Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2010 (08/01/2010)
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TEXTO DE LA PÁGINA 95
El Peruano MORDAZA, viernes 8 de enero de 2010
NORMAS LEGALES
410657
GAF-MDSJB, senalada en el parrafo precedente, solicitud y propuesta formulada por el Gerente de Administracion y Finanzas para la Devolucion Economica ascendente a S/. 3,242.98 Nuevos Soles que Rechaza de manera firme. Que, con Oficio N° 446 2008 GAF MDSJB. de fecha el 18.09.2008,dirigido a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administracion y Finanzas, remite la informacion que a la fecha 15-08-08, no se ha reportado mediante la Gerencia de Rentas el ingreso de dinero por concepto de devolucion economica de las personas notificadas via notarial; documento que se deriva mediante Proveido N° 7228-Gerencia Municipal, a la Ofician de Asesoria Legal, para opinion, quien a su vez dirige Oficio a la Sub Gerencia de Recursos Humanos , solicitando informacion sobre el MORDAZA de relacion contractual y hasta que fecha laboraron los ex funcionarios: Ing. MORDAZA Colichon Romero; al ex. Gerente de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bardales; al ex. Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural Arq. MORDAZA A. MORDAZA Aguilar; y al Ex. Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural Ing. MORDAZA MORDAZA Obando; dando respuesta la Sub-Gerencia de Recursos Humanos, mediante Oficio N° 449-2008-SGRR.HH-GAyFMDSJB, de fecha 24.09.2008, consecuentemente con Oficio N° 329-2008-OAL-MDSJB, del 03.10.2008,dirigido a la Gerencia Municipal, la Jefatura de Asesoria Legal, remite el expediente para ser derivado a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios CEPAD, a fin que proceda a efectuar las investigaciones a determinar responsabilidades. Que, la CEPAD, mediante Oficio N° 492-GM-MDSJB, del 06.10.2008, recepciona el Expediente Administrativo sobre el caso de la construccion de MORDAZA Artesiano a los Ex Funcionarios presuntos responsable de esta Institucion Edil; se inicia la investigacion con el Oficio N° 025-2009CEPAD-MDSJB, del 02.08.2009, mediante el cual se solicita la informacion a la Sub. Gerencia de Tesoreria, respecto a los ex - funcionarios comprendidos en el presente caso sobre el cumplimiento de pago del monto establecido como perjuicio economico en la Actividad de Control N° 2-5322-2008-003 Informe de Seguimiento de Medidas Correctivas y de Procesos Judiciales Periodo I Semestre del 2008. Que, asimismo, con Oficio N° 026-2009-CEPADMDSJB, del 02.08.2009, se solicita informacion a la Sub. Gerencia de Recursos Humanos, a fin de determinar si los funcionarios comprendidos en este caso, cuentan con Procesos Administrativos Disciplinarios, de conformidad con los hallazgos hechos en la Actividad de Control N° 2-5322-2008-003 Informe de Seguimiento de Medidas Correctivas y de Procesos Judiciales Periodo I Semestre del 2008 Que, con Informe N° 002-2009-JCHV-SGT-GAYFMDSJB, del 14.07.2009, la Encargada del Fondo de MORDAZA Chica; da a conocer que los ex funcionarios, no realizaron hasta la fecha de la documentacion ningun pago alguno de devolucion de dinero. Que, mediante Oficio N° 030-2009-CEPAD-MDSJB, del 23.07.2009, dirigido a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, se solicita Autorizacion para evaluar expediente sobre Ex. Funcionarios inmersos en el caso: Construccion Pozos Artesianos". Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, estipula que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, MORDAZA concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades. Que, de conformidad con lo dispuesto el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, los funcionarios y servidores publicos cuando incurran en faltas administrativas disciplinarias seran sometidos a MORDAZA administrativo disciplinario. Que, el Capitulo IV - del Decreto Legislativo Nº 276, en su Articulo 21°, establece Las Obligaciones, Prohibiciones y Derechos de los servidores, los mismos que son: a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico; d) Conocer y exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno; Asi mismo el Articulo 25° de la misma MORDAZA senala que "Los servidores publicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario por las faltas que cometan, concordante con el Articulo 153° del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Tambien el Articulo 26° de la misma MORDAZA se refiere a las sanciones por faltas
disciplinarias pueden ser: a) Amonestacion verbal o escrita; b) Suspension sin goce de remuneraciones hasta por treinta dias; c) Cese temporal sin goce de remuneraciones hasta por doce meses; y d) Destitucion. Que el Articulo 152° del Decreto Supremo N° 00590-PCM, senala que la calificacion de la gravedad de la falta es atribucion de la autoridad competente o de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, segun corresponda. Los elementos que se consideran para calificar la falta seran enunciados por escrito. Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad de San MORDAZA MORDAZA, en el articulo 80, senala las funciones de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura - Inciso 2) Revisar y Aprobar los Expedientes Tecnicos (previa aprobacion y viabilidad de los proyectos bajo el Sistema Nacional de Inversion Publica), para fines de construccion de obras publicas de acuerdo a la normatividad vigente de la materia, asimismo el articulo 82° senala que: es el organo encargado de planificar, dirigir, controlar y ejecutar los estudios y obras publicas; y de elaborar los estudios de Pre Inversion de acuerdo a la normatividad vigente referida al Sistema Nacional de Inversion Publica. Que a merito de la normatividad senalada; y en uso de las facultades conferidas en el articulo 152° y 166° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios al haber analizado los hechos y al haber encontrado indicios razonables de presunta comision de falta administrativa disciplinaria por parte los ex funcionarios ING. MORDAZA COLICHON MORDAZA Ex Sub. Gerente de Estudios y Obras MDSJB; ARQ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ex Gerente De Desarrollo MORDAZA e Infraestructura; ARQ. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Ex Gerente De Desarrollo MORDAZA y Rural MDSJB; y ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ex Gerente De Desarrollo MORDAZA y Rural MDSJB; por haber incumplido sus obligaciones, la misma que se encuentra estipulada en el Inciso a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y su reglamento; del Articulo 28 del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en concordancia con el articulo 21° de la misma ley acotada, en los incisos: a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico; y d) Conocer y exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno; por presunta falta administrativa disciplinaria, en la Ejecucion de la Obra "Construccion de Pozos Artesianos", que no se ha ejecutado de acuerdo a las especificaciones tecnicas detalladas en los planos del Expediente Tecnico, ocasionando perjuicio economico a la Municipalidad Distrital de san MORDAZA MORDAZA, por un monto de S/. 3,242.98 Nuevos Soles y; Que, estando a los considerandos expuestos, a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, contandose con las visaciones de la Oficina Asesoria Legal y de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA Bautista; y. En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972 y de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Primero.INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, a los ex funcionarios ING. MORDAZA COLICHON MORDAZA Ex Sub. Gerente de Estudios y Obras MDSJB, ARQ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ex Gerente De Desarrollo MORDAZA e Infraestructura, ARQ. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Ex Gerente De Desarrollo MORDAZA y Rural MDSJB, ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ex Gerente De Desarrollo MORDAZA y Rural MDSJB., por presunto incumplimiento de sus deberes funcionales, contemplada en el Inciso a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y su reglamento; del Articulo 28 del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en concordancia con el articulo 21° de la misma ley acotada, en los incisos: a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico; y d) Conocer y exhaustivamente