Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

Que mediante Resolucion Ministerial N° 690-97PE de fecha 05 de noviembre de 1997, se otorga a la empresa CONSERVERA GARRIDO S.A. permiso de pesca a plazo determinado, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada INJEPASA 17 (ahora COMANCHE VI ) con matricula CE-6138-PM de 225.00 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral N° 110-99-PE/ DNE de fecha 07 de MORDAZA de 1999, se autoriza a favor de la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera COMANCHE VI (Ex - INJEPASA 17) con matricula CE6138-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado a la empresa CONSERVERA GARRIDO S.A Que, con Resolucion Directoral N° 133-2005PRODUCE/DNEPP de fecha 19 de MORDAZA de 2005, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca solicitado por la EMPRESA PESQUERA COMANCHE S.A.C. para operar la embarcacion pesquera denominada COMANCHE VI con matricula CE-6138-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que a la fecha, la embarcacion COMANCHE VI de matricula CE-6138-PM con 225.00 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras, publicado en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion, con permiso de pesca vigente para extraer anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, a favor de la EMPRESA PEQUERA COMNACHE S.A.C. Asimismo, se encuentra consignada en el literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 084-2007-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 086-2007PRODUCE; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que a traves del escrito del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. representada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera COMANCHE VI de matricula CE-6138-PM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. posee el dominio sobre la embarcacion COMANCHE VI de matricula CE6138-PM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio migrada en la Partida N° 50000562 otorgado por el Registro de Embarcaciones Pesqueras de la SUNARP de la MORDAZA Registral N° VII-Sede Chimbote del 16 de marzo de 2009; y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y demas normas modificatorias; por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 419-PRODUCE/ DGEPP-Dchi; y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE, la Ley General

del Procedimiento Administrativo Nº 27444, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. del permiso de pesca de la embarcacion pesquera COMANCHE VI de matricula CE-6138-PM, en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado por Resolucion Ministerial N° 690-97PE, modificado por la Resolucion Directoral N° 110-99PE/DNE y Resolucion Directoral N° 133-2005-PRODUCE/ DNEPP. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral N° 133-2005-PRODUCE/DNEPP a favor de La EMPRESA PESQUERA COMANCHE S.A.C. para operar la embarcacion pesquera denominada COMANCHE VI de matricula CE-6138-PM. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera COMANCHE VI de matricula CE-6138-PM, asi como la presente Resolucion, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; excluyendo a La EMPRESA PESQUERA COMANCHE S.A.C. consignado en dichos Anexos. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 353294-12 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 333-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2009 Visto los Escritos con Registro Nº 00077978, del 23 de octubre de 2008, 3 de marzo y 21 de MORDAZA de 2009, presentados por la empresa PESQUERA 2020 S.A.C. CONSIDERANDO: Que el numeral 1 del inciso c) del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y juridicas, requeriran permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que asimismo, los Articulos 44° y 46° establecen que los permisos -entre otros derechos administrativosson derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria