Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2007 (22/09/2007)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

353893

de nacimiento, matrimonio y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado La Punta, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 111555-2

MINISTERIO PUBLICO
Declaran fundada denuncia formulada contra ex Fiscal Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Utcubamba, por presuntos delitos de corrupcion de funcionarios y abuso de autoridad
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1109-2007-MP-FN. MORDAZA, 20 de septiembre del 2007 VISTO: El Oficio Nº 791-2007-MP-ODCI-AMAZONAS, remitido por la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Amazonas, elevando el Expediente Nº 070-2006MP-ODCI-AMAZONAS, que contiene la investigacion seguida contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Fiscal Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Utcubamba, a merito de la denuncia formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Merchol, por presuntos delitos de Corrupcion de Funcionarios, en la modalidad de Cohecho Pasivo Especifico, Abuso de Autoridad y Usurpacion de Funciones; en la cual ha recaido el Informe Nº 013-2007MP-ODCI-AMAZONAS, con opinion de declarar fundada la denuncia; y, CONSIDERANDO: Que se atribuye al ex magistrado investigado haber solicitado y recibido S/. 700.00 (setecientos nuevos soles con 00/100) de la hoy denunciante, quien habia sindicado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como autor del delito de Violacion Sexual, en agravio de su hija, la menor de iniciales HRMD, entonces de 13 anos de edad; con el fin de influir en la denuncia contra el referido sujeto, incurriendo en el ilicito de Cohecho Pasivo Especifico. Que, asimismo, el ex Fiscal de Utcubamba habria conocido la citada denuncia por Violacion usurpando funciones, por haber ocurrido el supuesto ultraje en Bagua. Que, asimismo, se le imputa haber dispuesto en forma arbitraria que se intervenga policialmente al denunciado MORDAZA MORDAZA y se le traslade desde la localidad de Bagua hacia la sede policial de Bagua Grande - Utcubamba, configurandose el delito de Abuso de Autoridad. Que estando orientados el estudio y analisis de actuados a hallar indicios razonables y suficientes que permitan presumir que el investigado hubiera incurrido o no en la comision de los ilicitos denunciados, debe hacerse un recuento de los hechos denunciados, a saber: a) MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Merchol tomo conocimiento de la supuesta violacion de su hija, la menor de iniciales HRMD, asesorandose por el letrado MORDAZA Llagas MORDAZA, quien le recomendo que denuncie el hecho fuera de Bagua, esto es, en Bagua Grande - Utcubamba, supuestamente, para no danar aun mas la integridad de la menor; acudiendo a las 10:50 am del dia viernes 15.09.06 ante la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Utcubamba -de turno- para presentar el escrito respectivo; b) Inmediatamente despues, el doctor Llagas MORDAZA expuso la denuncia ante el hoy investigado, quien estaba a cargo de dicha Fiscalia y con el que guarda una relacion de amistad; acordando en reunirse, a pedido del doctor MORDAZA MORDAZA, en el local denominado "El Torito", sito en la salida hacia Tarapoto, para almorzar cuyes y "conocerse mejor"; cita a la que acudieron el ex Fiscal, el referido letrado, la hoy denunciante y su hermana MORDAZA Elcina MORDAZA MORDAZA, habiendo pagado MORDAZA de Merchol la cuenta respectiva, por un total de S/. 80.00; siendo que durante el almuerzo el ex Fiscal le ha solicitado un pago S/. 500.00 por supuesto derecho a pagar en el Banco de la Nacion, entregandole en ese momento S/. 200.00, habiendo dispuesto el Fiscal, al regresar a la sede de la Fiscalia, que la menor pase reconocimiento medico legista, prometiendo ordenar pronto la captura del presunto violador; c)

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 817-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 21 de setiembre de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 1273-2007/GPDR/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuracion Registral y el Informe Nº 001157-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los Informes Nº 000330-2007/SGDI/GPDR/ RENIEC e Informe Nº 128-2007/HYC/SGDI/GPDR/ RENIEC de la Subgerencia de Depuracion de Identificacion asi como, el Informe Nº 4112-2006/HYC/ SGDAR/GP/RENIEC de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, permitieron verificar que un ciudadano no identificado, quien dijo llamarse MORDAZA NAKAMURA MORDAZA, efectuo declaraciones falsas y presento ante el Ex Registro Electoral MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento Nº 431 del Libro ano 1960 de la Municipalidad provincial de Ascope, departamento de La MORDAZA, para obtener la inscripcion Nº 07487375, canjeando ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales el respectivo DNI, inscripcion cancelada por declaracion de datos falsos; Que, del citado comportamiento, se presume la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, uso de documento falso y falsedad ideologica por efectuar declaraciones falsas en el Registro, acciones tipificadas por el MORDAZA parrafo del articulo 427º y 428º del Codigo Penal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atencion al Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos ­ Uso de Documento Falso y Falsedad Ideologica en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los que resulten responsables. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 111555-1