Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2009 (03/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400105

Que, a traves del Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su articulo 2º, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo Nº 1084. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del PRODUCE; Que, el articulo 12º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, establece que el calculo del LMCE se realizara para cada Temporada de Pesca, en funcion al PMCE asignado a cada Embarcacion; asimismo el LMCE, expresado en toneladas metricas, resulta de multiplicar el PMCE por el LMTCP para cada Temporada de Pesca, tal como se detalla en el Anexo "A" del referido cuerpo normativo; Que, mediante el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 137-2009-PRODUCE de fecha 01 de MORDAZA de 2009, se establecio que el Limite MORDAZA de Captura Permisible ­ LMTCP del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente para la Primera Temporada de Pesca del 2009, es de 3.5 millones de toneladas, para la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º 00' Latitud Sur; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 239-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 02 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE del recurso anchoveta, correspondiente a la primera temporada de pesca del 2009, cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 4642009-PRODUCE/DGEPP de fecha 24 de junio del 2009, se incorporo al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera ILENA I de matricula CO-28571PM, con un PMCE de 0.16710%; Que, mediante el Oficio Nº 703-2009-PRODUCE/ OGTIE-Oe, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el calculo de los LMCE, de la embarcacion pesquera referida en el considerando precedente; Que, a traves del escrito de visto, la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. manifiesta su conformidad al PMCE asignado a la embarcacion pesquera ILENA I de matricula CO-28571-PM y solicita se proceda a otorgar el LMCE; Que, habiendo sido determinado tecnicamente el LMCE de la embarcacion pesquera ILENA I de matricula CO-28571-PM, en funcion a su respectivo PMCE asignado mediante la Resolucion Directoral Nº 4642009-PRODUCE/DGEPP, corresponde proceder a su incorporacion respectiva en el Listado de Asignacion de LMCE, aprobado mediante la Resolucion Directoral Nº 239-2009-PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 766-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE y sus normas modificatorias y ampliatorias; Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE y demas normas complementarias, y la Resolucion Ministerial Nº 137-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones

del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 239-2009-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 02 de MORDAZA del 2009, a la embarcacion pesquera ILENA I de matricula CO-28571-PM, con un LMCE de 5,848.50 toneladas. Articulo 2º.- La incorporacion de la embarcacion pesquera al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 239-2009-PRODUCE/DGEPP, referida en el articulo 1º, no modifica los LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en la citada Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 378482-9

Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de persona juridica y de personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 482-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2009 Visto el Escrito de Registro Nº 00018946-2009 de fecha 11 de marzo y Adjuntos 1 y 2 , de fecha 13 y 15 de MORDAZA del 2009, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde, la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judicial que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 140-95PE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado entre otros al armador PESQUERA DON MORDAZA P.E.E.A. S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 5 con matricula PS-0611-PM, para ser destinada a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 214-98PE de fecha 28 de MORDAZA de 1998, se otorgo a favor de PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 140-95-PE para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional DON MORDAZA (Ex MORDAZA 5), de matricula PS-0611-PM y 382.08 m3 de capacidad de bodega, modificandose la denominacion de MORDAZA 5 por DON MORDAZA, Que, la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PS-0611-PM, se encuentra consignada en el Literal A del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-