Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2007 (16/11/2007)


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IV. ALCANCE

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2007

Los presentes lineamientos son de aplicacion a las Sociedades inscritas en el Registro al 26 de noviembre de 2007. Asimismo, alcanza a la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control, Gerencia de Sociedades de Auditoria, Gerencia de Tecnologias y Sistemas de Informacion y al Departamento de Tramite Documentario y Archivo de la Contraloria General, de acuerdo a sus respectivas competencias funcionales. V. DISPOSICIONES GENERALES Del Registro de Sociedades de Auditoria. La Contraloria General administra a traves de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, el Registro de Sociedades Calificadas para la Designacion y Contratacion de Auditorias en las Entidades sujetas a Control. Verificacion de la informacion enviada al Registro. La Contraloria General de la Republica tiene la atribucion de verificar en cualquier momento, la situacion legal de la Sociedad y la veracidad de la informacion y documentacion presentada al Registro. Cuando se establezca que la informacion, documentacion o declaraciones juradas presentadas por las Sociedades y/o personal no se ajustan a la realidad o son falsas, se procedera de acuerdo a lo indicado en el articulo 18º del Reglamento. Del MORDAZA de Reinscripcion Todas las Sociedades inscritas en el Registro al 26 de noviembre de 2007, deberan presentar su solicitud de Reinscripcion en el capitulo de Auditoria Financiera, desde el lunes 26 al viernes 30 de noviembre de 2007. A este plazo se agregara el termino de la distancia, por lo que para las Sociedades domiciliadas en MORDAZA Metropolitana se agregara un (01) dia habil adicional y para aquellas domiciliadas fuera de MORDAZA Metropolitana se agregaran dos (02) dias habiles adicionales, en concordancia a lo senalado en la Tercera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento. La vigencia de la Reinscripcion en el Registro sera hasta la primera semana de agosto de 2008, correspondiendo a las Sociedades solicitar su renovacion de inscripcion en la primera semana de MORDAZA de 2008. Aquellas Sociedades que no se presenten al MORDAZA de Reinscripcion o que esta sea denegada o por otras circunstancias pierdan la vigencia de su inscripcion, podran solicitar posteriormente su inscripcion en el Registro, conforme a las disposiciones del Reglamento y la Directiva, asi como las que resulten aplicables de los presentes Lineamientos, correspondiendole una vigencia en el Registro hasta la primera semana de agosto de 2008. De las Actualizaciones A partir de la publicacion de los presentes Lineamientos, toda actualizacion debera ser informada y presentada en el MORDAZA de Reinscripcion; sin perjuicio de los expedientes que se encuentren en tramite, los cuales se sujetan al plazo de evaluacion dispuesto en el articulo 17º del Reglamento, para efectos de los concursos publicos de meritos. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 1. El MORDAZA de Reinscripcion es excepcional, y no irroga costo para las Sociedades inscritas en el Registro al 26 de noviembre de 2007. 2. El sistema informatico para el MORDAZA de Reinscripcion cuenta con un modulo externo, Version 5.0 del Sistema de SOA, que estara disponible en la pagina web de la Contraloria General de la Republica (www. contraloria.gob.pe) conjuntamente con el Manual de dicha version, que permitira ingresar informacion requerida para la Reinscripcion. La Sociedad debera verificar que su equipo de computo donde instalara el sistema informatico SOA Version 5.0 indique la fecha que efectivamente corresponde al

momento de ingresar la informacion para el MORDAZA de Reinscripcion. La Version 5.0 del Sistema de SOA NO REEMPLAZARA la Version 4.4 del Sistema de SOA - modulo externo, hasta que la Contraloria General de la Republica apruebe la informacion ingresada en el MORDAZA de Reinscripcion. 3. Las Sociedades solicitaran su Reinscripcion de acuerdo al formato (Anexo 1) presentando la documentacion y formatos siguientes: a) MORDAZA simple de la escritura publica de constitucion de la Sociedad debidamente inscrita en los Registros Publicos. b) Original de la MORDAZA certificada de la Ficha Registral y/o Partida Electronica actualizada. c) MORDAZA simple actualizada del Registro Unico de Contribuyente a la fecha de presentacion. d) Declaraciones juradas de acuerdo a los formatos en anexo adjunto, suscritas por el representante legal, sobre los aspectos siguientes: - El domicilio legal y la capacidad instalada con que cuenta la Sociedad (Anexo 2) - No tener deudas exigibles de tributos al Estado (Anexo 2) - No tener deudas por aportaciones que le corresponda abonar por sus trabajadores (Anexo 2) - La veracidad y autenticidad de la informacion presentada. (Anexo 3) e) Estructura organizativa de la Sociedad incluyendo socios y personal profesional permanente. Las Sociedades tendran como minimo tres (03) personas en calidad de personal permanente, quienes deberan tener relacion laboral vigente y realizar labor permanente en la sociedad durante el periodo de inscripcion en el Registro. Dicha labor no estara sujeta a condiciones o interrupciones de ninguna naturaleza, durante la vigencia de la inscripcion como personal permanente en el Registro. f) En los casos que el personal se encuentre a plazo fijo, debera presentar MORDAZA de los contratos de trabajo del personal profesional permanente sujeto a modalidad, visados por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, los que deben cumplir con lo indicado en el articulo 13º literal f) del Reglamento. Al respecto, debe verificarse que los contratos de trabajo se encuentren vigentes hasta MORDAZA de 2008, caso contrario debera presentarse una addenda al contrato de trabajo. Durante la vigencia del periodo de inscripcion, la Contraloria General de la Republica podra solicitar, respecto del personal permanente, la MORDAZA de las Planillas de Remuneracion u otro documento de caracter oficial como el PDT (Programa de Declaracion Jurada Telematica del formato 600 - Remuneraciones), o en su caso estas seran presentadas en la proxima renovacion. En los casos que el personal se encuentre a plazo indeterminado, la calidad de personal permanente y el cumplimiento de los requisitos senalados, se acreditan con la respectiva planilla de remuneraciones y el pago de las correspondientes aportaciones (PDT), mas una Declaracion Jurada suscrita por el representante legal de la Sociedad y el respectivo personal sobre la relacion laboral vigente y realizacion de labor permanente con la Sociedad, en los terminos senalados en el Reglamento. g) MORDAZA del ultimo Formato de Declaracion Jurada del Impuesto Predial (autovaluo) o del contrato vigente que acredite el uso del inmueble para el desarrollo de las actividades de la Sociedad. h) MORDAZA original de habilitacion vigente de la Sociedad, expedida por el colegio profesional respectivo, la que debe encontrarse con vigencia minima hasta diciembre de 2007. Es responsabilidad de la Sociedad mantener la vigencia de la habilitacion durante el periodo de inscripcion en el Registro. i) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad de los socios y del personal profesional, verificando su vigencia, de acuerdo a la fecha de caducidad. j) MORDAZA original de habilitacion del colegio profesional respectivo, de cada uno de los socios y