Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2010 (11/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de febrero de 2010

Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en MORDAZA el 25 de MORDAZA de 2001, vigente desde el 25 de agosto de 2003, y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Tercer Juzgado Penal Supraprovincial de MORDAZA, y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por los Delitos contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud-Asesinato, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, contra la MORDAZA Individual-Secuestro y contra la HumanidadDesaparicion Forzada, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 456742-14

Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28° del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Denegar el pedido de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PARKS o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA PARKS, formulado por la Sala Mixta Descentralizada de Nazca de la Corte Superior de Justicia de Ica. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 456742-15 RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2010-JUS MORDAZA, 10 de febrero de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 131-2009/ COE-TC del 10 de diciembre de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Primer Juzgado Penal Liquidador de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 10 de noviembre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 92-2009); Que, mediante el Informe Nº 131-2009/COE-TC del 10 de diciembre de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo 515º del Codigo Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolucion consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar el pedido de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Primer Juzgado Penal Liquidador de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera

Deniegan pedidos de extradicion activa de ciudadanos peruanos
RESOLUCION SUPREMA Nº 036-2010-JUS MORDAZA, 10 de febrero de 2010 VISTO: el informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 130-2009/ COE-TC del 7 de diciembre de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PARKS o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA PARKS, formulada por la Sala Mixta Descentralizada de Nazca de la Corte Superior de Justicia de Ica; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 18 de noviembre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PARKS o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA PARKS, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica - Malversacion de Fondos en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 77-2009); Que, mediante el Informe Nº 130-2009/COE-TC del 7 de diciembre de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo 515° del Codigo Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolucion consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514° del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder