Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2009 (24/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, Ransa Comercial S.A. solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los valores denominados "Bonos Ransa ­ Primera Emision" y "Bonos Corporativos Ransa ­ MORDAZA Emision" del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de admitir el deslistado de los mencionados valores y de elevar el expediente a CONASEV para los fines correspondientes; Que, el articulo 37, inciso b), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de CONASEV, cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Bonos Ransa ­ Primera Emision" y "Bonos Corporativos Ransa ­ MORDAZA Emision", se encuentra dentro de la causal de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada por el articulo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, asi como a la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores; y por el articulo 36, inciso c), del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONASEV, que faculta a la Direccion de Emisores a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores denominados "Bonos Ransa ­ Primera Emision" y "Bonos Corporativos Ransa ­ MORDAZA Emision", emitidos por Ransa Comercial S.A., del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en el articulo anterior del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 4°.- Transcribir la presente resolucion a Ransa Comercial S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Credito del Peru, en calidad de representante de obligacionistas; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KANASHIRO SHINZATO Director de Emisores (e) 373201-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen acciones administrativas para el presente ano judicial y para el Ejercicio Fiscal 2010 en el Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 205-2009-CE-PJ MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2009 VISTOS: Los Oficios N° 1924-2008-P-CSJLA/PJ y N° 5742009-P-CSJLA/PJ cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante Oficio N° 19242008-P-CSJLA/PJ propone a este Organo de Gobierno la creacion de una Sala Especializada Civil, que atienda procesos contencioso administrativos, un Juzgado de Paz Letrado en Chiclayo con sede en Comisaria, que atienda procesos por faltas del Distrito de Chiclayo y La Victoria; y el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Jaen; asimismo, mediante Oficio N° 574-2009-P-CSJLA/PJ se solicito informacion respecto a la creacion de un Juzgado de Paz Letrado en la Comisaria de San MORDAZA de MORDAZA, Provincia de San MORDAZA, Departamento de Cajamarca; Segundo: Respecto a la creacion de una Sala Especializada Civil, al no contar con recursos presupuestarios para dicho fin, estando a la carga procesal que tienen las MORDAZA Civiles existentes debe procederse a su programacion presupuestal para el ejercicio fiscal 2010; Tercero: En cuanto a la creacion de un Juzgado de Paz Letrado en Chiclayo, se tiene que segun el inventario de la carga procesal actualizada al mes de MORDAZA del presente ano obrante de fojas 218 a 220, se desprende la existencia de carga procesal considerable en los ocho Juzgados de Paz Letrados de la Provincia de Chiclayo, deviniendo en necesario que dicha circunscripcion territorial cuente con un Juzgado de Paz Letrado adicional; Cuarto: Al respecto, mediante Resolucion Administrativa N° 344-2008-CE-PJ, el turno "B" del Juzgado de Paz Letrado de Ferrenafe, fue convertido en el Juzgado Penal Liquidador de Ferrenafe; no obstante ello, estando al Informe N° 046-2009-SEP-GP-GG-PJ, mediante el cual se hace referencia que estando al credito presupuestario se ha asignado la plaza para el Juzgado Penal Liquidador de Ferrenafe, ha quedado liberada la del Juzgado de Paz Letrado (turno "B" de Comisaria); ante ello, es menester via regularizacion crear el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Ferrenafe; dejandose sin efecto este extremo de aludida resolucion; asi como convertir el turno "B" del Juzgado de Paz Letrado de Ferrenafe en el 9° Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo; Quinto: En cuanto a la creacion de otro Juzgado de Paz Letrado para la Provincia de MORDAZA, se tiene que segun el inventario de carga procesal actualizada al mes de MORDAZA del presente ano, obrante de fojas 218 a 220 se tiene que la carga procesal existente en el Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA es excesiva, resultando necesario que dicha circunscripcion territorial cuente con otro organo jurisdiccional adicional, para lo cual, considerando la poca carga procesal que tiene el Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA MORDAZA con sede en Comisaria, resulta pertinente, que su turno "B" sea convertido en el 2° Juzgado de Paz Letrado de Jaen; Sexto: Respecto a la propuesta creacion de un Juzgado de Paz Letrado en la Comisaria de San MORDAZA de MORDAZA, Provincia de San MORDAZA, Departamento de