Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2008 (10/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

AGRICULTURA
Designan al Consejo PROFONANPE Directivo de

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Articulo 3º.- Dejese sin efecto los dispositivos legales de designacion del Consejo Directivo de PROFONANPE que se hubieran dictado con anterioridad a la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 186552-12

RESOLUCION SUPREMA N° 015-2008-AG MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 26154, se creo el Fondo Nacional para Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ FONANPE como fondo fiduciario intangible destinado a la conservacion, proteccion y manejo de las Areas Naturales Protegidas por el Estado, y el PROFONANPE, como institucion de derecho privado sin fines de lucro y de interes publico y social con personeria juridica propia, encargada de su administracion y de otros recursos que le transfieran; Que, el citado Decreto Ley establece en sus articulos 2º y 3º, que el Consejo Directivo se encuentra integrado por siete miembros, siendo efectuada su designacion por Resolucion Suprema del Ministerio de Agricultura; Que, asimismo el articulo 181.3 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que el Consejo Directivo del PROFONANPE es presidido por el Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, en representacion del Ministerio de Agricultura; Estando a las propuestas formuladas por la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economia y Finanzas, la Red Ambiental Peruana y la Agencia de Cooperacion Alemana para el Desarrollo ­ GTZ, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 26154; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 0172001-AG que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Decreto Ley Nº 26154; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Consejo Directivo de PROFONANPE, al que se refiere el articulo 3º del Decreto Ley Nº 26154, Ley de creacion del Fondo Nacional para Areas Naturales Protegidas por el Estado ­FONANPE, el cual tendra la siguiente conformacion: a) El Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, el cual lo presidira; b) Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del Ministerio de Agricultura, propuesto por la Presidencia del Consejo de Ministros; c) Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del Ministerio de Agricultura, propuesto por el Ministerio de Economia y Finanzas; d) Un representante de la Asociacion para la Investigacion y el Desarrollo Integral ­ AIDER; e) Un representante del Centro de Estudios y Promocion del Desarrollo ­ DESCO; f) Un representante de la Fundacion Peruana para la Conservacion de la Naturaleza ­ PRONATURALEZA; g) Un representante de la Cooperacion Alemana al Desarrollo ­GTZ. Articulo 2º.- Dentro del plazo de quince (15) dias de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, las instituciones a las que se refieren los literales d), e), f) y g) del articulo precedente deberan cumplir con acreditar a sus representantes, titulares y alternos, mediante comunicacion escrita remitida al Presidente del Consejo Directivo de PROFONANPE.

Modifican R.J. Nº 347-2006-INRENA que aprobo el Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA de la especie caoba para el ano 2007
RESOLUCION JEFATURAL Nº 069-2008-INRENA MORDAZA, 7 de marzo de 2008 VISTO: El Memorandum Nº 986-2008-INRENA-IFFS, emitido por la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA y el Memorandum Nº 336-2008-INRENA-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica mediante las cuales opinan sobre la ampliacion de vigencia del cupo de exportacion de la especie caoba (Swietenia Macrophylla) para el ano 2007, aprobado con Resolucion Jefatural Nº 347-2006INRENA. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 347-2006INRENA, de fecha 29 de diciembre de 2006, se aprobo el Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia Macrophylla) para el ano 2007. por un volumen total de 13476.6596 m³ de MORDAZA aserrada; Que, la Quincuagesima MORDAZA reunion del Comite Permanente de la CITES reconocio como volumen neto del cupo 4983 m³ de la especie caoba (Swietenia Macrophylla), aprobada y verificada; Que, conforme al Memorandum Nº 986-2008-INRENAIFFS, aun quedaria por exportar del Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia Macrophylla) para el ano 2007, un volumen de 1911.9877 m³ de MORDAZA aserrada; Que, de acuerdo a la Resolucion Conf. 14.7 emitida en el MORDAZA de la Decimocuarta reunion de la Conferencia de las Partes La MORDAZA (Paises Bajos), realizada del 3 al 15 de junio de 2007, cualquier parte puede decidir excepcionalmente autorizar la exportacion en un ano de especimenes que fueron obtenidos en un ano anterior, y con arreglo al cupo correspondiente al ano anterior; siempre que el cupo para el ano en curso no aumente para incluir los especimenes del ano precedente; Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el plazo de vigencia del Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia Macrophylla) para el ano 2007, a fin que se permita su exportacion en el presente ano; y, De conformidad con el articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG y modificatorias. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Jefatural Nº 347-2006-INRENA de acuerdo al siguiente texto: