Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2008 (26/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de octubre de 2008

Visto los escritos con registros Nºs. 00033177 y 00056636 del 11 de MORDAZA y 13 de agosto del 2007 respectivamente, presentado por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que conforme a los articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras y a nivel nacional; Que mediante Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE del 12 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los recursos jurel y caballa, en la que se establecen las disposiciones de regulacion y ordenamiento pesquero especifico; Que en la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero a que se refiere el considerando precedente, se dispuso que el Ministerio de la Produccion exceptuara de la autorizacion de incremento de flota y otorgara permiso de pesca de jurel y caballa para el consumo humano directo a las embarcaciones de cerco con permiso de pesca para el consumo humano indirecto que contando con sistema de preservacion a bordo con agua refrigerada MORDAZA R.S.W. y que acogiendose a los convenios celebrados al MORDAZA de la Resolucion Ministerial. Nº 150-2001-PE demuestren haber realizado esfuerzo pesquero de jurel y caballa para el consumo humano directo, de acuerdo a los terminos del Reglamento de la Ley General de Pesca. Para efectos de consideracion del esfuerzo pesquero, este sera computado a partir de la vigencia del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE. El plazo para acogerse a esta disposicion fue de 120 dias calendario contabilizados desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, el que se cumplio el 11 de agosto del 2007; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 629-96PE de fecha 19 de diciembre de 1996, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 473-97-PE, de fecha 30 de setiembre de 1997, se autorizo el incremento de flota de la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 8 de matricula Nº CO-13553-PM, con una carga MORDAZA de 290 TM y 430 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, con sistema de preservacion RSW; Que por Resolucion Ministerial Nº 473-97-PE, de fecha 30 de setiembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a favor de la empresa FABRICA DE CONSERVAS ISLAY S.A. para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 8 de matricula Nº CO-13553-PM, de 430.00 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, con el empleo de redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ (38 mm.) de abertura minima de malla; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 318-2005PE/DNEPP, de fecha 4 de noviembre del 2005, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 629-96-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 473-97-PE del 30 de setiembre de 1997, que otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA 8 de matricula CO-13553-PM, en el extremo referido al cambio de nombre de la mencionada embarcacion y a la denominacion de puerto de la matricula, entendiendose que actualmente se denomina MORDAZA MORDAZA y posee la matricula CE-13553-PM; asi como se aprobo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la citada embarcacion pesquera a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que asimismo, en el articulo 6º de la Resolucion Directoral a que se hace referencia en el considerando precedente, se otorgo a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C., autorizacion de incremento de flota para la ampliacion de la carga MORDAZA y la capacidad de bodega total de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº CE-13553-PM a 491.84 m3, via sustitucion y aplicacion de la capacidad de bodega de la embarcacion siniestrada EL MORDAZA I de 209.19 m3, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto equipada con red de cerco de ½ y 1 ½ pulgadas de longitud minima de abertura de malla, suspendiendose por el plazo de un ano, el acceso a los recursos jurel y caballa autorizado por Resolucion

Ministerial Nº 097-94-PE, al no haberse presentado capacidad de bodega para sustituir estos recursos; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 441-2005PRODUCE/DNEPP del 20 de diciembre del 2005, se modifico el permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA, de matricula CE-13553-PM, solo en el extremo referido a la capacidad de bodega, entendiendose que esta ha sido ampliada a 491.76 m3, como consecuencia de la autorizacion de incremento de flota otorgada por el articulo 6º de la Resolucion Directoral Nº 318-2005-PRODUCE/ DNEPP. Asimismo, se deja sin efecto la Resolucion Directoral Nº 318-2005-PRODUCE/DNEPP en el extremo referido a la autorizacion de incremento de flota otorgada a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C.; Que mediante el escrito del visto, PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. solicito ampliacion del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CE13553-PM, para la extraccion de los recursos jurel y caballa al MORDAZA de la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo, se concluye que el administrado cumplio con presentar los requisitos sustantivos y establecidos en el Procedimiento Nº 5 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; asi como, las condiciones que establece la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; sin embargo, la solicitud de ampliacion del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CE-13553-PM, es IMPROCEDENTE; en razon que esta embarcacion cuenta con permiso de pesca para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, el que se encuentra en estado suspendido; por lo que es recomendable levantar la suspension del permiso de pesca de esta embarcacion, teniendo en cuenta que el actual Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los recursos jurel y caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE, exceptua la autorizacion de incremento de flota a las embarcaciones pesqueras que realizaron esfuerzo pesquero de estos recursos; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informes Nºs. 594-2008-PRODUCE/DGEPPDch y 831-2008-PRODUCE/DGEPP-Dch del 24 y 29 de setiembre de 2008, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. en el extremo referido a la ampliacion del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CE-13553PM, para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo por los argumentos expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- Levantar el estado de suspension del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CE-13553-PM para extraer los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo. Articulo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo, a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT a bordo de la referida embarcacion, al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador o empresa con la respectiva MORDAZA y al cumplimiento del ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente.