido el plazo de implementacion establecido en el articulo anterior, las entidades deberan iniciar el MORDAZA de adecuacion y aprobacion del

procedimiento "Licencia de Funcionamiento" determinando los costos de su derecho de tramitacion, siguiendo las disposiciones del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM. Articulo 5º.- Sobre las disposiciones relativas a los plazos de implementacion para las entidades de todos los niveles de gobierno Los mecanismos y plazos de implementacion de la nueva metodologia de determinacion de costos que deberan observar las entidades publicas de todos los niveles de gobierno para el costeo de todos sus procedimientos y servicios prestados en exclusividad seran establecidos mediante Resolucion de Secretaria de Gestion Publica dentro del plazo establecido por la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM. Articulo 6º.- Publicacion La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros: (www.pcm.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretaria de Gestion Publica Presidencia del Consejo de Ministros 514635-1

AGRICULTURA
Encargan la Direccion Ejecutiva del Proyecto: "Modernizacion de la Gestion de los Recursos Hidricos" y la conduccion de la Unidad Ejecutora 002
RESOLUCION JEFATURAL Nº 405-2010-ANA MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 259-2009-EF, se aprobaron las operaciones de endeudamiento externo entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF hasta por US$ 10'000,000 (diez millones de dolares americanos), y entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID hasta por US$ 10'000,000 (diez millones de dolares americanos), ambos destinados a financiar parcialmente el Proyecto de Modernizacion de la Gestion de los Recursos Hidricos; Que, el precitado Decreto Supremo establece que la Unidad Ejecutora del Proyecto "Modernizacion de la Gestion de los Recursos Hidricos ser la Autoridad Nacional del Agua, organo tecnico especializado adscrito al Ministerio de Agricultura; Que, con fecha 03 de diciembre del 2009, se celebro el Acuerdo de Prestamo Nº 7701-PE entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento senalandose en su numeral 3 item A de la Seccion I ­ Arreglos de Implementacion del Anexo 2, que se debe crear una Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP), con autonomia administrativa, financiera y presupuestaria; Que, con fecha 17 de febrero del 2010 se celebro el Contrato de Prestamo Nº 2166/OC-PE entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo, senalandose en el inciso (b) de la Clausula 3.02 del Capitulo III, De las Estipulaciones Especiales, que se debe constituir una Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP), con autonomia administrativa y financiera;