Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2007 (27/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de enero de 2007

Articulo Sexto.- DISPONER, LA PUBLICACION DE LA PRESENTE resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cuenta de los interesados dentro del plazo de 30 dias de notificados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19954-1

VISTO, el Informe Nº 161-2006-GAJ/MDSM, de fecha 28 de agosto del 2006, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, Informe Nº 097-2006-CEDNG/MDSM, de fecha 22 de noviembre del presente ano, emitido por el Presidente del Comite Elaboracion de Documentos Normativos de Gestion, Memorando Nº 630-2006-GM/ MDSM, de fecha 28 de noviembre de 2006, emitido por Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27839, se establecio la atribucion de expedir Certificados Domiciliarios a los Notarios Publicos, estableciendo en su Articulo 2º de la Policia Nacional continue expendiendo certificado de constatacion. Los Jueces de Paz haran lo propio en los casos senalados en la Ley Organica del Poder Judicial asi como los Gobiernos Locales dentro de su jurisdiccion; Que, con fecha 5 de agosto de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28862, que elimina la atribucion de la Policia Municipal del Peru la Ley Nº 27444, en su Articulo 3º, que el Certificado domiciliario puede ser expedido por los gobiernos locales, notarios publicos o jueces de paz, conforme a las Leyes vigentes; situacion que hace necesario que se regule su otorgamiento como un servicio no exclusivo a prestar por la Municipalidad de San Miguel; Que la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su Articulo 37º, establece que para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, la entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, en tanto el organo competente establezca los requisitos y costos para este servicio no exclusivo procede se regule su otorgamiento y con la MORDAZA del formato de solicitud y la MORDAZA del documento de identidad, recibo o cualquier otro documento donde obre el domicilio materia de solicitud, incorporandose en el Cuadro de Servicios No Exclusivos que presta la Municipalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 20° numeral 6) de la Ley organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y de conformidad con el Articulo 37° de la Ley Nº 27444; DECRETA: Articulo Primero.- INCORPORAR en el Cuadro de Servicios No Exclusivos el Servicio de otorgamiento del Certificado Domiciliario cuyo costo es de S/.15.00 nuevos soles. Articulo Segundo.- ESTABLECER como requisitos para el otorgamiento del Certificado Domiciliario, los siguientes: · Formato de Solicitud. · MORDAZA del documento de identidad del solicitante. · MORDAZA del recibo de luz, agua o telefono o cualquier otro documento donde obre el domicilio materia de solicitud. Articulo Tercero.- APROBAR, el formato de solicitud de Certificado Domiciliario, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia, el mismo que sera publicado en el MORDAZA Web de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Encargar, la expedicion del Certificado Domiciliario a la Subgerencia de Fiscalizacion MORDAZA y Catastro, el cumplimiento y difusion de la presente disposicion a la Secretaria General. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 20108-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento Concejo Distrital Interno del

ORDENANZA Nº 118-MDSM San MORDAZA, 29 de setiembre de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 9° numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone, que corresponde al Concejo Municipal aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local; Que, el Reglamento Interno del Concejo aprobado por Edicto Nº 01-98-MDSM de fecha 22 de diciembre de 1998, tiene como MORDAZA legal la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 ya derogada; debe tenerse presente que la nueva Ley Nº 27972 ha previsto modificaciones al funcionamiento interno del Concejo Municipal siendo necesario su actualizacion; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3) del Articulo 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento Interno del Concejo Distrital de San MORDAZA, el mismo que consta de Seis Titulos, Once Capitulos, Dieciocho Sub Capitulos y Ciento Diecinueve Articulos. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 20108-2

Establecen requisitos para el otorgamiento del Certificado Domiciliario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 022-2006-MDSM San MORDAZA, 28 de noviembre de 2006. EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA