Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2007 (16/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2007

SALUD
Modifican Reglamento de Funcionamiento de los Comites de Prevencion de Mortalidad Materna y Perinatal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 660-2007/MINSA
MORDAZA, 14 de agosto del 2007 Visto el Expediente N° 06-107716-001, que contiene el Memorandum N° 2487-2007-DGSP/MINSA; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial N° 052-99-SA/DM del 8 de febrero de 1999, se conformo el Comite Nacional de Prevencion de Mortalidad Materna y Perinatal; Que, con Resolucion Ministerial N° 713-99-SA/DM del 20 de setiembre de 2005, se modifico la conformacion del mencionado Comite Nacional; Que, con Resolucion Ministerial N° 453-2006/MINSA del 13 de MORDAZA de 2006, se aprobo el Reglamento de Funcionamiento de los Comites de Prevencion de Mortalidad Materna y Perinatal; Que, mediante el documento del visto, la Direccion General de Salud de las Personas ha remitido la propuesta de modificacion del citado reglamento; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con la visacion del Viceministro de Salud, de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del Articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar los Articulos 18°, 21°, 22° y 23° del Reglamento de Funcionamiento de los Comites de Prevencion de Mortalidad Materna y Perinatal, aprobado por Resolucion Ministerial N° 453-2006/MINSA, en los terminos siguientes: "Articulo 18.FUNCIONES DE LOS COMITES DE PREVENCION DE MORTALIDAD MATERNA Y PERINATAL DEL NIVEL NACIONAL DEL NIVEL NACIONAL Analizar en el ambito nacional los resultados y tendencias de los casos de muerte materna y muerte perineal ordinariamente (trimestral) y extraordinariamente cuando la situacion lo amerite, a fin de ubicar las zonas de mayor riesgo. Determinar las demoras, complicaciones medicas y los factores condicionantes que contribuye a la presencia de casos de muerte materna y perinatal. Analizar las tendencias de mejora de los estandares de calidad en la atencion materna y perinatal. Proponer estrategias, normas y directivas de alcance nacional para disminuir las muertes maternas y perinatales. Monitorear que se efectuen las investigaciones clinicas y epidemiologicas de las muertes maternas y perinatales. Supervisar el funcionamiento de los Comites Regionales de Prevencion de Mortalidad Materna y Perinatal. Seguimiento y monitoreo de cumplimiento de las recomendaciones y medidas efectuadas por el Comite a las DISAs, DIRESAs. Socializar con otros actores los casos de muertes maternas y perinatales evitadas. Encargar auditorias medicas cuando los casos lo ameriten. Coordinar con los representantes de los comites de prevencion de morbilidad y mortalidad materna perinatal. Articulo 21.- FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITE DE PREVENCION DE MORTALIDAD MATERNA PERINATAL DEL/LA PRESIDENTE/A Es responsabilidad del/la Presidente/a: a) Presidir las sesiones del Comite de Prevencion de la Mortalidad Materna y Perinatal o designar un miembro

alterno en caso de no poder presidirla. b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente reglamento. c) Dirigir, controlar y evaluar el desempeno de las labores encomendadas al Comite. d) Proponer las modificaciones que pudiera presentarse a las normas de organizacion y/o a las actividades aprobadas por el pleno del Comite. e) Dar seguimiento a las recomendaciones emanadas del Comite. f) Velar por la veracidad de la informacion relacionada a las acciones de reduccion de muerte materna y perinatal. g) Promover la creacion de bancos de datos de informacion en base a su casuistica y/o al Sistema Informatico Perinatal. h) Establecer la agenda de cada sesion disponiendo su comunicacion a los miembros del Comite a traves del Secretario Tecnico. i) Disponer, mediante el/la Secretario/a tecnico, la remision de la documentacion en cumplimiento de los acuerdos del Comite. j) Proponer, entre los integrantes del Comite, la conformacion de equipos de trabajo que se encarguen del monitoreo, supervision y evaluacion de la implementacion de los planes Prevencion de Mortalidad Materna y Perinatal y otros que se acuerden. Articulo 22.- DEL/LA SECRETARIO/A TECNICO/A Es responsabilidad del/la Secretario/a Tecnico/a: a) Apoyar al Presidente para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente reglamento. b) Proponer la agenda para las reuniones ordinarias o extraordinarias en coordinacion con el Presidente recabando informacion de los casos de las muertes maternas y perinatales. c) Convocar a los miembros del Comite a las reuniones ordinarias y extraordinarias. d) Dar lectura al acta anterior y preparar el acta de cada sesion, dejando MORDAZA de los informes, ordenes del dia y acuerdos tomados, segun Anexo A, que forma parte integrante del presente Reglamento. e) Preparar las recomendaciones y sugerencias tecnicas propuestas por el Comite para la correccion de los problemas detectados en la evaluacion de casos. f) Realizar el seguimiento de la documentacion que sera remitida a los Directores de Salud segun niveles. Articulo 23.- DE LOS MIEMBROS DEL COMITE Es responsabilidad de los miembros del Comite: a) Asistir puntualmente a las sesiones del Comite de Prevencion de la Mortalidad Materna y Perinatal. b) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento. c) Mantener reserva de los temas tratados y acuerdos adoptados. d) Atender con suma diligencia los encargos acordados en cada sesion. e) Impulsar la implementacion de los acuerdos. f) Asistir mensualmente a las reuniones ordinarias o extraordinarias de trabajo para analizar la informacion recibida de la mortalidad materna y perinatal." Articulo 2°.- La Oficina General de Comunicaciones publicara la presente modificatoria en el MORDAZA del Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud

96532-1

Aprueban Directiva Sanitaria "Implementacion de actividades para disminuir la morbi-mortalidad por infecciones respiratorias agudas y prevencion de la neumonia en las ninas y ninos menores de cinco anos, invierno 2007"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 661-2007/MINSA
MORDAZA, 14 de agosto del 2007