Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2009 (28/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de marzo de 2009

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El mencionado Oficial revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 6º.- De conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, el citado Oficial Superior esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el Articulo 23º de la referida Ley, mas el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la Mision de Estudios. Articulo 7º.- El citado Oficial debera dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

Articulo 1º.- Aprobar la Matriz de Metas e Indicadores de las Politicas Nacionales del ano 2009 correspondiente al Sector Defensa, la misma que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion de Planificacion de la Direccion General de Planificacion, Presupuesto e Inversiones para la Defensa es la encargada de realizar el seguimiento y evaluacion correspondiente, para lo cual las entidades y organos del Sector Defensa inmersas en su cumplimiento, remitiran la evaluacion de la ejecucion de metas e indicadores de las Politicas Nacionales, a mas tardar a los 20 dias utiles de culminados los semestres correspondientes. Articulo 3º.- Las metas e indicadores de desempeno aprobadas mediante la presente MORDAZA deberan ser publicadas en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

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ECONOMIA Y FINANZAS
Establecen disposiciones relativas al pago de devengados de Pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones ­ Decreto Ley N° 19990 en aplicacion del Decreto Supremo N° 150-2008-EF
DECRETO SUPREMO N° 077-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 150-2008EF se autoriza a la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP a efectuar de oficio la revision de los expedientes administrativos referidos a la aplicacion de la Ley N° 23908, en cumplimiento de lo establecido en los Fundamentos 5 y 7 al 21 de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 5189-2005-PA/TC; disponiendose que el pago de los devengados que se originen por el cumplimiento de dicha ley se efectuara segun los criterios establecidos sobre la materia por el Tribunal Constitucional y conforme a lo dispuesto por la Ley N° 28266 y sus normas complementarias; Que, mediante la Ley N° 28266 se establece que el pago de devengados, en caso de que se generen para los pensionistas del Decreto Ley N° 19990 y regimenes diferentes al Decreto Ley N° 20530, no podran fraccionarse por un plazo mayor a un ano; Que, asimismo la referida ley ha establecido que en caso se efectue el fraccionamiento por un plazo mayor a un ano, a la respectiva alicuota debera aplicarsele la tasa de interes legal fijada por el Banco Central de Reserva del Peru; Que, en tal sentido resulta necesario expedir una MORDAZA que autorice excepcionalmente a cancelar en una sola cuota el pago de devengados y otros conceptos vinculados que se deriven de la aplicacion del Decreto Supremo N° 150-2008-EF, a fin de evitar extender innecesariamente la cancelacion de dichos devengados y de esta forma concluir los expedientes administrativos, asi como de los procesos judiciales derivados de la aplicacion de la Ley N° 23908; De conformidad con lo establecido en los numerales 8 y 17 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Pago de devengados en aplicacion del Decreto Supremo N° 150-2008-EF para los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones ­ Decreto Ley N° 19990

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Aprueban la Matriz de Metas e Indicadores de las Politicas Nacionales del ano 2009 correspondiente al Sector Defensa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 300-2009-DE/SG
MORDAZA, 26 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 0272007-PCM de 22 de marzo de 2007 se definieron y establecieron las Politicas Nacionales de cumplimiento obligatorio y con metas semestrales verificables para las entidades del gobierno nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios publicos impulsen transversalmente su promocion y ejecucion en adicion al cumplimiento de las politicas sectoriales; Que, en concordancia con lo dispuesto en el articulo Nº 3 del dispositivo MORDAZA citado, las metas e indicadores de desempeno para evaluacion semestral deberan ser aprobadas mediante Resolucion Ministerial del Sector; Que, ha sido formulada la Matriz de Metas e Indicadores de las Politicas Nacionales para el ano 2009 correspondiente al Sector Defensa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29075 Ley del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 0012008-DE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y estando a lo propuesto por la Direccion General de Planificacion, Presupuesto e Inversiones para la Defensa;