Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2007 (05/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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solicitud Nº 220084 con la finalidad de que se realice la autenticacion de la MORDAZA certificada de la Partida Nº 464 del Libro de Nacimientos del ano 1960, correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA NAKAMURA, expedida presuntamente por la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Ascope; Que el Area Funcional, encargada de las Certificaciones, procedio a la revision de la referida Partida, siendo observada por encontrar irregularidades en la misma, por lo que solicito a dicha oficina registral su autenticacion; habiendose recibido el Oficio Nº 027-2006-OREC/ ASCOPE, precisando que no se encuentra registrado el nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA NAKAMURA, concluyendose que la partida de nacimiento Nº 464 presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es un documento falso; asimismo con el Informe Grafotecnico Nº 042-2006/DBG/GP/RENIEC se ha establecido de manera cientifica que la firma trazada en la Solicitud Nº 220084 proviene del MORDAZA grafico de MORDAZA MORDAZA MORDAZA PONCE; Que, por los considerandos MORDAZA expuestos, se establece que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito la autenticacion de firma del Registrador Civil, procedimiento establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativo del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, habiendo presentado documento falso como si fuera legitimo, por lo cual, se deduce la presuncion razonada de la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los fundamentos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

a nombre de MORDAZA MORDAZA CCOYO es su hija y que su verdadera identidad es MORDAZA MORDAZA Ccoyo, el listado emitido por el Area de Fallecidos que contiene el fallecimiento de MORDAZA MORDAZA CCOYO y el informe de Homologacion Monodactilar Nº 078/2006/DBG/GPE/RENIEC; Que, si bien la entonces Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, procedio a la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales de la Inscripcion Nº 10026613, por haberse detectado usurpacion de identidad; de lo expuesto se puede determinar que, la ciudadana MORDAZA MORDAZA CCOYO ha insertado datos falsos y declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse con el documento, perjudicando de esta forma la integridad y seguridad juridica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; comportamiento que se encuentra previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal Vigente; En atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil en contra de MORDAZA MORDAZA CCOYO; De conformidad con los dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra la ciudadana MORDAZA MORDAZA CCOYO, por el presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase todo lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

12158-7 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1303-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 20 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1993-2006/GP/RENIEC, y el Informe Nº 1157-2006/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 13 de setiembre de 2006; y CONSIDERANDO:

12158-6 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1302-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 20 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2034-2006/GP/RENIEC y el Informe Nº1164-2006- GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 14 de setiembre de 2006; y CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos, a traves de la entonces Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, organo de linea encargado de la depuracion y actualizacion de datos del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA CCOYO, titular de la Inscripcion Nº 44773446, obtuvo irregularmente la Inscripcion Nº 10026613 a nombre de MORDAZA MORDAZA CCOYO, identidad que le corresponde verdaderamente a su hermana fallecida; esto conforme se ha determinado con la declaracion jurada presentada por la ciudadana MORDAZA CCOYO OCHUA en la que senala que efectivamente la ciudadana de la Inscripcion Nº 10026613,

Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que los ciudadanos que declararon llamarse MORDAZA KUGA MORDAZA y MORDAZA KUGA MORDAZA, solicitaron tramites de inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, presentando como sustento partidas de nacimiento emitidas presuntamente por la Oficina de Registros Civiles que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que, las personas no identificadas detalladas en el Informe del Visto, solicitaron tramites de inscripcion y/o rectificacion respectivamente, para lo cual adjuntaron como sustento de sus propuestas registrales documentos que contienen datos falsos, con lo cual queda en evidencia, que obtuvieron de manera irregular su inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales utilizando una identidad que no les corresponde, aportando de esta manera datos falsos respecto de su identidad, perjudicando la seguridad juridica registral; Que, si bien se ha procedido administrativamente al excluir del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales a las Inscripciones Nºs. 40258486 y 40258485, mediante la Resolucion Nº 397-2006/SGDAR/GP/RENIEC; de los hechos MORDAZA mencionados, se desprende que ciudadanos no identificados, quienes manifestaron llamarse MORDAZA KUGA MORDAZA y MORDAZA KUGA MORDAZA, al