Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2007 (06/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de febrero de 2007

Que, la Primera Disposicion Final del Decreto de Urgencia Nº 038-2006, de fecha 30 de diciembre del 2006, que modifica la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas; senala que "la "remuneracion" que contienen la Ley Nº 28212 y demas normas reglamentarias y complementarias se entiende hecha a "ingreso" y la referencia en dichas normas a la "Unidad Remunerativa del Sector Publico - URSP" se entiende hecha a la "Unidad de Ingreso del Sector Publico"; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, en su Art. 15º sobre Atribuciones del Consejo Regional; y el Art. 13º literal f) del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA senalan que; "Son atribuciones del Consejo Regional fijar la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros Regionales"; Que, Ley Nº 27867 - "Ley Organica de Gobiernos Regionales", modificada en parte por la Ley Nº 27902, en su articulo 19º dispone que la dieta de los Consejeros no tiene caracter remunerativo, son renunciables y excluyentes de cualquier otra bonificacion o asignacion de similar concepto. Se abonan por cada periodo efectivo de sesiones en el transcurso del mes, a las que MORDAZA asistido el Consejero; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º, y 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno; El Consejo Regional con el MORDAZA UNANIME de sus miembros; ACUERDA: Primero.- Fijar la remuneracion del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA en 5.5 (14,300.00 nuevos soles), y 4.8 (12,430.00 nuevos soles) Unidades de Ingreso del Sector Publico - (UISP) respectivamente, para los meses de enero a diciembre del presente ano. Segundo.- Fijar la dieta mensual de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de MORDAZA, en el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA (4,290.00 nuevos soles). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 23631-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran nulidad de oficio de MORDAZA de licitacion publica convocado para contratar suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 00078-2007-ALC/MDSA MORDAZA MORDAZA, 30 de enero de 2007 VISTOS: La solicitud de Consorcio Nutrial SAC ­ Laive S.A. sobre suscripcion de contrato de suministro de Leche Evaporada Entera por haber obtenido la Buena Pro del ITEM 01 del MORDAZA de Licitacion Publica N° 002-2006CE/MDSA para el Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Alcaldia N° 0210-2006-ALC/ MDSA de fecha 4-5-2006, se aprobaron las Bases de la Licitacion Publica N° 0002-2006-CE/MDSA ­Primera Convocatoria ­ Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche" que tiene por objeto la adquisicion de Item I: 1´346,072.00 Unidades de Leche en sachets de 410 gr. c/u con un valor referencial de S/. 2´221,018.80 e Item II: 131,040.00 kg. de Hojuela de Quinua Enriquecida con cereales y proteinas y minerales en bolsas de 500 grs. con un valor referencial de S/. 494,952.00, por un periodo de 364 dias; Que, con fecha 5-5-2006 el Comite Especial convoco al MORDAZA de seleccion materia del MORDAZA, bajo el sistema de precios unitarios y con un valor referencial total ascendente a S/. 2´718,970.80 (Dos millones setecientos dieciocho mil novecientos setenta y 80/100 nuevos soles), incluido el IGV; Que, el 15-6-2006, se llevo a cabo el acto publico de MORDAZA y apertura de sobres tecnicos, en el cual el Comite Especial a cargo del MORDAZA de seleccion verifico la entrega de ofertas, para el caso que nos ocupa, del item N° 1 por parte de los siguientes postores: (I) CONSORCIO NUTRIAL SAC ­ LAIVE S.A. y (II) NIISA CORPORATION S.A.; Que, el 20-6-2006, se llevo a cabo el acto publico de apertura de sobres economicos y otorgamiento de la Buena Pro, en dicho acto el Comite Especial dio a conocer la descalificacion del postor NIISA CORPORATION S.A. por presentar el Certificado de Aceptabilidad de fecha 14 de junio de 2006, toda vez que dicha empresa solicito y realizo la prueba de aceptabilidad con fecha 8 de junio de 2006, tal como consta en las respectivas actas y otorgo la Buena Pro al postor CONSORCIO NUTRIAL SAC - LAIVE S.A.; El 27-6-2006, la empresa NIISA CORPORATION S.A. interpuso recurso de apelacion contra la descalificacion de su propuesta presentada para el item N° 01 de la Licitacion N° 002-2006-CE/MDSA, alegando que MORDAZA habia sido presentada de conformidad con las Bases del MORDAZA, por tanto solicito se revoque dicha decision y se proceda a calificar su oferta; Que, mediante Resolucion de Alcaldia N° 337-2006ALC/MDSA del 10 de junio de 2006, notificada en la fecha a traves del SEACE, la entidad declaro infundado el recurso de apelacion planteado por la empresa NIISA CORPORATION S.A.; Que, el 17-7-2006 el postor NIISA CORPORATION S.A. interpuso recurso de revision contra la Resolucion de Alcaldia N° 337-2006-ALC/MDSA, solicitando se anule la recurrida en el extremo que declaro la descalificacion de su propuesta tecnica; Que, con Resolucion N° 871/2006.TC-SU de fecha 24-10-2006, el Tribunal de Contrataciones del Estado declaro fundado el recurso de revision interpuesto por NIISA CORPORATION S.A. y, en consecuencia ordeno se revoque la Buena Pro otorgada a favor de CONSORCIO

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
RECTIFICACION RESOLUCION Nº 017-2007-MML-GDU-SPHU En la sumilla correspondiente a la Resolucion Nº 0172007-MML-GDU-SPHU, publicada en nuestra edicion del dia 3 de febrero de 2007, debe modificarse la redaccion de la misma, por lo que debe quedar redactada como sigue: Ratifican resolucion que declara recepcion progresiva de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho 23930-1