Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2007 (05/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Excluir a la citada embarcacion del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE, e incluir la presente Resolucion en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 6º.-Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

127149-1

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion otorgada mediante R.D. N° 10099-PE a favor de CFG Investment S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 385-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 28 de agosto del 2007 Visto los escritos con Registro Nº 00011056 del 12 de febrero, 28 de marzo, 22 de MORDAZA, 08 de junio y 12 de MORDAZA del 2007 respectivamente, presentados por CFG INVESTMENT S.A.C.; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el literal d) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, para el desarrollo de las actividades pesqueras las personas naturales y juridicas requeriran de licencia para la operacion de las plantas de procesamiento de productos pesqueros; la misma que es otorgada a nivel nacional por el Ministerio de la Produccion conforme a lo dispuesto en el articulo 46º del mismo cuerpo legal; Que de conformidad con el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el articulo 51º del citado Reglamento en el considerando precedente, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los terminos y condiciones en que fue otorgada; Que con Resolucion Directoral Nº 042-99-PE, en su articulo 1º, se aprobo a favor de PESCA PERU MORDAZA NORTE S.A.C. el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. ­ PESCA PERU mediante Resolucion Ministerial Nº 377-95-PE; a fin se dedique al procesamiento de productos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado, con una capacidad instalada de 139 t/h en su establecimiento industrial ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica. Asimismo, en su articulo 2º se otorgo a PESCA PERU MORDAZA NORTE S.A.C. autorizacion para efectuar de la referida planta de harina, el traslado fisico parcial e innovaciones tecnologicas, de 80 t/h de procesamiento de materia prima, a fin de obtener harina de pescado de alto contenido proteinico, hacia el establecimiento industrial pesquero a ubicarse en el Lote A Mz. VI, MORDAZA Industrial Norte, Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que por Resolucion Directoral Nº 100-99-PE/DNPP del 19 de MORDAZA de 1999, en su articulo 2º se otorgo a PESCA PERU MORDAZA NORTE S.A.C. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos para el consumo humano indirecto, a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido

proteinico, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Lote "A", Mz VI, MORDAZA Industrial Norte, Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, con una capacidad instalada de 80 t/h de procesamiento de materia prima; Que con Resolucion Directoral Nº 172-99-PE/DNPP del 13 de diciembre de 1999 se aprobo a favor de la empresa MORDAZA S.A.C., el cambio de nombre de titular de la licencia de operacion otorgada a PESCA PERU MORDAZA NORTE S.A.C. mediante Resolucion Directoral Nº 100-99PE/DNPP, para que se dedique al procesamiento de recursos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado de alto contenido proteinico, en el establecimiento industrial indicado en el parrafo precedente, con una capacidad instalada de 80 t/h de procesamiento de materia prima; Que a traves de los escritos del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. solicita a su favor el Cambio del Titular de la Licencia de Operacion otorgada a Pesca Peru MORDAZA Norte S.A.C. por Resolucion Directoral Nº 100-99-PE, modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 172-99-PE/DNPP a nombre de MORDAZA S.A.C.; para operar el establecimiento industrial pesquero en la produccion de harina de pescado de alto contenido proteinico, ubicado en el Lote "A", Mz VI, MORDAZA Industrial Norte, Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; en virtud a la escritura publica de fusion en via de absorcion firmada el 20 de diciembre del 2006, que otorgaron su representada como empresa absorbente y como empresa absorbida MORDAZA S.A.C., entre otras, ante el Notario de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, inscrita con el Nº de Partida 11862982 de la Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente y de la inspeccion tecnica de verificacion de capacidad de planta, se ha determinado que CFG INVESTMENT S.A.C. ha cumplido con los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular que solicita; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 440 -2007-PRODUCE/DNEPP-Dchi del 6 de agosto del 2007 y la opinion Legal favorable correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, de fecha 3 de MORDAZA del 2006; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de CFG INVESTMENT S.A.C., el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a Pesca Peru MORDAZA Norte S.A.C. por Resolucion Directoral Nº 100-99-PE, modificada en su titularidad a nombre de MORDAZA S.A.C. por Resolucion Directoral Nº 172-99-PE/DNPP; a fin de que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial ubicado en el Lote "A", Mz VI, MORDAZA Industrial Norte, Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, con una capacidad de 80 t/h de procesamiento de materia prima. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 100-99-PE, y su modificatoria la Resolucion Directoral Nº 172-99-PE/DNPP. Articulo 3°.- La empresa CFG INVESTMENT S.A.C. debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos, observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a la sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del