Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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CAPITULO II DEL DIRECTORIO

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Articulo 3º.- Funciones del FITEL Son funciones del FITEL:

1) Formular Programas y Proyectos que involucren la provision de servicios de telecomunicaciones en areas rurales o en lugares considerados de preferente interes social, asi como la infraestructura de telecomunicaciones y estudios relativos a estos para garantizar el acceso a tales servicios. 2) Promover la participacion del sector privado en la prestacion de servicios de telecomunicaciones en areas rurales y lugares de preferente interes social. 3) Financiar Programas y Proyectos que involucren la provision de servicios de telecomunicaciones en areas rurales o en lugares considerados de preferente interes social, asi como la infraestructura de telecomunicaciones y estudios relativos a estos para garantizar el acceso a tales servicios. 4) Realizar coordinaciones y gestionar alianzas estrategicas con empresas del sector privado, instituciones publicas nacionales e internacionales, asi como universidades, centros de investigacion, entre otros, a fin de que estos se comprometan a disenar y/o ejecutar actividades que coadyuven a la sostenibilidad de los Proyectos y/o Programas financiados con recursos del FITEL. 5) Supervisar el cumplimiento de las condiciones derivadas de los Contratos de Financiamiento en los que el FITEL es parte y de los contratos correspondientes a actividades comprendidas en sus Programas y Proyectos. 6) Realizar las gestiones necesarias para cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley N° 28900 y en el Decreto Supremo N° 010-2007-MTC. Articulo 4º.- De la Base legal El presente Reglamento se sustenta en las siguientes normas: 1) Ley N° 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL la calidad de persona juridica de Derecho Publico, adscrita al Sector Transportes y Comunicaciones. 2) Decreto Supremo N° 010-2007-MTC, Reglamento de la Ley Nº 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona juridica de derecho publico. 3) Decreto Supremo N° 013-93-TCC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. 4) Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. 5) Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 6) Resolucion Suprema N° 006-2008-MTC, Cuadro para la Asignacion de Personal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. TITULO II DE LA ESTRUCTURA DEL FITEL Y DE LAS FUNCIONES DE SUS AREAS CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA DEL FITEL

Articulo 6º.- Del Directorio El FITEL es administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL. Articulo 7º.- Funciones del Directorio Son funciones del Directorio: 1) Establecer la politica general y la politica de administracion del FITEL. 2) Aprobar los presupuestos, Balances y Estados Financieros u otros reportes sobre la situacion de FITEL. 3) Aprobar el Plan Estrategico. 4) Aprobar el Plan Anual de Programas y/o Proyectos, y su respectivo presupuesto. 5) Aprobar los Programas, Proyectos y/o estudios a ser financiados con los recursos del FITEL. 6) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del FITEL. 7) Encargar a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION la conduccion de las licitaciones y/o concursos publicos de los Programas y/o Proyectos, a ser financiados con los recursos del FITEL. 8) Aprobar su Reglamento de Administracion y Funciones, el mismo que se formalizara mediante Decreto Supremo, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 28900, asi como otras normas generales y complementarias que permitan cumplir las finalidades de su creacion. 9) Disponer las acciones para garantizar la intangibilidad y custodia del FITEL. 10) Autorizar las operaciones de financiamiento y otros que se pudieran requerir con cargo a los recursos del FITEL. 11) Designar a los miembros que conforman el Comite de Adjudicacion de Depositos. 12) Aprobar los proyectos de Contratos de Financiamiento y sus modificatorias. 13) Aprobar los proyectos de Convenios de Cooperacion Interinstitucional en los que el FITEL sea parte. 14) Aprobar las Directivas y Reglamentos que regulen procedimientos administrativos que deban ser implementados dentro del MORDAZA de competencia del FITEL, los mismos que se formalizaran mediante Resolucion Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones. 15) Las demas funciones que se desprendan de la Ley N° 28900, del Decreto Supremo N° 010-2007-MTC o que fueran necesarias para el normal desenvolvimiento del FITEL. El Directorio podra delegar en la Secretaria Tecnica del FITEL, la facultad a las que se alude en el numeral 9 precedente. CAPITULO III DE LA SECRETARIA TECNICA Articulo 8º.- De la Secretaria Tecnica del FITEL El Ministerio de Transportes y Comunicaciones actua como Secretaria Tecnica del FITEL. El Secretario Tecnico ejerce la representacion legal de FITEL. Articulo 9º.- Funciones de la Secretaria Tecnica Son funciones de la Secretaria Tecnica: 1) Proponer al Directorio la politica general y la politica de administracion del FITEL. 2) Proponer al Directorio los Presupuestos, Balances y Estados Financieros u otros reportes sobre la situacion del FITEL. 3) Proponer al Directorio el Plan Estrategico, en base a cuyos objetivos se formularan los Proyectos, Programas y/o estudios con cargo a los recursos del FITEL.

Articulo 5º.- El FITEL tiene la siguiente estructura administrativa: 1) Directorio 2) Secretaria Tecnica 2.1) Coordinacion Administrativa 2.2) Area de Asesoria Legal 2.3) Area de Formulacion de Proyectos 2.4) Area de Promocion de Proyectos 2.5) Area de Supervision de Proyectos