Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2009 (30/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de junio de 2009

5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru y de lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe (e) de la Oficina de Tecnologias de la Informacion, como responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de Transparencia del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA. Articulo 3º.- La funcionaria designada mediante el articulo 1º de la presente Resolucion, debera cumplir las obligaciones establecidas en el articulo 5º del Reglamento de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y demas disposiciones que resulten aplicables. Articulo 4º.- El funcionario designado mediante el articulo 2º de la presente Resolucion, debera cumplir las obligaciones establecidas en el articulo 8º del Reglamento de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y demas disposiciones que resulten aplicables. Articulo 5º.- Encargar a la Secretaria General que coordine la colocacion de MORDAZA de la presente Resolucion en un lugar visible de la Sede Central del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA; asi como en la Pagina Web Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA V. MORDAZA ARATA Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA 366345-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de Elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional - CCR del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2009-GRA/CR MORDAZA, 9 de marzo de 2009 El CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 09 de marzo de 2009, trato el tema relacionado a la aprobacion del Reglamento de Elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional ­ CCR; y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 117-2009-GRA/PRES, de fecha 25 de febrero el senor Presidente del Gobierno

Regional de MORDAZA, presenta ante el Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional sobre la propuesta de aprobacion del MORDAZA Reglamento de Elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional CCR del Gobierno Regional de MORDAZA, iniciativa presentada por la Gerencia Regional de Desarrollo Social acompanado por el Informe Tecnico Nº 0122009-GRA/GG-GRDS-SGRS-JVRV y la Opinion Legal Nº 066-2009-GRA/ORAJ-ELAR de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA respectivamente; asimismo se tiene el Dictamen emitido por la Comision de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional de Consejo Regional el cual se dejo a consideracion del Pleno del Consejo Regional; Que, el inciso 17.1, del articulo 17º del Capitulo IV de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que, los Gobiernos Regionales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos en la gestion publica. Para este efecto debera garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, con las excepciones que senala la Ley, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas; Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es mision de los Gobiernos Regionales, organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de la politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region; Que, el tercer parrafo del Articulo 11º de la Ley Nº 27902 ­ Ley que modifica la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo de Coordinacion Regional es un organo consultivo y de coordinacion del Gobierno Regional con las Municipalidades; estando integrado por los Alcaldes Provinciales, representantes de la Sociedad Civil con funciones y atribuciones que la Ley establece; Que, el Articulo 8º de la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, en el Capitulo III de las Relaciones del Estado con el Ciudadano ­ Democracia Participativa, establece que el Estado debe promover y establecer los mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa de los ciudadanos, a traves de mecanismos directos e indirectos de participacion; Que, con el fin de ordenar y reglamentar el MORDAZA de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional es pertinente aprobar el presente Reglamento para Elecciones, el cual recoge entre otras las iniciativas y propuestas de la Sociedad Civil; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y otras MORDAZA conexas, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros y aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional ­ CCR del Gobierno Regional de MORDAZA, que consta de Once (11) Titulos; Siete (07) Capitulos; Cuarenta y tres (43) Articulos; y Ocho (8) Disposiciones Complementarias