Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2009 (13/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 13 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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en la Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181; Que, el contenido y especificaciones tecnicas de las planchas metalicas y la calcomania holografica de seguridad (tercera placa) que conforman la Placa Unica Nacional de Rodaje estan establecidos en los articulos 12º y 13º y en los Anexos IV y V del mencionado Reglamento, correspondiendo a la Direccion General de Transporte Terrestre aprobar, mediante Resolucion Directoral, las especificaciones tecnicas de detalle; Que, de conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, directamente o a traves de la Direccion General de Transporte Terrestre, expedira las normas complementarias que MORDAZA necesarias para su mejor aplicacion; Que, de conformidad con la Decima Disposicion Complementaria Transitoria del citado Reglamento, a partir del 01 de enero de 2010, la Placa Unica Nacional de Rodaje debe ser fabricada bajo las especificaciones tecnicas y codificacion establecidos en el mismo; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar las especificaciones tecnicas de detalle que permitan que la Placa Unica Nacional de Rodaje sea fabricada conforme a las nuevas especificaciones dentro de los plazos previstos; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; y el Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC que aprueba el Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2009-MTC. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de especificaciones tecnicas de detalle de las planchas metalicas Aprobar las especificaciones tecnicas de detalle de las planchas metalicas que conforman la Placa Unica Nacional de Rodaje, las mismas que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2º.- Aprobacion de especificaciones tecnicas de detalle de la calcomania holografica de seguridad (tercera placa) Aprobar las especificaciones tecnicas de detalle de la calcomania holografica de seguridad (tercera placa) que conforma la Placa Unica Nacional de Rodaje, las mismas que se consignan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 3º.- Publicacion en el MORDAZA Institucional Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral y sus anexos, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Articulo 4º.- Vigencia La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre
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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban la Directiva Nº 0012009-ANSC/GDCR, Directiva para la elaboracion del diagnostico de conocimientos de las personas del Sistema Nacional de Inversion Publica
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 055-2009-ANSC-PE

MORDAZA, 7 de octubre de 2009 Visto; el Informe Nº 001-2009/ANSC-GDDCR, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento; CONSIDERANDO: Que el literal a) del articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1023 establece que la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en adelante SERVIR, tiene entre sus funciones, planificar y formular politicas nacionales en temas de capacitacion y evaluacion; Que mediante Decreto Legislativo Nº 1025, se aprueban las normas de capacitacion y rendimiento para el sector publico con la finalidad de regular la capacitacion y evaluacion del personal al servicio del Estado, correspondiendole a la Autoridad Nacional del Servicio Civil la funcion de planificar, desarrollar; asi como gestionar y evaluar la politica de capacitacion para el sector publico; Que, el numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 27293, modificado por la Ley Nº 28802 dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, es la mas alta autoridad tecnica normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica; dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, la implementacion de acciones de capacitacion y evaluacion del personal en el Estado, supone elegir uno entre los diversos sistemas administrativos estatales necesarios para la adecuada gestion administrativa, a fin de medir el nivel de conocimientos del personal que permita identificar las brechas existentes y acciones de capacitacion adecuadas para cubrirlas; Que, mediante Acuerdo adoptado en la sesion de fecha 01 de octubre de 2009, el Consejo Directivo de SERVIR ha previsto que el MORDAZA de implementacion de politicas de evaluacion y capacitacion se realicen progresivamente, iniciando el mismo con la medicion de los conocimientos y necesidades de capacitacion de las personas al servicio del Estado que se encuentren desempenando funciones directamente relacionadas con el Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, con el fin de recolectar informacion util para un diseno eficiente de capacitaciones respecto de este sistema administrativo; Que, en uso de las atribuciones previstas en los literales a) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, el Consejo Directivo, ha aprobado la propuesta de Directiva que regula el desarrollo del diagnostico de conocimiento de las