Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2009 (27/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de setiembre de 2009

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Contralmirante CJ. (r) MORDAZA MORDAZA MESA Angosto y Capitan de Navio CJ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ames, Presidente y Secretario General del Tribunal Supremo Militar Policial, a la MORDAZA de MORDAZA ­ REINO DE ESPANA, del 23 de octubre al 01 noviembre de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Pliego 027- Fuero Militar Policial, efectuara los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguienes: Pasajes Aereos Viaticos Derecho de Inscripcion Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 2,179.12 US$ 5,200.00 US$ 300.00 US$ 60.50

Que, la Oficina Registral que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44° de la Ley N° 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA, Distrito de Pebas, Provincia de MORDAZA MORDAZA, Departamento de Loreto. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA mencionada en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4°.- Asimismo, la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles proveera del respectivo libro de matrimonio, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se ha conformado el Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262° del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
402756-2

Articulo 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MESA ANGOSTO Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial
402229-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan registrales de Estado Comunidad delegacion de funciones a la Oficina de Registro Civil que funciona en la MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA

RESOLUCION JEFATURAL N° 617-2009-JNAC/RENIEC

MORDAZA, 24 de Setiembre de 2009 VISTO: el Informe N° 000258-2009/SGIRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y el Informe N° 000070-2009-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles. CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Articulo 11º de la misma MORDAZA, precisa que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el Articulo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Articulo 262° del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, a traves del Informe de la referencia senala que la Comunidad MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA no ha presentado Acta de Conformacion de Comite Especial, a que se refiere el considerando precedente;

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Dejan sin efecto autorizacion otorgada a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA para la apertura de agencia en el distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 13023-2009

MORDAZA, 16 de setiembre de 2009