Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2009 (21/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que procede en declarar en abandono el procedimiento de cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 806-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el articulo por el 191º de la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar en ABANDONO el procedimiento de cambio de titular del Permiso de Pesca para operar la embarcacion pesquera "CECI" de matricula CE-0205-PM, presentada por la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Aprueban cambio de titular de licencia de operacion de planta de harina de pescado convencional a favor de CFG Investment S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 783-2009-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 2 de octubre del 2009 Visto los escritos de registros N°s 00051706-2009 y 00051706-2009-1 de fecha 2 y 17 de MORDAZA del 2009, presentados por CFG INVESTMENT S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante Resolucion Ministerial N° 289-96-PE de fecha 31 de MORDAZA de 1996, se otorgo a la empresa ALIMENTOS MARITIMOS S.A., licencia de operacion en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, para que desarrolle las actividades de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de sus plantas de enlatado y harina de pescado, en su establecimiento industrial ubicado en el MORDAZA San MORDAZA N° 108, MORDAZA Baja, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, Region Chavin con una capacidad de 3 071 cajas/ turno (Enlatado) y 42 t/h de procesamiento de materia prima para desarrollar la actividad de procesamiento de Harina de Pescado;

Que por Resolucion Directoral N° 053-2005-PRODUCE/ DNEPP de fecha 16 de febrero de 2005, se aprueba el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 289-96-PE, a favor de PESQUERA MARU S.A.C. para operar la planta de harina de pescado destinada al procesamiento de recursos hidrobiologicos, con una capacidad instalada de 42 t/h de procesamiento de materia prima; Que el citado establecimiento industrial, se encuentra consignado en el Anexo IV ­ B, de la Resolucion Ministerial N° 041-2002-PRODUCE de fecha 29 de agosto del 2002, sobre los listados de los establecimientos industriales pesqueros como Harina de Pescado Convencional, con una capacidad de 42 t/h ; Que a traves de los escritos del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., solicita el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial N° 289-96-PE a la empresa ALIMENTOS MARITIMOS S.A., modificada en su titularidad por Resolucion Directoral N° 053-2005-PRODUCE/DNEPP a favor de PESQUERA MARU S.A.C., en los mismos terminos y condiciones que le fueron otorgadas; en virtud al cambio de denominacion de arrendataria por fusion, del inmueble ubicado en MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA Baja, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA a favor de la solicitante, segun obra en la Partida Registral N° 07002238, emitida por la Oficina Registral Chimbote de la MORDAZA Registral N° VII ­ Sede Huaraz; adjuntando documentacion correspondiente al procedimiento N° 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se concluye que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y asi mismo mediante la inspeccion tecnica de verificacion de operatividad y capacidad instalada, efectuada en la planta de Harina de Pescado, ubicada en la localidad de Chimbote, se ha corroborado que la misma se encuentra en estado operativo y la capacidad resulta conforme con la consignada en las resoluciones administrativas mencionadas en el MORDAZA y tercer considerando, por lo que deviene procedente atender el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe N° 9942009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el articulo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el procedimiento N° 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE y la Resolucion Ministerial N° 0412002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de CFG INVESTMENT S.A.C. el cambio del titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado convencional, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 289-96-PE, a la empresa ALIMENTOS MARITIMOS S.A., modificada en su titularidad por la Resolucion Directoral N° 053-2005PRODUCE/DNEPP, para PESQUERA MARU S.A.C., en el establecimiento industrial pesquero ubicado en el MORDAZA San MORDAZA N° 108 ­ MORDAZA Baja, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral N° 053-2005-PRODUCE/DNEPP a PESQUERA MARU S.A.C. Articulo 3°.- CFG INVESTMENT S.A.C., debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final y cumplir con